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Calculadora de honorarios de la junta de calificación de invalidez en Colombia: cuánto cuesta y quién paga

Escribe quién pide el dictamen y cuántos dictámenes son, y verás el honorario de la junta, lo que adelantas y si hay reembolso. Solo para Colombia, según el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

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Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)

Cambia quién paga el honorario.

dictámenes

Cada solicitud paga el honorario, sin importar cuántas enfermedades se evalúen.

¿El resultado es a favor de lo que pedías?

Si pagaste tú y ganas, la ARL o la administradora de pensiones te devuelve el dinero.

Opciones avanzadas
$

Valor de 2026 (Decreto 1469 de 2025). Se usa el del año en que se presenta la solicitud.

Honorario de la junta $ 1.750.905 1 salario mínimo por dictamen
Adelantas tú $ 1.750.905
Costo final para ti $ 1.750.905

Adelantas $ 1.750.905 por 1 dictamen. Si el resultado no es a tu favor, no hay reembolso.

Dictámenes
1
Salario mínimo de la solicitud
$ 1.750.905
Lo asume otra persona o entidad
$ 0
Reembolso
$ 0

Quién paga según el caso

Caso Quién paga Reembolso
Tú pides el dictamen Tú, por adelantado Sí, si el resultado es a tu favor
Lo pide una ARL, una AFP o un empleador La entidad o el empleador No aplica
Perito a petición de entidad financiera o aseguradora La entidad financiera o la aseguradora No aplica
Perito a petición de autoridad judicial Quien decrete la autoridad No aplica
Perito en proceso penal Nadie: no hay honorario No aplica
Segunda instancia de educadores o de Ecopetrol El Fondo del Magisterio o Ecopetrol No aplica
Perito a petición del inspector de trabajo El empleador No aplica
Cómo se ha calculado, con tus números
  1. Honorario = 1 dictamen × $ 1.750.905 = $ 1.750.905
  2. Lo paga quien lo solicita (tú).
  3. Sin resultado a tu favor no hay reembolso: costo final = $ 1.750.905

Solo para Colombia.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.5.1.16: un salario mínimo mensual por dictamen, el del año en que se presenta la solicitud (2026: $ 1.750.905).
  • No importa cuántas enfermedades se evalúen: el honorario es uno por solicitud. Si se recurre ante la junta nacional, esa solicitud paga otro honorario.
  • Es una estimación con los valores que escribes. Para casos concretos consulta a la junta o al Ministerio del Trabajo.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: normativa.colpensiones.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de honorarios de la junta de calificación de invalidez en Colombia: cuánto cuesta y quién paga · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Colombia la junta de calificación de invalidez cobra un salario mínimo mensual por dictamen solicitado, es decir, $ 1.750.905 con el salario mínimo usado en el ejemplo.
  • El honorario es uno por solicitud, sin importar cuántas enfermedades se evalúen. Con 2 dictámenes serían $ 3.501.810.
  • Si pides el dictamen tú, adelantas el pago; si el resultado es a tu favor, la ARL o la administradora de pensiones te lo devuelve.
  • Si lo pide una ARL, un empleador o una entidad financiera, lo paga quien lo pide; en un proceso penal no hay honorario.

¿Cuánto cuesta el dictamen de la junta de calificación de invalidez?

El dictamen cuesta un salario mínimo mensual legal vigente por cada solicitud. Con el salario mínimo del ejemplo, $ 1.750.905, un dictamen cuesta $ 1.750.905. Lo fija el artículo 2.2.5.1.16 del Decreto 1072 de 2015. Esta página es solo para Colombia.

Tres ideas para entenderlo rápido:

  • Se usa el salario mínimo del año en que se presenta la solicitud, no el del año en que sale el dictamen.
  • Es un honorario por solicitud, aunque se evalúen una o varias enfermedades.
  • Se paga por adelantado: la junta recibe el dinero antes, pero a sus integrantes solo se les paga cuando el dictamen ya está emitido y notificado.

Si recurres ante la junta nacional, esa nueva solicitud también paga su honorario.

¿Quién paga los honorarios de la junta según el caso?

Depende de quién pide la actuación de la junta. Esta es la regla del decreto:

CasoQuién paga
Tú pides el dictamen (trabajador, pensionado o beneficiario)Tú, por adelantado
Lo pide una ARL, una AFP o un empleadorLa entidad o el empleador
La junta actúa como perito a petición de una entidad financiera o aseguradoraEsa entidad
La junta actúa como perito a petición de una autoridad judicialQuien decrete la autoridad
La junta actúa como perito en un proceso penalNadie: no hay honorario
Segunda instancia de educadores o de servidores de EcopetrolEl Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio o Ecopetrol
Perito a petición del inspector de trabajoEl empleador

Si una ARL o un empleador no paga el honorario por adelantado, el decreto prevé una sanción de las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo. Para el resto de entidades decide la autoridad competente.

Si la autoridad judicial pide a la junta como perito y el pago no llega a tiempo, la junta avisa al juez. El juez requiere al responsable y el dictamen no se detiene.

¿Cuándo te devuelven el dinero?

Si pagaste tú, tienes derecho a reembolso cuando el resultado de tu controversia es a tu favor. Lo devuelve la entidad que, según el dictamen, deba asumir las prestaciones: la ARL (riesgos laborales) o la administradora del sistema de pensiones. Si el resultado no es a tu favor, no hay reembolso.

De cada 100 pesos que adelantas, recuperas los 100 si ganas y ninguno si no ganas. No hay un reembolso parcial en el decreto.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige quién pide la actuación de la junta. Por defecto, eres tú.
  2. Escribe cuántos dictámenes se solicitan.
  3. Si lo pides tú, indica si el resultado es a tu favor.
  4. En Opciones avanzadas puedes cambiar el salario mínimo si el de tu solicitud es otro.

Verás tres cifras: el honorario, lo que adelantas tú y el costo final después del posible reembolso. Es una estimación: la junta te informa el valor exacto.

Ejemplo

Tú pides un dictamen a la junta regional. El resultado todavía no es a tu favor.

DatoValor
Salario mínimo usado$ 1.750.905
Dictámenes1
Honorario de la junta$ 1.750.905
Adelantas tú$ 1.750.905
Costo final$ 1.750.905

Ahora imagina que recurres a la junta nacional y pagas 2 dictámenes en total: serían $ 3.501.810. Si el resultado final es a tu favor, el costo final baja a $ 0, porque te lo devuelve la ARL o la administradora de pensiones.

Cómo se reparte el honorario dentro de la junta

La junta no se queda todo el honorario para sus integrantes. El director administrativo y financiero reparte cada mes lo correspondiente a los dictámenes emitidos. En la junta nacional y en las regionales tipo A, cada integrante recibe el 15 % del honorario por dictamen emitido y notificado. En las regionales tipo B, el 20 %. El resto atiende los gastos de administración de la junta.

Además, los integrantes tienen prohibido pedir cualquier otro pago por sus dictámenes o recibir el honorario directamente. Si te piden dinero aparte, no corresponde con el decreto.

Fuente: Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.5.1.16 y 2.2.5.1.17.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta pedir un dictamen a la junta de calificación de invalidez?

Un salario mínimo mensual legal vigente por solicitud. Es el mismo valor para la junta regional y para la nacional, y no cambia según el número de enfermedades.

¿Tengo que pagar antes de que la junta empiece?

Sí. El decreto dice que la junta recibe el honorario de forma anticipada y que lo paga quien solicita. Cuando el solicitante es una ARL o un empleador, el pago a tiempo es su obligación.

¿Me devuelven el dinero si la junta me da la razón?

Si el resultado es a tu favor, sí: lo devuelve la ARL o la administradora de pensiones que deba asumir las prestaciones. Si no es a tu favor, no hay reembolso.

¿Se paga por cada enfermedad que se evalúa?

No. El honorario es único por solicitud, sin importar cuántas patologías se evalúen. Los pagos se multiplican por el número de solicitudes, no por el de enfermedades.

¿Paga el empleador alguna vez?

Sí, en dos casos: cuando es él quien pide el dictamen y cuando la junta actúa como perito por solicitud del inspector de trabajo del Ministerio del Trabajo.

¿Los integrantes de la junta pueden pedirme dinero aparte?

No. Les está prohibido exigir otra remuneración o recibir directamente el honorario. El pago va a la junta.

Para el porcentaje de invalidez, usa la calculadora de pérdida de capacidad laboral.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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