En resumen
- Un hijo de 30 años que recibe 100.000 € en dinero de sus padres, ante notario y con el origen justificado, paga 124,07 € de donaciones en Madrid por la bonificación del 99 %.
- Sin escritura pública pagaría 12.407,03 €: por encima de 10.000 € la bonificación exige notario.
- Si el hijo usa 300.000 € para su vivienda habitual o una empresa, la reducción del 100 % llega hasta 250.000 € y paga 49,44 €.
- Un hermano que recibe 100.000 € paga 9.852,42 €: su bonificación es del 50 % y su coeficiente, 1,5882.
¿Cuánto se paga por una donación en Madrid?
Muy poco si recibe un hijo, un nieto, un cónyuge o un padre, y con las condiciones en regla. Un hijo que recibe 100.000 € en dinero, ante notario, paga 124,07 €: unos 0,12 € por cada 100 €. Sin notario pagaría 12.407,03 €. Las reglas son del Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid y valen cuando quien recibe vive en Madrid (si se dona un inmueble, cuando el inmueble está en Madrid). Para otras comunidades, usa la calculadora general de donaciones.
El cálculo: al valor donado se le restan las reducciones, se aplica la tarifa, se multiplica por un coeficiente según el patrimonio previo y el parentesco, y se resta la bonificación. En donaciones no hay reducción por parentesco: esa es de herencias.
Cómo usar la calculadora
Elige qué se dona, escribe su valor y marca quién lo recibe y su edad. Las casillas de escritura pública y de origen del dinero son las que más cambian el resultado. En las opciones avanzadas están las donaciones de los 3 años anteriores, los plazos y los datos de la ley.
La bonificación del 99 % y sus condiciones
Madrid perdona el 99 % de la cuota a hijos, nietos, cónyuge y padres (grupos I y II) y el 50 % a hermanos, tíos, sobrinos y familia política (grupo III). Primos y otras personas no tienen bonificación. Y hay una bonificación del 100 % si lo donado no pasa de 1.000 € en 3 años (art. 25.2).
Para el dinero, la ley pide tres cosas:
- Escritura pública si la donación, sumando las del mismo donante en 3 años, pasa de 10.000 €.
- Justificar de dónde sale el dinero.
- Decir ese origen en la escritura.
Si falta una, se paga la cuota entera. Una donación de 10.000 € sin notario paga 7,79 €; con 10.000,01 € paga 779,34 €. Por eso hay un salto brusco al pasar ese límite.
| Quién recibe | Bonificación |
|---|---|
| Hijos, nietos, cónyuge, padres, abuelos | 99 % |
| Hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, suegros, yernos, nueras | 50 % |
| Primos y otras personas | 0 % |
El coeficiente multiplica la cuota: 1 para hijos y padres con hasta 403.000 € de patrimonio, 1,05 hasta 2.008.000 €, 1,10 hasta 4.021.000 € y 1,20 por encima; 1,5882 para hermanos y tíos; 2 para primos y otros. Si el patrimonio pasa por poco un límite, la cuota solo sube lo que el patrimonio lo supera.
Dinero para vivienda o empresa: reducción del 100 %
Si el dinero se destina, en el plazo de un año, a la vivienda habitual de quien lo recibe o a una empresa o negocio suyo, Madrid resta el 100 % de la donación, hasta 250.000 € (art. 22 bis). Vale para hijos, nietos, cónyuge, padres y hermanos. Requisitos:
- Decir el destino en la escritura.
- Escritura pública si pasa de 10.000 € en 3 años.
- Gastar el dinero en un año, empezar a vivir en la vivienda en los 12 meses siguientes a comprarla y seguir en ella al menos 3 años.
Los 250.000 € se reparten entre todas las donaciones del mismo donante en los 3 años anteriores. Si no se cumple, hay que presentar la diferencia con intereses en un mes.
Si lo que se dona es un negocio o sus participaciones, la reducción es del 99 % para los grupos I, II y III y los primos, con requisitos: quien dona ejerce la actividad de forma habitual y directa y es su principal ingreso, y quien recibe la mantiene 5 años.
Ejemplos con casos de Madrid
Un hijo de 30 años recibe 100.000 € en dinero. Tiene 50.000 € de patrimonio. La cuota íntegra es de 12.407,03 € y la bonificación del 99 % la deja en 124,07 €.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Donación | 100.000,00 € |
| Cuota íntegra | 12.407,03 € |
| Bonificación del 99 % | -12.282,96 € |
| Impuesto a pagar | 124,07 € |
Sin escritura pagaría 12.407,03 €.
Un hijo recibe 300.000 € para su vivienda habitual. Resta 250.000 €, la base es de 50.000 € y paga 49,44 €.
Un hermano recibe 100.000 €. Con coeficiente 1,5882 y bonificación del 50 %, paga 9.852,42 €.
Un primo recibe 50.000 €. Sin bonificación y con coeficiente 2, paga 9.888,45 €.
Un negocio familiar de 400.000 €. El hijo resta el 99 % y paga 3,06 €.
Cómo y cuándo se presenta
Tienes 30 días hábiles desde el día de la donación para presentar y pagar en la Comunidad de Madrid (art. 67 del Reglamento del impuesto). Quien aplica la bonificación del 100 % por 1.000 € o menos no tiene que presentar autoliquidación, salvo en bienes que se inscriben en un registro. Para el dinero, deja una transferencia bancaria de quien dona a quien recibe. Quien dona un inmueble puede pagar plusvalía municipal e IRPF. Es una estimación: no sustituye a la declaración oficial.
Preguntas frecuentes
¿Hay algún caso en que un hijo no pague nada en Madrid?
Sí, en dos casos: si lo donado no pasa de 1.000 € en 3 años, o si el dinero es para su vivienda habitual o una empresa y no pasa de 250.000 €. En el resto, con el 99 % de bonificación, de cada 100 € de cuota paga 1 €.
¿Cuánto sube el impuesto en Madrid si la donación no pasa por el notario?
Hasta 10.000 € no hace falta. Por encima, se pierde la bonificación y la reducción: con 100.000 € el impuesto pasa de 124,07 € a 12.407,03 €.
¿Cuentan en Madrid las donaciones de años anteriores del mismo donante?
Sí. Para los límites de 1.000 €, 10.000 € y 250.000 € cuentan las donaciones del mismo donante al mismo donatario en los 3 años anteriores.
¿Un nieto tiene en Madrid la misma bonificación del 99 % que un hijo?
Sí, es descendiente y está en los grupos I o II: 99 % de bonificación. Hasta 20 años cuenta como grupo I.
¿Cuánto paga en Madrid quien recibe dinero de un tío?
Un tío o sobrino está en el grupo III: bonificación del 50 % y coeficiente 1,5882. Con 100.000 € pagarías 9.852,42 €.
