En resumen
- En Perú, no exhibir los libros, registros u otros documentos que pide la SUNAT se multa con el 0.6 % de tus ingresos netos del año: con S/ 600,000 son S/ 3,600.
- La multa nunca baja del 10 % de la UIT (S/ 550 con la UIT en S/ 5,500) ni pasa de 25 UIT (S/ 137,500).
- Sin ingresos, se paga el mínimo: de cada 10 soles de la UIT, 1 sol.
¿Cuánto multa la SUNAT por no exhibir documentos?
Es el 0.6 % de tus ingresos netos del año, con un mínimo y un máximo. Con ingresos netos de S/ 600,000, la multa es de S/ 3,600.00: de cada 1,000 soles que ingresaste, 6 van a la multa.
Esta calculadora es solo para Perú. La multa está en la Tabla I del Código Tributario, rubro 5, artículo 177, numeral 1: no exhibir los libros, registros u otros documentos que la SUNAT solicite. Es una estimación: la SUNAT fija la cifra final en su resolución.
¿Cómo se calcula la multa?
Tres pasos: sacas el 0.6 % de tus ingresos, miras el suelo y miras el techo.
bruta = ingresos netos × 0.6 % multa = bruta, con suelo de 10 % de la UIT y techo de 25 UIT
- Suelo: el 10 % de la UIT. Con la UIT de S/ 5,500 en 2026, son S/ 550.
- Techo: 25 UIT, es decir, S/ 137,500 con esa misma UIT.
Cómo usar la calculadora
Escribe tus ingresos del año en soles. La UIT ya viene puesta; solo tócala si cambia. Abajo ves el paso a paso y una tabla con otros ingresos.
Ejemplo: una empresa con S/ 600,000 de ingresos
Una tienda con ventas netas de S/ 600,000 en el año que no mostró a la SUNAT los documentos pedidos:
| Dato | Valor |
|---|---|
| Ingresos netos | S/ 600,000.00 |
| Porcentaje | 0.6 % |
| Multa por porcentaje | S/ 3,600.00 |
| Mínimo (10 % de la UIT) | S/ 550.00 |
| Máximo (25 UIT) | S/ 137,500.00 |
| Multa estimada | S/ 3,600.00 |
El resultado cae entre el mínimo y el máximo, así que rige el porcentaje. Con S/ 300,000 de ingresos, la multa sería de S/ 1,800.00, y con S/ 1,000,000, de S/ 6,000.00.
Cuándo manda el suelo y cuándo el techo
- Negocio pequeño. Con ingresos por debajo de S/ 91,667, el 0.6 % queda en menos de S/ 550 y pagas S/ 550.
- Empresa muy grande. Desde unos S/ 22.9 millones, el 0.6 % pasa de S/ 137,500 y pagas S/ 137,500.
- Sin ventas. Pagas S/ 550.
Qué documentos entran
La SUNAT puede pedirte libros contables, registros, comprobantes de pago y otros documentos relacionados con tus obligaciones tributarias. La infracción es no exhibirlos cuando los solicita. Otras faltas parecidas, como ocultar o destruir esos documentos, son otros numerales del mismo artículo y esta calculadora no las trata.
Qué son los ingresos netos anuales
La Tabla I usa los «IN», que son los ingresos netos del año: lo que vendiste o cobraste por tu actividad, sin contar descuentos ni devoluciones. Si el año todavía no cerró o no tienes la cifra exacta, escribe una aproximación y revisa después el resultado con tu declaración anual. Un cambio pequeño en los ingresos mueve poco la multa, porque solo cuenta el 0.6 %.
Cómo evitar la multa
- Guarda tus libros, registros y comprobantes ordenados y a mano.
- Atiende los requerimientos de la SUNAT dentro del plazo que indican.
- Si ya tienes una deuda con la SUNAT, mira los intereses moratorios y el fraccionamiento.
La SUNAT puede aplicar rebajas por gradualidad en algunos casos. Esta calculadora no las incluye: consulta las normas vigentes en su página oficial.
Preguntas frecuentes
¿Pago algo si la SUNAT me pidió documentos y no tenía ventas?
Sí, el mínimo: el 10 % de la UIT. Con la UIT de S/ 5,500 en 2026, son S/ 550. La nota 10 de la Tabla I no deja multas menores.
¿Cuáles son mis ingresos netos para esta multa?
Son las ventas de todo el año menos descuentos y devoluciones. Tu declaración anual te sirve de guía.
¿Sube la multa si sube la UIT?
El mínimo y el máximo suben con la UIT. El 0.6 % sobre tus ingresos queda igual. Cambia la UIT en las opciones avanzadas.
¿Es lo mismo no exhibir que no llevar los libros?
No. No exhibir es no mostrar a la SUNAT lo que te pide. No llevar los libros es otra infracción, del artículo 175, con su propia tabla.
¿Me cobrarán justo la cifra del resultado?
Es una estimación hecha con la Tabla I. La resolución de la SUNAT puede traer rebajas, intereses u otras reglas de tu caso.
