En resumen
- En Perú, con ingresos de S/ 40,000.00 en el mes, impuesto de S/ 12,000.00 y ingresos de S/ 600,000.00 el año base, el coeficiente es 0.0200 y pagas S/ 800.00.
- Con ese coeficiente la cuota sale en S/ 800.00 y con el 1.5 % en S/ 600.00; se paga la mayor, S/ 800.00.
- Si el impuesto fuera de S/ 6,000.00, el coeficiente daría S/ 400.00 y pagarías S/ 600.00 por el 1.5 %.
- Si no hubo impuesto calculado, no hay coeficiente y se aplica el 1.5 % de los ingresos del mes.
¿Cómo se calcula el pago a cuenta de tercera categoría?
El pago a cuenta de tercera categoría es el mayor entre dos cuotas: la del coeficiente y la del 1.5 % de tus ingresos del mes. Es un adelanto mensual del impuesto a la renta de las empresas y negocios de Perú. Con ingresos de S/ 40,000.00 en el mes y un coeficiente de 0.0200, la primera cuota es de S/ 800.00 y la segunda de S/ 600.00. Pagas S/ 800.00.
Así lo explica la SUNAT en su página de determinación de pagos a cuenta. Este adelanto se descuenta después en la declaración anual. Esta página es solo para Perú.
Cómo usar la calculadora
- Ingresos netos del mes: lo que facturaste en el mes, sin el IGV.
- Mes del pago: de marzo a diciembre se usan los datos del año anterior. En enero y febrero, los del año anterior a ese.
- Impuesto calculado: el impuesto de tu declaración anual del año que toca. Si no tuviste impuesto, escribe 0.
- Ingresos netos de ese año: los ingresos de la misma declaración.
- Porcentaje mínimo: viene en 1.5 %, como indica la SUNAT.
Si no tienes a mano la declaración anual, búscala en tu Clave SOL o pídesela a tu contador. Con esos dos datos, el impuesto y los ingresos del año, la calculadora hace el resto y te muestra las dos cuotas una al lado de la otra.
Fórmula
Coeficiente = Impuesto calculado ÷ Ingresos netos del año (4 decimales) Cuota A = Ingresos del mes × Coeficiente Cuota B = Ingresos del mes × 1.5 % Pago a cuenta = la mayor entre Cuota A y Cuota B
Ejemplo
Una empresa tuvo en el año base un impuesto de S/ 12,000.00 sobre ingresos de S/ 600,000.00. En el mes factura S/ 40,000.00.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Coeficiente | 0.0200 |
| Cuota A (coeficiente) | S/ 800.00 |
| Cuota B (1.5 %) | S/ 600.00 |
| Pago a cuenta del mes | S/ 800.00 |
De cada S/ 100 que ingresas, pagas S/ 2.00. El mes siguiente repites la cuenta con los ingresos de ese mes y el mismo coeficiente, así que el pago sube o baja según lo que factures.
Cuándo se usa el 1.5 %
Se usa el 1.5 % en dos casos. El primero, cuando no hubo impuesto calculado en el año que toca ni en el anterior: no hay coeficiente. El segundo, cuando el coeficiente da una cuota menor. Con un impuesto de S/ 6,000.00 el coeficiente es 0.0100, la cuota A es de S/ 400.00 y pagas S/ 600.00. Si ambas cuotas son iguales, el pago es el mismo.
Errores comunes
- Incluir el IGV en los ingresos. Usa los ingresos netos, sin IGV.
- Redondear el coeficiente de otra forma. Se redondea a 4 decimales: el resultado de dividir 10,000 entre 300,000 pasa a 0.0333.
- Usar el año equivocado. En enero y febrero se usan los datos del año anterior al último cerrado.
- Olvidar que es un adelanto. El impuesto final se calcula en la declaración anual. Si quieres ver otros regímenes, mira el Régimen MYPE Tributario o el RER. Si te pasas del plazo, revisa el interés moratorio de la SUNAT.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no tuve impuesto el año pasado?
No hay coeficiente. Pagas el 1.5 % de tus ingresos del mes. Con S/ 40,000.00 de ingresos, son S/ 600.00.
¿Con cuántos decimales se redondea el coeficiente?
Con 4 decimales. Un impuesto de S/ 10,000.00 sobre ingresos de S/ 300,000.00 da 0.0333, y con S/ 40,000.00 en el mes la cuota es de S/ 1,332.00.
¿Qué datos uso en enero y febrero?
Los del año anterior al último cerrado, según la SUNAT. Desde marzo, los del último año cerrado.
¿El pago a cuenta es mi impuesto final?
No. Es un adelanto. Se descuenta del impuesto de la declaración anual. Si pagaste de más, puedes pedir la devolución.
¿Se calcula con el IGV?
No. Se calcula sobre los ingresos netos del mes. El IGV se paga aparte.
¿Esta calculadora sirve para todos los regímenes?
Aplica la regla general de la SUNAT. Algunos regímenes y casos especiales tienen reglas propias; confírmalo con la SUNAT.
