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Calculadora de embargo de sueldo en Perú: cuánto te pueden retener

Solo para Perú. Escribe tu remuneración y elige si el embargo es por una deuda común o por una pensión de alimentos. Verás cuánto es inembargable, cuánto te pueden retener al mes y cuánto te queda.

Solo Perú · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en soles (PEN)
S/

Tu sueldo bruto, antes de descuentos.

El embargo es por
Opciones avanzadas
%

Con ONP es 13 %. Con AFP, mira tu boleta.

S/

Es el 10 % de la UIT. En 2026: S/ 550.

Te pueden retener al mes S/ 388.33 por deuda común
Te quedan S/ 3,526.67 después de descuentos y embargo

Pueden retenerte hasta S/ 388.33 al mes: un tercio de S/ 1,165.00, lo que pasa de 5 URP. Te quedan S/ 3,526.67.

Descuentos de ley
S/ 585.00
Remuneración después de descuentos
S/ 3,915.00
Inembargable (5 URP)
S/ 2,750.00
Exceso sobre 5 URP
S/ 1,165.00
Dónde va tu remuneración
  • Embargo S/ 388.33 8.6 %
  • Descuentos de ley S/ 585.00 13.0 %
  • Te quedan S/ 3,526.67 78.4 %
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Código Procesal Civil, art. 648, inc. 6: hasta 5 URP no se embarga; del exceso, hasta un tercio; por alimentos, hasta el 60 %.
  • Aquí se calcula sobre la remuneración después de descuentos de ley. Si tu orden judicial dice otra base, manda tu orden.
  • Es una estimación. El juez fija el monto exacto y tu empleador aplica su orden. Valores de S/ 550.00 por URP.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Congreso del Perú y Gobierno del Perú · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de embargo de sueldo en Perú: cuánto te pueden retener · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Perú, tu remuneración es inembargable hasta 5 URP (S/ 2,750.00 con la URP vigente); del exceso solo se puede embargar hasta un tercio.
  • Con S/ 4,500.00 y descuentos de ley del 13 %, por una deuda común te pueden retener S/ 388.33 al mes y te quedan S/ 3,526.67.
  • Por una pensión de alimentos el tope sube al 60 % de tus ingresos después de descuentos de ley: con el mismo sueldo, S/ 2,349.00.
  • Si después de descuentos cobras S/ 2,750.00 o menos, una deuda común no puede embargar nada de tu remuneración.

¿Cuánto te pueden embargar del sueldo en Perú?

Por una deuda común, te pueden embargar hasta un tercio de lo que pase de 5 URP. Por una pensión de alimentos, hasta el 60 % de tus ingresos. Lo dice el Código Procesal Civil, artículo 648, inciso 6.

La URP es la unidad de referencia procesal. En 2026 vale S/ 550.00, el 10 % de la UIT de S/ 5,500.00. Por eso 5 URP son S/ 2,750.00.

Es una estimación y es solo para Perú. El monto exacto lo fija el juez y tu empleador cumple su orden.

Cómo usar la calculadora

  1. Escribe tu remuneración mensual bruta, la de tu boleta antes de descuentos.
  2. Elige si el embargo es por una deuda común o por una pensión de alimentos.

En «Opciones avanzadas» puedes cambiar los descuentos de ley (13 % por defecto, como en la ONP; con AFP mira tu boleta) y el valor de la URP.

Cómo se calcula el embargo

Primero se restan los descuentos de ley. Después se aplica la regla de cada caso.

Remuneración después de descuentos = remuneración − descuentos de ley
Deuda común:  embargable = (remuneración después de descuentos − 5 URP) ÷ 3
Alimentos:    embargable = 60 % × remuneración después de descuentos
Te quedan = remuneración − descuentos de ley − embargable

Si la remuneración después de descuentos no pasa de 5 URP, en una deuda común el embargable es 0.

El artículo dice «descuentos establecidos por ley» solo para los alimentos. Aquí se usa la misma base para la deuda común, por prudencia. Con 0 % de descuentos, el cálculo es sobre el bruto.

Ejemplo con S/ 4,500.00

Remuneración de S/ 4,500.00 y descuentos de ley del 13 %.

ConceptoDeuda comúnAlimentos
Descuentos de leyS/ 585.00S/ 585.00
Después de descuentosS/ 3,915.00S/ 3,915.00
Inembargable (5 URP)S/ 2,750.00no aplica
ExcesoS/ 1,165.00no aplica
Te pueden retenerS/ 388.33S/ 2,349.00
Te quedanS/ 3,526.67S/ 1,566.00

En la deuda común, de cada 100 soles que cobras se retienen unos 9. En alimentos, unos 52.

Deuda común o alimentos

La deuda común tiene un límite más bajo: protege las primeras 5 URP y solo toca un tercio del resto. La obligación de alimentos es distinta: no hay tramo protegido y el tope es el 60 %.

Las pensiones alimentarias que tú recibes también son inembargables (artículo 648, inciso 7). Si lo que buscas es el descuento de una pensión que debes pagar, mira el descuento por pensión de alimentos, que incluye gratificación y monto fijo.

Qué cuenta como remuneración

Esta calculadora usa un solo mes de remuneración. Si cobras una gratificación, tu sueldo neto del mes cambia: revisa la gratificación y tu sueldo neto. Tu orden judicial dice si se aplica sobre esos pagos. El mínimo legal de referencia está en la remuneración mínima vital.

Preguntas frecuentes

¿Pueden embargar mi sueldo si gano el mínimo?

Por una deuda común, no. La remuneración mínima está muy por debajo de 5 URP (S/ 2,750.00), así que es inembargable. Por alimentos sí se retiene hasta el 60 %.

¿Qué pasa si cobro justo S/ 2,750.00 después de descuentos?

Una deuda común no puede embargar nada. Con S/ 2,753.00, el exceso es S/ 3.00 y se retiene S/ 1.00.

¿El tercio es de todo el sueldo?

No. Es un tercio del exceso sobre 5 URP. Con S/ 3,915.00 después de descuentos, el exceso es S/ 1,165.00 y el tercio, S/ 388.33.

¿La URP cambia cada año?

Sí. Sigue a la UIT: es su 10 %. Si cambia, edítala en «Opciones avanzadas».

¿Se pueden embargar la gratificación o la CTS?

Esta calculadora no lo decide. Tu orden judicial indica qué pagos alcanza. Puedes ver la CTS para conocer ese beneficio.

¿Qué hago si mi empleador retiene más?

La calculadora solo estima el tope legal. Compara con tu orden y con tu boleta de pago.

Fuentes

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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