En resumen
- En Bolivia, el saldo de la cuenta previsional de un fallecido pasa a la masa hereditaria si no había derechohabientes o no pidieron la pensión a tiempo (art. 65).
- Si ese saldo no se cobra por la masa hereditaria en 10 años, prescribe a favor del Fondo Solidario.
- Con un saldo de Bs 85.000 y un fallecimiento sin derechohabientes, a fecha de ejemplo quedan 1.584 días de los 10 años.
- La pensión por muerte debe pedirse en máximo 3 años desde el fallecimiento (art. 64).
¿Qué pasa con el saldo de la cuenta previsional de un fallecido en Bolivia?
Depende de si había derechohabientes que pidieran la pensión por muerte. Si no había ninguno, o los hubo y no la pidieron a tiempo, el saldo de la cuenta personal previsional forma parte de la masa hereditaria. Así lo dice el artículo 65 de la Ley 065 de Pensiones. También entran las pensiones o pagos que el fallecido no llegó a cobrar.
Si los derechohabientes sí pidieron la pensión dentro del plazo, el saldo se usa para pagarla y no pasa a la herencia.
Cómo usar la calculadora
- Elige si había derechohabientes con pensión por muerte y si la pidieron.
- Escribe la fecha del fallecimiento y la de hoy.
- Si quieres, anota el saldo de la cuenta.
Verás el estado del saldo, el último día de cada plazo y los días que quedan.
Los plazos: 3 años y 10 años
- 3 años desde el fallecimiento para pedir la pensión por muerte (art. 64). Mientras corren, el saldo aún no pasa a la masa hereditaria si había derechohabientes.
- 10 años para cobrar el saldo por la masa hereditaria (art. 65). Después, prescribe a favor del Fondo Solidario.
La ley no dice desde cuándo se cuentan los 10 años. Por prudencia, la calculadora los cuenta desde el fallecimiento y suma el día del hecho: el último día es el mismo día y mes, 10 años después, menos 1 día.
último día = fecha del fallecimiento + 10 años − 1 día días que quedan = último día − fecha de hoy
Ejemplo
Un asegurado falleció el 10 de marzo de 2021 sin derechohabientes. Su cuenta tiene Bs 85.000 y hoy es el 6 de noviembre de 2026.
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Estado del saldo | Masa hereditaria |
| Último día para pedir la pensión (3 años) | 9/3/2024 |
| Último día para cobrar el saldo (10 años) | 9/3/2031 |
| Días que quedan | 1.584 días |
| Saldo en la masa hereditaria | Bs 85.000 |
De cada 100 días del plazo, ya han pasado unos 57.
Tres situaciones típicas
- Sin derechohabientes. Nadie tiene derecho a pensión por muerte. El saldo entra directamente en la masa hereditaria y los herederos pueden reclamarlo por esa vía durante 10 años.
- Con derechohabientes que pidieron la pensión. El saldo se destina a pagarla. No hay masa hereditaria por ese concepto.
- Con derechohabientes que no la pidieron. Tienen 3 años desde el fallecimiento. Si ese plazo termina sin solicitud, el saldo pasa a la masa hereditaria y empieza a pesar el límite de 10 años.
La calculadora distingue estos tres casos con la primera opción del formulario. Si dudas entre ellos, elige el que mejor describa lo que sabes y confirma después en la Gestora.
Cosas que conviene saber
- Las cotizaciones y el saldo no son hecho generador de tributos (art. 66).
- El saldo de un asegurado fallecido que generó pensión por muerte por riesgo común, profesional o laboral se transfiere al fondo de riesgos (art. 63). Es otro caso.
- Cada Gestora tiene sus propios requisitos y documentos: confírmalos allí.
- Los días se cuentan en calendario, sin descontar feriados ni fines de semana.
- Si el resultado sale cerca del último día, no esperes: reúne cuanto antes los papeles del fallecimiento y de la herencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la masa hereditaria?
Es el conjunto de bienes y derechos que deja una persona al fallecer y que se reparte entre sus herederos. Aquí incluye el saldo de la cuenta previsional en los casos del art. 65.
¿Cuánto tiempo hay para cobrar el saldo?
Hasta 10 años. Pasado ese plazo, el saldo prescribe a favor del Fondo Solidario.
¿Y si los derechohabientes pidieron la pensión?
Entonces el saldo se destina a esa pensión y no pasa a la masa hereditaria.
¿Desde cuándo cuentan los 10 años?
La ley no lo precisa. La calculadora los cuenta desde el fallecimiento, que es lo más prudente.
¿Esta calculadora da el saldo exacto de la cuenta?
No. El saldo lo escribes tú y solo sirve para mostrar el importe. El dato real lo da la Gestora.
¿Es una respuesta oficial?
No: es una estimación. Confirma tu caso en la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
