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Calculadora de reintegro de prestaciones indebidas en España

Calculadora solo para España. Escribe cuánto cobraste de más cada mes y entre qué fechas. Verás qué mensualidades ya han prescrito, cuánto se te puede exigir todavía y cuánto serían las cuotas. Es una estimación con la ley general.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en euros (€)
€

La cantidad que cobraste y no te correspondía, al mes.

Opciones avanzadas
€
cuotas

La entidad decide si concede el fraccionamiento.

Si ya te notificaron la deuda, pon la fecha de esa notificación.

años

Art. 55.3 de la Ley General de la Seguridad Social: 4 años.

Pendiente de devolver 9.000,00 € sin contar lo prescrito
Cuota al mes 750,00 € 12 cuotas

Quedan 15 mensualidades exigibles: 9.000,00 €. En 12 cuotas serían 750,00 € al mes.

Total cobrado de más
10.800,00 €
Parte prescrita
1.800,00 €
Parte exigible
9.000,00 €
Mensualidades prescritas
3 de 18
Mensualidad a mensualidad
Cobro Importe Prescribe el Estado
05/09/2022 600 € 05/09/2026 Prescrita
05/10/2022 600 € 05/10/2026 Prescrita
05/11/2022 600 € 05/11/2026 Prescrita
05/12/2022 600 € 05/12/2026 Exigible
05/01/2023 600 € 05/01/2027 Exigible
05/02/2023 600 € 05/02/2027 Exigible
05/03/2023 600 € 05/03/2027 Exigible
05/04/2023 600 € 05/04/2027 Exigible
05/05/2023 600 € 05/05/2027 Exigible
05/06/2023 600 € 05/06/2027 Exigible
05/07/2023 600 € 05/07/2027 Exigible
05/08/2023 600 € 05/08/2027 Exigible
05/09/2023 600 € 05/09/2027 Exigible
05/10/2023 600 € 05/10/2027 Exigible
05/11/2023 600 € 05/11/2027 Exigible
05/12/2023 600 € 05/12/2027 Exigible
05/01/2024 600 € 05/01/2028 Exigible
05/02/2024 600 € 05/02/2028 Exigible
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Estimación orientativa. No incluye intereses ni recargos, y la prescripción se interrumpe si la entidad te notifica la deuda a tiempo.
  • La mensualidad exigible más antigua prescribe el 05/12/2026.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de reintegro de prestaciones indebidas en España · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Si cobraste 600 € de más al mes durante 18 mensualidades, en total son 10.800,00 €.
  • Con el plazo de 4 años contado desde cada cobro, en el ejemplo 3 mensualidades ya han prescrito: 1.800,00 €.
  • Quedan 15 mensualidades exigibles, 9.000,00 €; en 12 cuotas serían 750,00 € al mes.
  • Cada mensualidad prescribe por separado, a los 4 años de su cobro (art. 55 de la Ley General de la Seguridad Social).

¿Qué es el reintegro de prestaciones indebidas?

Si has cobrado de la Seguridad Social una prestación que no te correspondía, tienes que devolver ese dinero. Esto pasa, por ejemplo, con un paro cobrado mientras trabajabas, una pensión que seguía llegando o un error de cálculo de la entidad. Lo dice el artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social: quien percibe una prestación indebidamente debe reintegrar su importe.

Esta calculadora es solo para España. Te ayuda a ver una cifra aproximada antes de leer la carta o la resolución que hayas recibido. No sustituye a esa resolución.

Cuándo prescribe

La obligación de devolver prescribe a los cuatro años. Esos cuatro años se cuentan desde la fecha en que cobraste cada pago, o desde que se pudo exigir la devolución. Según el mismo artículo, vale con independencia de la causa del error, incluso si el fallo fue de la propia entidad.

Fíjate en una cosa: cada mensualidad tiene su propio reloj. Si cobraste de más durante año y medio, los primeros meses pueden haber prescrito y los últimos no. Por eso la calculadora no usa una sola fecha, sino una por cada mes.

Cómo se calcula

  1. Cuenta las mensualidades entre el primer y el último cobro de más, los dos incluidos.
  2. A la fecha de cada cobro le suma 4 años. Esa es la fecha de prescripción de esa mensualidad.
  3. Si la fecha de cálculo es posterior a esa fecha, la mensualidad está prescrita. El mismo día en que se cumplen los 4 años todavía cuenta como exigible.
  4. Multiplica el importe mensual por las mensualidades no prescritas: es la parte exigible.
  5. Resta lo que ya hayas devuelto. El resultado es lo pendiente.
  6. Reparte lo pendiente entre las cuotas que elijas.
exigible = importe mensual × mensualidades no prescritas
pendiente = exigible − ya devuelto
cuota = pendiente ÷ número de cuotas

Ejemplo

Cobraste 600 € de más cada mes, del 5 de septiembre de 2022 al 5 de febrero de 2024. Son 18 mensualidades, en total 10.800,00 €.

Calculas el 6 de noviembre de 2026. Los cobros de septiembre, octubre y noviembre de 2022 cumplieron sus 4 años antes de esa fecha: 3 mensualidades prescritas, que suman 1.800,00 €. El cobro del 5 de diciembre de 2022 prescribe el 5 de diciembre de 2026, así que sigue vivo.

Quedan 15 mensualidades exigibles: 9.000,00 €. Si lo repartes en 12 cuotas, salen 750,00 € al mes. De cada 100 € que cobraste de más, unos 83 siguen siendo exigibles en este ejemplo.

Qué cuenta la calculadora y qué no

Cuenta lo que dice la ley general: el importe de cada mensualidad y el plazo de 4 años. Tiene en cuenta lo que ya has devuelto.

No cuenta, porque depende de cada caso:

  • Intereses y recargos, si la resolución los incluye.
  • Interrupciones de la prescripción. Si la entidad te notificó la deuda a tiempo, el plazo se corta. Para una idea aproximada, pon como fecha de cálculo el día de esa notificación.
  • Descuentos directos sobre una pensión o un paro que sigas cobrando.
  • Fraccionamiento: el número de cuotas es libre en la calculadora, pero lo concede o no la entidad.
  • Responsabilidad de terceros. El artículo 55 dice que quien contribuyó a que se cobrase de más responde de forma subsidiaria, salvo buena fe probada.

Es una estimación para que sepas por dónde van las cifras. Conserva siempre la resolución oficial.

Preguntas frecuentes

¿Prescribe todo de golpe o mes a mes?

Mes a mes. Cada pago empieza a contar sus 4 años el día que lo cobraste. Un pago de hace 5 años puede estar prescrito y uno de hace 2 años, no.

¿Cuenta la fecha de hoy o la de la carta?

Depende de si la entidad te ha notificado ya la deuda. Si fue a tiempo, lo que cuenta es esa fecha. Por eso en las opciones avanzadas puedes cambiar la fecha de cálculo.

¿Y si el error fue de la entidad y no mío?

El plazo de 4 años es el mismo, incluso en los supuestos de revisión por error imputable a la entidad gestora. Eso no cambia que la obligación general de devolver exista.

¿Puedo devolverlo poco a poco?

Puedes pedir fraccionar el pago, pero lo decide la entidad. Prueba aquí con diferentes cuotas para ver cuánto sería al mes y compara con lo que puedes pagar.

¿Se aplica igual al paro?

El paro es una prestación de la Seguridad Social, y esta regla general se aplica a prestaciones de la Seguridad Social. Para casos concretos, mira lo que diga tu resolución. Puedes ver cómo se calcula con la calculadora de paro y cómo tributa en la calculadora de IRPF del paro.

Fuente oficial

Datos comprobados el 6-11-2026. Si la ley cambia, el plazo se puede editar en las opciones avanzadas.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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