En resumen
- En Argentina, un accidente in itínere se indemniza con la misma fórmula que uno en el trabajo: 53 x ingreso base x % de incapacidad x 65 / edad (Ley 24.557, art. 14).
- Con un ingreso base de $ 2.500.000, 40 años y 20 % de incapacidad, la indemnización estimada es de $ 43.062.500.
- In itínere no se suma el adicional del 20 % de la Ley 26.773 (art. 3): en ese ejemplo, serían $ 8.612.500 más que no se pagan.
- Con 66 % o más de incapacidad, la incapacidad es total y el mismo caso da $ 215.312.500, porque no se multiplica por el porcentaje.
¿Qué es un accidente in itínere?
Es el accidente que te ocurre en el camino entre tu casa y tu trabajo, o al revés. La Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557, art. 6) lo trata como accidente de trabajo. Por eso tu ART cubre la atención médica, los días de baja y, si queda una secuela, una indemnización de pago único.
Hay una condición: el trayecto no debe haberse interrumpido ni alterado por causas ajenas al trabajo. Si cambias el camino por estudio, por otro empleo o por cuidar a un familiar directo enfermo que no vive contigo, puedes avisar por escrito a tu empleador. Él debe avisar a la ART dentro de las 72 horas.
Esta calculadora es solo para Argentina. Es una estimación: la cifra final la fija la comisión médica y la ART.
Cómo se calcula la indemnización
La ley usa tres datos: tu ingreso base mensual, tu edad y el porcentaje de incapacidad. Con incapacidad parcial (menos de 66 %):
indemnización = 53 x ingreso base x (% de incapacidad / 100) x (65 / edad)
Con incapacidad total (66 % o más) no se multiplica por el porcentaje:
indemnización = 53 x ingreso base x (65 / edad)
La edad es la que tenías el día del accidente. El ingreso base es el promedio de tus salarios del año anterior, actualizados mes a mes por el RIPTE (Ley 24.557, art. 12). Hasta el pago, ese ingreso sigue la variación del RIPTE. Si no conoces tu ingreso base, usa tu sueldo mensual promedio.
El mínimo legal
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo fija un mínimo que se actualiza cada marzo y septiembre. Del 1 de septiembre de 2026 al 28 de febrero de 2027 es de $ 114.354.110 por el 100 % de incapacidad. Si tu incapacidad es de 20 %, el mínimo es de $ 22.870.822. Se paga el mayor entre la fórmula y el mínimo.
Por qué no suma el 20 % adicional
El artículo 3 de la Ley 26.773 dice que el adicional del 20 % se paga cuando el daño se produce en el lugar de trabajo o cuando el trabajador está a disposición del empleador. El camino de casa al trabajo no es ninguno de los dos.
Por eso esta calculadora te da la indemnización sin adicional. Te muestra aparte cuánto sería ese 20 %, solo para que veas la diferencia con un accidente dentro del trabajo. Para ese otro caso, usa la calculadora de indemnización de la ART por incapacidad.
Ejemplo
Ingreso base de $ 2.500.000, 40 años y 20 % de incapacidad.
- 53 x $ 2.500.000 = $ 132.500.000.
- Por el 20 %: $ 132.500.000 x 0,20 = $ 26.500.000.
- Por la edad: 65 / 40 = 1,625, así que $ 26.500.000 x 1,625 = $ 43.062.500.
- El mínimo para ese 20 % es $ 22.870.822, menor que la fórmula. Se paga la fórmula.
De cada 100 pesos de ese resultado, ninguno corresponde al adicional. En un accidente en el lugar de trabajo se sumarían $ 8.612.500.
Si en el mismo caso la comisión médica fija 66 % o más, la incapacidad es total y la indemnización sube a $ 215.312.500, porque 53 x $ 2.500.000 x 1,625 sale sin multiplicar por el porcentaje.
Prestación mensual mientras dura la baja
Antes de la indemnización, durante la incapacidad temporaria cobras una prestación igual a tu ingreso base. Los primeros diez días los paga el empleador y el resto la ART. Puedes verlo en la calculadora de incapacidad laboral temporaria.
Cuando la incapacidad permanente aún es provisoria, la prestación mensual es el ingreso base por el porcentaje (parcial) o el 70 % del ingreso base (total). En el ejemplo, $ 500.000 al mes.
Qué cambia si el trayecto se altera
| Situación | ¿Es accidente in itínere? |
|---|---|
| Vas de tu casa al trabajo por el camino habitual | Sí |
| Cambias de camino por estudio, otro empleo o un familiar enfermo, y lo declaras | Sí |
| Haces un desvío por un motivo personal ajeno al trabajo | Puede no serlo |
| Vuelves a casa tras una salida personal que rompió el trayecto | Puede no serlo |
Esa decisión la toma la ART y, si hay desacuerdo, la comisión médica. La calculadora no la evalúa: parte de que el accidente ya fue aceptado.
Fuentes oficiales
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, texto actualizado (InfoLEG): arts. 6, 12, 14 y 15, con el mínimo de la Resolución 39/2026 de la SRT.
- Ley 26.773, régimen de reparación (InfoLEG): art. 3, adicional del 20 %.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobro si me accidento yendo al trabajo?
Depende de tu ingreso base, tu edad y el porcentaje de incapacidad que fije la comisión médica. Con 40 años, $ 2.500.000 de ingreso base y 20 % de incapacidad, la estimación es de $ 43.062.500.
¿Por qué no me suman el 20 % adicional?
Porque la Ley 26.773 lo reserva para daños en el lugar de trabajo o mientras estás a disposición del empleador. El trayecto queda fuera de esa regla.
¿Un accidente in itínere se paga con otra fórmula?
No. La fórmula del artículo 14 de la Ley 24.557 es la misma. Lo único que cambia es que no se agrega el 20 %.
¿Qué pasa si hice un desvío en el camino?
Si el desvío fue por estudio, otro empleo o atender a un familiar directo enfermo, y lo declaraste por escrito, sigue siendo in itínere. Si fue por un motivo ajeno al trabajo, el trayecto puede considerarse alterado.
¿Cuándo se actualiza el mínimo legal?
Cada seis meses, en marzo y septiembre, según la variación del RIPTE. El valor de esta página vale del 1 de septiembre de 2026 al 28 de febrero de 2027 y puedes cambiarlo en las opciones avanzadas.
¿Es exacto el resultado para mi accidente en el trayecto?
Es una estimación. La indemnización definitiva depende del ingreso base que calcule la ART y del porcentaje que determine la comisión médica.
