En resumen
- Un servidor público en Bolivia tiene 15 días hábiles de vacación al año desde 1 año y 1 día, 20 desde 5 años y 1 día, y 30 desde 10 años y 1 día.
- Con 7 años y 7 meses de antigüedad te tocan 20 días hábiles al año.
- La vacación no se paga en dinero y no se acumula más de dos gestiones: con 20 días al año, el tope es de 40 días.
- Con 5 años justos todavía son 15 días; los 20 empiezan el día siguiente.
¿Cuántos días de vacación tiene un servidor público en Bolivia?
Tiene 15 días hábiles al año si lleva más de un año en el servicio público, 20 días si lleva más de cinco y 30 días si lleva más de diez. Lo fija el artículo 49 de la Ley 2027, Estatuto del Funcionario Público, que no usa la misma escala que la Ley General del Trabajo del sector privado.
La calculadora usa tu fecha de ingreso y una fecha de referencia (por defecto, una fecha de ejemplo; cámbiala por hoy). Con eso te dice la escala que te toca, cuántos días tienes por usar y desde cuándo subes de escalón.
La escala por antigüedad
| Antigüedad | Días hábiles al año |
|---|---|
| De 1 año y 1 día a 5 años | 15 |
| De 5 años y 1 día a 10 años | 20 |
| 10 años y 1 día o más | 30 |
La ley dice «y un día». Por eso, con 5 años justos todavía tienes 15 días, y el 20 llega al día siguiente. Lo mismo pasa con el primer año y con los 10 años. Antes de cumplir un año y un día, todavía no tienes vacación anual.
Son días hábiles: no cuentan los fines de semana ni los feriados.
Cuántas vacaciones puedes acumular
La vacación no se paga en dinero y debe usarse de forma obligatoria. El artículo 50 añade que no se permite acumular vacaciones por más de dos gestiones consecutivas.
La calculadora lo toma así: el tope es el doble de tu escala. Con 15 días al año, 30; con 20, 40; con 30, 60. Si tienes más días por usar que ese tope, te avisa de cuántos conviene usar cuanto antes. Es una lectura prudente: confírmala con la unidad de personal de tu entidad.
Cómo usar la calculadora
- Escribe la fecha de ingreso al servicio público.
- Escribe la fecha en que miras tu antigüedad.
- Mira el resultado: escala, días por usar y tope.
En Opciones avanzadas puedes anotar los días de gestiones anteriores que no usaste y los que ya tomaste.
Fórmula
Escala = 15, 20 o 30 días según los años que han pasado desde tu ingreso Disponibles = días de gestiones anteriores + escala − días usados Tope = 2 × escala
Ejemplo
Ingresaste el 15/03/2019 y miras tu antigüedad el 06/11/2026, sin días pendientes ni usados.
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Antigüedad | 7 años y 7 meses |
| Días hábiles al año | 20 |
| Días por usar | 20 |
| Tope de dos gestiones | 40 días |
| Pasas a 30 días el | 16/03/2029 |
Si además te quedaron 25 días de años anteriores y ya usaste 3, tendrías 25 + 20 − 3 = 42 días por usar, 2 más que el tope de 40.
Quién queda fuera
El artículo 49 deja el régimen de los servicios de salud, el Poder Judicial y la carrera docente de educación pública a sus propias leyes. Si trabajas en uno de ellos, esta escala puede no ser la tuya. Tampoco vale para el sector privado: allí mira la calculadora de vacaciones de Bolivia.
Licencias que no restan vacación
El artículo 48 da licencias con el 100 % del sueldo y sin cargo a vacaciones: 3 días hábiles por matrimonio, 3 por fallecimiento de padres, cónyuge, hermanos o hijos, y los cursos de capacitación. Mira la licencia por matrimonio, la licencia por luto y la licencia de capacitación. Si dejas el cargo, el finiquito se calcula aparte.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo tengo derecho a vacaciones como servidor público?
Desde que pasa un año y un día de antigüedad. Antes de eso la ley no fija una vacación anual y la calculadora te muestra la fecha en que empieza.
¿Me pagan los días de vacación que no use?
No. El artículo 50 dice que la vacación no admite compensación en dinero y que debe usarse. Por eso la calculadora solo cuenta días, no bolivianos.
¿Cuántos días puedo acumular?
No más de dos gestiones consecutivas. Con 15 días al año, hasta 30 días; con 20, hasta 40; con 30, hasta 60.
¿Con 5 años justos son 15 o 20 días?
Son 15. Los 20 días empiezan con 5 años y un día. Pasa igual con los 10 años: el 30 llega al día siguiente.
¿Los días de matrimonio o luto se descuentan de mis vacaciones?
No. Son licencias sin cargo a vacaciones, con sueldo completo, según el artículo 48.
¿El resultado es una cifra oficial de mi entidad pública?
Es una estimación con la ley vigente. Tu entidad puede tener un reglamento o un cronograma de vacaciones colectivas que cambie las fechas, no la escala.
