En resumen
- Un hijo de 30 años que hereda 400.000 €, con una vivienda habitual de 150.000 €, paga 37,67 € de sucesiones en Canarias.
- En Canarias, los grupos I, II y III (hijos, cónyuge, padres, hermanos, tíos y sobrinos) tienen una bonificación del 99,9 % de la cuota.
- Un sobrino que hereda 150.000 € paga 31,01 € en Canarias: 9.300 € de reducción, cuota multiplicada por 1,5882 y el 99,9 % bonificado.
- Sin parentesco, heredar 100.000 € cuesta 24.830,72 € en Canarias: no hay reducción ni bonificación y la cuota se multiplica por 2.
¿Se paga impuesto de sucesiones en Canarias?
Casi nada, si eres familiar. Canarias perdona el 99,9 % de la cuota a hijos, nietos, cónyuge, padres, hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos: por cada 1.000 € de cuota, te quedan 1 € por pagar. Quien no es familiar cercano paga entero. Cuenta la residencia de la persona fallecida, no la tuya. Esta calculadora es solo para España.
Qué rebaja Canarias
El texto refundido de tributos cedidos de Canarias tiene reducciones propias y una bonificación muy fuerte:
- Bonificación del 99,9 % de la cuota en los grupos I, II y III, con la redacción del Decreto-ley 5/2023.
- Parentesco: cónyuge 40.400 €; hijo de 21 años o más 23.125 €; otros descendientes, padres y abuelos 18.500 €; hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos 9.300 €. Primos y ajenos, nada.
- Menores de 21 años (hijos y nietos): el 100 % de la herencia con un tope que baja con la edad: 138.650 € bajo los 10 años, 92.150 € hasta los 14, 57.650 € hasta los 17 y 40.400 € hasta los 20.
- Casa habitual del fallecido: el 99 % de su valor, hasta 200.000 € por toda la casa, repartidos entre herederos.
- Seguro de vida: el 100 % de lo cobrado, hasta 23.150 €, para cónyuge, hijos, nietos y padres del asegurado.
- Discapacidad: 72.000 € desde el 33 % y 400.000 € desde el 65 %.
- Edad: 125.000 € a partir de 75 años; no se suma a la de discapacidad, se aplica la mayor.
- Negocio familiar: el 99 % de su valor para cónyuge, hijos y nietos, si cumple los requisitos.
Cómo usar la calculadora
Pon el valor de la herencia sin deudas, el valor entero de la casa del fallecido, tu parentesco, tu edad y tu patrimonio previo. Lo demás (tu parte de la casa, seguro, discapacidad, negocio y cifras de la ley) está en opciones avanzadas.
Cómo se calcula paso a paso
- Sumas la herencia y el seguro de vida: es la base imponible.
- Restas las reducciones y te queda la base liquidable.
- Aplicas la tarifa del Estado, de 7,65 % a 34 %: es la cuota íntegra. Canarias no tiene tarifa propia; sale de la Ley 29/1987.
- Multiplicas por el coeficiente, que depende del grupo y de tu patrimonio previo: de 1 a 1,20 en los grupos I y II, de 1,5882 a 1,9059 en el III y de 2 a 2,4 en el IV. Por debajo de 402.678,11 € de patrimonio se usa el más bajo, y si pasas por poco de un límite la ley recorta la subida.
- Quitas la bonificación y lo que queda es lo que pagas.
Ejemplo: un hijo hereda 400.000 € con la vivienda
Un hijo de 30 años, con 50.000 € de patrimonio, hereda 400.000 €. Dentro está la casa donde vivía su madre o su padre, valorada en 150.000 €.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Lo que hereda | 400.000,00 € |
| Reducción por parentesco | -23.125,00 € |
| Reducción por vivienda (99 % de 150.000 € son 148.500 €) | -148.500,00 € |
| Base liquidable | 228.375,00 € |
| Cuota según la tarifa | 37.670,54 € |
| Bonificación del 99,9 % | -37.632,87 € |
| Impuesto a pagar | 37,67 € |
Sin la bonificación, ese mismo hijo pagaría 37.670,54 €. Con ella, 37,67 €.
Hermanos, sobrinos y otros
Un sobrino que hereda 150.000 € tiene 9.300 € de reducción. La base es de 140.700 €, la cuota de la tarifa es de 19.522,44 € y se multiplica por 1,5882: sale una cuota de 31.005,54 €. Canarias bonifica el 99,9 % y el sobrino paga 31,01 €. Un hijo que hereda 150.000 € sin vivienda paga 16,94 €.
Un amigo o un pariente lejano que reciba 100.000 € paga 24.830,72 €: ni reducción, ni bonificación, y la cuota se duplica.
Vivienda, seguro de vida, discapacidad y edad
Vivienda. La reducen cónyuge, hijos y nietos. También un hermano, tío, sobrino o primo de más de 65 años que viviera con el fallecido los 2 años anteriores a su muerte. La casa debe estar en Canarias y tienes que conservarla 5 años; si la vendes antes, pagas la diferencia de impuesto con intereses.
Seguro de vida. El dinero que cobras se suma a la herencia y paga este impuesto, no el IRPF. Con 100.000 € de seguro, un hijo se reduce 23.150 € y el resto tributa.
Discapacidad y edad. Con un grado del 65 %, un hijo que hereda 300.000 € tiene 400.000 € de reducción y no paga nada. Con 75 años o más, la reducción es de 125.000 €.
Hijos pequeños. Un hijo de 5 años que hereda 200.000 € se reduce 138.650 €, queda una base de 61.350,00 € y paga 6,44 €.
Plazo y cómo se presenta
El plazo para presentar es de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede ampliar otros 6 si lo pides en los 5 primeros, a cambio de intereses de demora; lo regulan los artículos 67 y 68 del Reglamento del impuesto. Presenta aunque el resultado sea 0 €.
Otros impuestos van aparte. El ayuntamiento cobra la plusvalía municipal si hay un inmueble. Si alguien recibe solo el uso de un bien, se valora con la calculadora de usufructo. Para dividir los bienes entre herederos está el reparto de herencia. Para comparar con otra comunidad, mira el impuesto de sucesiones en Madrid o la calculadora general. Y si prefieres dar en vida, están las donaciones en Canarias.
Preguntas frecuentes
¿Por qué un primo paga tanto más que un hermano en Canarias?
Porque el primo está en el grupo IV: no tiene reducción por parentesco, la cuota se multiplica por 2 y no hay bonificación. Un hermano tiene 9.300 € de reducción, un coeficiente de 1,5882 y el 99,9 % bonificado.
Si me sale 0 €, ¿hay que ir a la Agencia Tributaria Canaria igualmente?
Sí. Las reducciones y la bonificación no se aplican solas: se piden al presentar la autoliquidación. Presentarla tarde puede costarte recargos.
Vendí la casa heredada a los 3 años, ¿qué ocurre con la reducción de Canarias?
La ley exige conservarla 5 años. Si la vendes antes, pierdes la reducción del 99 % y pagas la diferencia de impuesto más intereses de demora.
¿Heredar siendo rico en Canarias sube el impuesto?
Solo si tu patrimonio previo pasa de 402.678,11 €: el coeficiente sube de 1 a 1,05 o más en los grupos I y II. Con la bonificación del 99,9 %, la subida es de pocos euros.
¿Se aplica la norma de Canarias si yo vivo en otra comunidad?
Se aplica si la persona fallecida vivió en Canarias la mayor parte de los 5 últimos años. Tu residencia no cuenta.
¿Esta cifra es lo que pagaré exactamente?
Es una estimación con las reglas de Canarias. En inmuebles cuenta el valor de referencia del Catastro si es mayor, y la Administración puede comprobar los valores.
