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Calculadora de interés de la deuda tributaria con UFV en Bolivia

Calcula cuánto pagarás de más en Bolivia si abonas un impuesto después de su vencimiento. Verás los días de mora por cada tasa, la actualización por UFV, el interés y el total en bolivianos. Solo sirve para Bolivia y es una estimación.

Solo Bolivia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en bolivianos (BOB)
Bs

El impuesto que no pagaste a tiempo, en bolivianos y sin intereses.

El día en que vencía la obligación.

Opciones avanzadas

Estimación: cámbiala por la UFV oficial de ese día en la web del Banco Central de Bolivia.

Valor oficial del 4-11-2026. Cambia cada día.

Interés por mora Bs 22,27
Deuda tributaria total Bs 10.032,34

Llevas 20 días de mora: el interés es de Bs 22,27 y la actualización por UFV, de Bs 10,07. Último tramo: 4 % anual.

Tributo omitido
Bs 10.000,00
Tributo omitido en UFV
2.971,77
Días de mora
20
Días al 4 %
20
Días al 6 %
0
Días al 10 %
0
Actualización por UFV
Bs 10,07
Extra por mora (UFV + interés)
Bs 32,34
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Tasas de la ley: 4 % anual hasta el cuarto año de mora, 6 % del quinto al séptimo y 10 % desde el octavo.
  • Estimación: la UFV del vencimiento es un dato editable. Usa la oficial del Banco Central para un cálculo exacto.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Servicio de Impuestos Nacionales y bcb.gob.bo · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de interés de la deuda tributaria con UFV en Bolivia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Bolivia, la deuda tributaria es el tributo omitido en UFV más el interés, que se paga sin que nadie lo pida (Ley 2492, art. 47).
  • La tasa es del 4 % anual hasta el cuarto año de mora, del 6 % del quinto al séptimo y del 10 % desde el octavo.
  • Con un impuesto de Bs 10.000 pagado 20 días tarde, el interés es de Bs 22,27 y la actualización por UFV de Bs 10,07.
  • El total de ese ejemplo es Bs 10.032,34: de cada 100 bolivianos del impuesto, unos 0,32 son recargo.

¿Cómo se calcula el interés de la deuda tributaria en Bolivia?

Si pagas un impuesto después de su vencimiento, la deuda tributaria es el impuesto no pagado, expresado en UFV, más un interés. Se calcula desde el día siguiente al vencimiento hasta el día de pago, sin que la administración tenga que pedírtelo. Así lo dice el artículo 47 de la Ley 2492, Código Tributario Boliviano, en el texto publicado por el Servicio de Impuestos Nacionales.

La UFV es la Unidad de Fomento de Vivienda. El Banco Central de Bolivia publica su valor cada día. Sirve para que el impuesto no pierda valor con el tiempo. Por eso el impuesto se pasa a UFV con el valor del día en que vencía y la deuda final se vuelve a pasar a bolivianos con el valor del día de pago.

Cómo usar la calculadora

  1. Escribe el tributo omitido: el impuesto que no pagaste, en bolivianos.
  2. Elige el último día del plazo y la fecha de pago.
  3. Mira el resultado: días de mora, interés, actualización y deuda total.

En «Opciones avanzadas» puedes cambiar la UFV del día del vencimiento y la del día de pago. Consulta ambas en la página de la UFV del Banco Central de Bolivia. El valor del vencimiento que trae la calculadora es una estimación.

Las tres tasas según los años de mora

La tasa anual cambia según el tiempo que lleve la deuda sin pagar. Los años se cuentan desde el día siguiente al vencimiento.

Tiempo de moraTasa anual
Hasta el último día del cuarto año4 %
Del primer día del quinto al último del séptimo año6 %
Desde el primer día del octavo año10 %

Si la mora pasa de un tramo a otro, cada tramo usa su tasa solo por los días que le tocan. Eso lo fija el Decreto Supremo 27310, Anexo 1, modificado por el Decreto Supremo 2993.

Fórmula del interés

interés = tributo omitido en UFV × [(1 + tasa ÷ 360)^días − 1]
deuda tributaria = tributo omitido en UFV + interés
total en bolivianos = deuda tributaria × UFV del día de pago
  • Tributo omitido en UFV: el impuesto en bolivianos dividido entre la UFV del vencimiento.
  • Días: los días de mora de cada tramo. Se suman los intereses de los tramos que correspondan.
  • 360: la ley divide la tasa anual entre 360 días.

Ejemplo con números

Un impuesto de Bs 10.000 vencía el 15-10-2026 y se paga el 4-11-2026, con UFV de 3,365 al vencimiento y de 3,36839 al pago.

  1. Tributo omitido en UFV: 10.000 ÷ 3,365 = 2.971,7682 UFV.
  2. Días de mora: del 16-10 al 4-11 hay 20 días, todos al 4 %.
  3. Factor: (1 + 0,04 ÷ 360)^20 − 1 = 0,22 %.
  4. Interés: 2.971,7682 × 0,22 % = 6,6109 UFV, que son Bs 22,27.
  5. Actualización por UFV: 10.000 × (3,36839 ÷ 3,365 − 1) = Bs 10,07.
  6. Total: Bs 10.032,34.

De cada 100 bolivianos del impuesto, unos 0,32 son recargo. Con más años de mora el recargo crece mucho más, porque el interés se acumula día a día.

Qué debes tener en cuenta

  • La calculadora usa la UFV que escribas. Con la UFV oficial de cada día el resultado es más exacto.
  • Los intereses de cada tramo se calculan sobre el mismo tributo omitido, como indica el decreto. No se suman entre tramos como interés sobre interés.
  • Si el impuesto vencía en un año bisiesto, el «día equivalente» puede cambiar un día. La diferencia es pequeña.
  • Aquí no entran las multas por incumplir deberes ni por omisión de pago, que son otro cálculo.
  • Es una estimación orientativa. El monto final lo fija el Servicio de Impuestos Nacionales.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué día se cuenta el interés?

Desde el día siguiente al vencimiento del plazo de pago hasta el día en que pagas. El día del vencimiento no genera interés.

¿Por qué se usa la UFV en vez de bolivianos?

Porque la UFV mantiene el valor del impuesto frente a la inflación. El impuesto se pasa a UFV con el valor del día de vencimiento y, al pagar, la deuda se vuelve a convertir con el valor de ese día.

¿Qué pasa si pago en un solo día de retraso?

Pagas el impuesto actualizado más un interés de un día, que con la tasa del 4 % es de unos 0,011 % del impuesto. En un impuesto de Bs 10.000 son unos Bs 1,11 si la UFV no cambia.

¿La tasa del 10 % se aplica a toda la deuda?

No. Solo se aplica a los días que pasan del séptimo año de mora. Los primeros cuatro años van al 4 % y los tres siguientes al 6 %.

¿Sirve para pagos parciales?

No. La calculadora supone un solo pago. Los pagos parciales tienen su propia regla en el artículo 47 de la ley y conviene consultarlos con el Servicio de Impuestos Nacionales.

¿Vale para impuestos de otros países o municipales?

No. Usa la Ley 2492 y la UFV del Banco Central de Bolivia, así que solo vale para tributos nacionales de Bolivia.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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