En resumen
- En Costa Rica no hay una regla propia para la minería: esta calculadora supone actividad lucrativa y aplica los tramos de renta de personas físicas, exentos hasta ₡6 244 000 de utilidad al año.
- Con ₡18 000 000 recibidos, ₡4 800 000 de electricidad, equipo de ₡6 000 000 en 3 años y ₡600 000 de otros gastos, la utilidad es de ₡10 600 000 y el impuesto, de ₡558 450.
- Después del impuesto te quedan ₡10 041 550; apartar unos ₡46 538 al mes cubre el pago.
- Es una estimación: confirma tu caso con Hacienda o con tu contador.
Cómo se calcula el impuesto por minar criptomonedas en Costa Rica
El impuesto se calcula sobre la utilidad del año: el valor en colones de las criptomonedas que recibiste por minar, menos la electricidad, el equipo y otros gastos necesarios. A esa utilidad se le aplican los tramos de renta de las personas físicas con actividad lucrativa, cada uno solo sobre su parte.
Con ₡18 000 000 recibidos y ₡7 400 000 de gastos, tu utilidad es de ₡10 600 000 y pagas ₡558 450 al año. Es un 5,27 % de tu utilidad: de cada 100 colones que ganas, unos 5 van al impuesto.
Importante: la ley costarricense no habla de la minería de criptomonedas de forma expresa. Esta calculadora supone que minar de forma habitual es una actividad lucrativa y aplica la tarifa general. Es una estimación, no un criterio de Hacienda. Esta calculadora es solo para Costa Rica.
Cómo usar la calculadora
- Tus montos son del año o del mes. Si llevas la cuenta mes a mes, elige «Del mes»: ingresos, electricidad y otros gastos se multiplican por 12.
- Criptomonedas recibidas. Pon su valor en colones el día en que las recibiste, no el de hoy. Guarda un registro de cada recepción con su fecha y su precio.
- Electricidad. Lo que pagas por la energía de tus equipos, según tus recibos.
- Costo del equipo. El precio total de tus mineros y tarjetas. No se resta de golpe: se reparte entre los años de vida útil.
- Opciones avanzadas. Otros gastos, vida útil del equipo y los tramos, por si cambian.
Tramos del impuesto
Son los tramos anuales de la Ley 10667, que reformó el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para 2026 los publica el Ministerio de Hacienda:
| Utilidad anual | Impuesto |
|---|---|
| Hasta ₡6 244 000 | Exento |
| De ₡6 244 000 a ₡8 329 000 | 10 % |
| De ₡8 329 000 a ₡10 414 000 | 15 % |
| De ₡10 414 000 a ₡20 872 000 | 20 % |
| Más de ₡20 872 000 | 25 % |
Desde 2027 estos valores se ajustan por costo de vida. Si cambian, edítalos en Opciones avanzadas. Esta calculadora no aplica créditos por hijos ni por cónyuge; si los tienes, mira la calculadora de renta de independientes.
Fórmula
Gastos = electricidad + (equipo ÷ años de vida útil) + otros gastos Utilidad = criptomonedas recibidas en colones − gastos Impuesto = suma de (parte de la utilidad en cada tramo × su porcentaje) Te queda = utilidad − impuesto
Cada porcentaje se cobra solo sobre la parte de la utilidad que cae en su tramo. Ganar un colón más nunca hace que pagues más sobre todo lo anterior.
Ejemplo: utilidad de ₡10 600 000
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Criptomonedas recibidas | ₡18 000 000 |
| Electricidad | ₡4 800 000 |
| Equipo (₡6 000 000 ÷ 3 años) | ₡2 000 000 |
| Otros gastos | ₡600 000 |
| Utilidad | ₡10 600 000 |
| Tramo | Utilidad en el tramo | Impuesto |
|---|---|---|
| Hasta ₡6 244 000 (0 %) | ₡6 244 000 | ₡0 |
| De ₡6 244 000 a ₡8 329 000 (10 %) | ₡2 085 000 | ₡208 500 |
| De ₡8 329 000 a ₡10 414 000 (15 %) | ₡2 085 000 | ₡312 750 |
| De ₡10 414 000 a ₡10 600 000 (20 %) | ₡186 000 | ₡37 200 |
| Total | ₡10 600 000 | ₡558 450 |
Te quedan ₡10 041 550 y conviene apartar unos ₡46 538 al mes.
Qué gastos puedes restar
La ley permite restar los gastos necesarios para producir la renta, con su respaldo. En la minería suelen ser la electricidad, el internet, el alquiler del local, la refrigeración y la depreciación del equipo. Los gastos personales no cuentan. Si el local o la electricidad son también de tu casa, resta solo la parte que corresponde a la minería.
Si facturas con IVA tus servicios, el IVA va aparte: puedes separarlo con la calculadora de IVA de Costa Rica. Para una idea de cuánto rinde tu equipo antes de impuestos, mira la calculadora de minería de bitcoin.
Errores comunes
- Valorar las criptomonedas al precio de hoy. Cada recepción se valora en colones al precio del día en que la recibiste.
- Restar el equipo de golpe. Un equipo de ₡6 000 000 que dura 3 años resta ₡2 000 000 cada año.
- Calcular el impuesto sobre los ingresos. Se paga sobre la utilidad, después de restar los gastos.
- Aplicar el porcentaje a toda la utilidad. Con ₡10 600 000 no pagas el 20 % de todo (₡2 120 000), sino ₡558 450.
- Olvidar vender o cambiar. Esta calculadora trata lo recibido por minar. Lo que ganes o pierdas al vender después es otro cálculo.
Preguntas frecuentes
¿Se paga impuesto por minar bitcoin en Costa Rica?
Si minas de forma habitual y obtienes ganancias, lo prudente es tratarlas como renta de una actividad lucrativa. Hasta ₡6 244 000 de utilidad al año no pagarías, según los tramos de 2026. Confirma tu caso con Hacienda.
¿Por qué no hay una tarifa propia para la minería?
Porque la Ley del Impuesto sobre la Renta no menciona la minería de criptomonedas. Por eso esta calculadora usa la tarifa general de personas físicas y lo dice con claridad.
¿En qué moneda se calcula el impuesto?
En colones. Las criptomonedas se convierten a colones con su precio del día en que las recibes. Guarda la fecha y el precio de cada recepción.
¿Puedo restar la electricidad que gasto minando?
Sí, como gasto necesario para producir la renta, si lo respaldas con tus recibos. Si la misma luz alimenta tu casa, resta solo la parte de la minería.
¿Cuántos años puedo repartir el equipo?
La calculadora usa 3 años como estimación, pero puedes cambiarlo. No es un dato oficial: pregunta a tu contador qué vida útil aplica a tu equipo.
¿Cuánto debo apartar cada mes?
Divide el impuesto del año entre 12. En el ejemplo son unos ₡46 538 al mes. Es una estimación para llegar a la declaración con el dinero listo.
