En resumen
- Una obra con 30.000 € de coste de ejecución material y un tipo del 3 % paga 900 € de ICIO; de cada 100 € de obra, 3 € van al ayuntamiento.
- La ley no permite un tipo superior al 4 %: con ese máximo, la misma obra pagaría 1.200 €.
- Una bonificación del 50 % bajaría esa cuota de 900 € a 450 €, y una tasa de licencia de 200 € deducible la dejaría en 700 €.
- La base no incluye el IVA, los honorarios ni el beneficio del contratista; al acabar la obra, el ayuntamiento ajusta el impuesto al coste real.
¿Cuánto se paga de ICIO por una obra?
Pagas el tipo de tu ayuntamiento multiplicado por el coste de ejecución material de la obra. El tipo no puede pasar del 4 %. Con 30.000 € de obra y un tipo del 3 %, el ICIO es de 900 €. Es el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, regulado en los artículos 100 a 103 de la Ley de Haciendas Locales. Solo sirve para España.
Lo paga quien es dueño de la obra, es decir, quien soporta su coste, sea o no propietario del inmueble. Se devenga al empezar la obra, aunque aún no tengas la licencia.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el coste de ejecución material: mano de obra y materiales, sin IVA.
- Pon el tipo de tu ayuntamiento. Está en su ordenanza fiscal, que se publica en su web.
- En «Opciones avanzadas», añade la bonificación, la tasa de la licencia o el coste real final si los conoces.
El resultado sale al momento, con el cálculo paso a paso.
Cómo se calcula el ICIO
El ICIO es la base imponible por el tipo, menos la bonificación y la tasa deducible si tu ordenanza las prevé.
base = coste de ejecución material cuota íntegra = base × tipo cuota = cuota íntegra × (1 − bonificación) − tasa deducible
Si tu importe ya incluye gastos generales y beneficio industrial del contratista, la calculadora los quita con el porcentaje que indiques. Por ejemplo, 11.900 € con un 19 % incluido dejan una base de 10.000 € y, con el 3 %, un ICIO de 300 €.
Ejemplo
Una reforma con 30.000 € de coste de ejecución material y un tipo del 3 %:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 30.000,00 € |
| Tipo del ayuntamiento | 3 % |
| ICIO a pagar | 900,00 € |
De cada 100 € de obra, 3 € van al ayuntamiento. Con el tipo máximo del 4 %, serían 1.200 €.
Qué entra y qué no en la base
La base es el coste de ejecución material. No entran:
- El IVA y otros impuestos análogos.
- Las tasas y precios públicos locales de la obra.
- Los honorarios de arquitectos, aparejadores y otros profesionales.
- El beneficio empresarial del contratista.
Para saber el IVA de tu obra, mira la calculadora de IVA de reformas.
Bonificaciones y deducción de la tasa
Las ordenanzas pueden bonificar la cuota, nunca más allá de estos máximos de la ley:
- Hasta el 95 % en obras de especial interés o utilidad municipal.
- Hasta el 95 % en obras con energía solar homologada.
- Hasta el 50 % en viviendas de protección oficial.
- Hasta el 90 % en obras de accesibilidad para personas con discapacidad.
- Hasta el 90 % en puntos de recarga de vehículos eléctricos.
Cada ayuntamiento decide cuáles aplica, si se pueden sumar y qué hay que pedir. Con una bonificación del 50 %, la cuota de 900 € baja a 450 €. Si la ordenanza deduce la tasa de la licencia, una tasa de 200 € la deja en 700 €.
Ajuste al coste real
Primero pagas una cantidad a cuenta, según el presupuesto presentado. Al acabar, el ayuntamiento comprueba el coste real y te cobra o te devuelve la diferencia. Si la obra costó 36.000 € en vez de 30.000 €, la cuota pasa a 1.080 € y pagas 180 € más. Si costó menos, te devuelven la diferencia.
Si tu obra mejora la eficiencia energética, mira la deducción por obras de eficiencia energética.
Preguntas frecuentes
¿Se paga ICIO por una reforma pequeña?
Solo si la obra exige licencia, declaración responsable o comunicación previa en tu ayuntamiento. Pintar o cambiar un grifo suele quedar fuera; cambiar un baño o una cocina suele entrar. Lo confirma tu ayuntamiento.
¿Quién paga el ICIO, el dueño o el contratista?
El dueño de la obra, que es quien paga su coste. Si la pide o la hace otra persona, esta puede pagarlo en su lugar y luego pedirte el importe.
¿Cuál es el tipo máximo del ICIO?
El 4 % de la base. Cada ayuntamiento fija el suyo, siempre dentro de ese límite. Consulta la ordenanza fiscal del tuyo.
¿Se paga ICIO si no tengo licencia?
Sí. El impuesto se devenga cuando empieza la obra, tengas o no la licencia.
¿El IVA entra en la base del ICIO?
No. Tampoco los honorarios de profesionales ni el beneficio del contratista. Solo cuenta el coste de ejecución material.
¿El ICIO que sale aquí es el que me cobrará mi ayuntamiento?
No, es una estimación. La liquidación del ayuntamiento puede usar módulos de su ordenanza y se ajusta al coste real al acabar la obra.
