En resumen
- En Bolivia el sueldo no se puede embargar por una deuda común: con Bs 5.000 te quedan Bs 5.000.
- La asistencia familiar sí se retira del sueldo, aunque otras leyes lo protejan.
- Si el juez fija 20 % y ganas Bs 5.000, se retienen Bs 1.000 y te quedan Bs 4.000.
- Si ganas el salario mínimo (Bs 3.300) o menos, la asistencia no baja del 20 % de ese salario: Bs 660.
¿Te pueden embargar el sueldo en Bolivia?
Por una deuda común, no. Con un sueldo de Bs 5.000 por un préstamo, una tarjeta o una compra, te quedan los Bs 5.000. Por asistencia familiar, sí: se retira parte del sueldo. Esta calculadora sirve solo para Bolivia.
El Código Procesal Civil (Ley 439, art. 318) dice que los sueldos y salarios son inembargables, salvo la asistencia familiar. El Código de las Familias (Ley 603, art. 126) añade que la asistencia sobre un sueldo se hace efectiva por retención, sin tener en cuenta las restricciones de otras leyes.
Cómo usar la calculadora
- Motivo del embargo. Deuda común o asistencia familiar.
- Tu sueldo mensual. Tu total ganado del mes.
- Cómo se fijó la asistencia. Un porcentaje o un monto fijo, el que haya decidido la autoridad judicial.
- Meses sin pagar. En Opciones avanzadas, para ver lo acumulado.
También puedes cambiar el salario mínimo nacional (Bs 3.300, DS 5516) si cambia; compruébalo en la Gaceta Oficial de Bolivia.
Fórmula
asistencia = sueldo × porcentaje ÷ 100 (o el monto fijo) mínimo = 20 % × salario mínimo (solo si ganas el salario mínimo o menos) se retiene = lo mayor entre asistencia y mínimo, sin pasar del sueldo te queda = sueldo − se retiene
La cifra se redondea al centavo.
Ejemplo con un sueldo de Bs 5.000
Cobras Bs 5.000 y la autoridad judicial fijó el 20 % de tu sueldo.
| Motivo | Cuenta | Se retiene | Te queda |
|---|---|---|---|
| Deuda común | no se embarga | Bs 0 | Bs 5.000 |
| Asistencia familiar | 5.000 × 20 % | Bs 1.000 | Bs 4.000 |
De cada Bs 100 de tu sueldo, se retienen Bs 20. Si pasan 3 meses sin pagar, lo acumulado es Bs 3.000.
Si ganas el salario mínimo o menos
El Código de las Familias (art. 116) dice que si tu ingreso es igual o menor al salario mínimo, la asistencia no puede ser menor al 20 % del salario mínimo nacional. Con el salario mínimo de Bs 3.300, ese mínimo es Bs 660.
Por eso, con Bs 3.300 y un 10 % fijado (Bs 330), se retienen Bs 660 y te quedan Bs 2.640. Si ganas un centavo más que el salario mínimo, ese mínimo ya no se aplica. Si hay más de una persona beneficiaria, el mínimo puede subir según sus necesidades; la autoridad judicial lo decide.
Qué no cubre esta calculadora
- No decide cuánto debes pagar: eso lo fija la autoridad judicial según las necesidades de quien recibe y tus recursos (art. 116).
- No calcula tus aportes ni tu sueldo líquido. Para eso, usa la calculadora de sueldo neto.
- No cubre dinero que ya tengas en una cuenta bancaria, ni otras retenciones.
- Si el porcentaje es sobre el total ganado o sobre el líquido, lo dice la resolución; aquí se aplica sobre el sueldo que escribas.
Preguntas frecuentes
¿Pueden embargarme el sueldo por una tarjeta de crédito?
No. El sueldo es inembargable por deudas comunes (art. 318 del Código Procesal Civil). La excepción es la asistencia familiar. Es una estimación general: tu caso concreto lo decide la autoridad judicial.
¿Cuánto se puede retener por asistencia familiar?
Lo que fije la autoridad judicial, en monto fijo o en porcentaje. Con Bs 5.000 y un 20 %, son Bs 1.000 al mes. Si ganas el salario mínimo o menos, no baja de Bs 660.
¿Quién retira el dinero del sueldo?
Quien te paga el sueldo. La retención debe cumplirse de inmediato; si no se hace, esa persona o entidad responde junto contigo por el pago (Código de las Familias, art. 126).
¿Qué pasa si mi sueldo sube?
Si la asistencia es un porcentaje, sube con tu sueldo. Con Bs 6.000 y un 20 %, se retienen Bs 1.200. Si es un monto fijo, no cambia hasta que se revise.
¿Puedo cobrar la asistencia y también tener otras deudas?
La asistencia familiar tiene privilegio: se retira primero del sueldo. Las demás deudas comunes no pueden tocar el sueldo.
¿Este resultado es lo que me van a retener de verdad?
Es una estimación con la ley vigente de Bolivia. El monto real lo fija la resolución de la autoridad judicial y puede incluir ajustes.
Descuentos que no son embargo
No todo lo que baja de tu sueldo es un embargo. Los aportes a la Gestora y a la CNS se descuentan por ley, y las faltas o atrasos se descuentan según tu contrato. Para esos casos, mira la calculadora de descuento por faltas y la de salario mínimo. Si dejas el trabajo, calcula tus beneficios con el finiquito.
Fuentes: Ley 439 y Ley 603. Salario mínimo: DS 5516, art. 23.
