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Calculadora del plazo para pedir la pensión de invalidez o muerte en Bolivia

Elige el tipo de pensión y escribe la fecha de la invalidez o del fallecimiento. Verás el último día del plazo de 3 años y cuántos días quedan. Solo sirve para Bolivia.

Solo Bolivia · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en bolivianos (BOB)
Último día del plazo 14/9/2028 3 años desde la fecha de la invalidez
Días que quedan 678

Puedes pedirla hasta el 14/9/2028. Quedan 678 días.

Días desde el hecho
417
Años de plazo
3

Ver el cálculo paso a paso

Paso Valor
Fecha de la invalidez 15/9/2025
Mismo día, 3 años después 15/9/2028
Último día del plazo (se resta 1 día) 14/9/2028
Fecha de hoy 6/11/2026
Días que quedan 678 días

Solo para Bolivia.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación basada en el art. 64 de la Ley 065.
  • Se cuenta el día del hecho como primer día, por prudencia. La Gestora puede contar de otro modo.
  • La pensión de vejez y la solidaria de vejez no prescriben.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Cómo lo calculamos y de dónde salen los datos

Calculadora del plazo para pedir la pensión de invalidez o muerte en Bolivia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Bolivia, la pensión de invalidez debe pedirse en un plazo máximo de 3 años desde el día de la invalidez (art. 64 de la Ley 065).
  • La pensión por muerte y la compensación de cotizaciones también tienen 3 años, desde el fallecimiento.
  • El derecho a pedir la pensión de vejez y la solidaria de vejez no prescribe.
  • Con una invalidez del 15 de septiembre, el último día del plazo es el 14 de septiembre, tres años después.

¿Cuánto tiempo hay para pedir la pensión de invalidez o por muerte en Bolivia?

Tienes 3 años como máximo. En la invalidez se cuentan desde el día en que ocurrió; en la pensión por muerte, desde el fallecimiento. Lo dice el art. 64 de la Ley 065 de Pensiones. La de vejez no prescribe.

Esta calculadora es una estimación y solo vale para Bolivia. Confirma tu caso en la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.

Piensa en el plazo como un reloj que empieza el día de la invalidez o del fallecimiento. Cuando pasan tres años completos, el derecho a exigir esa pensión se pierde. Por eso conviene saber la fecha exacta del hecho y contar desde ahí, sin esperar a tener todos los papeles. Si te faltan documentos, lo prudente es presentar la solicitud dentro del plazo y completar el expediente después, según te indique la Gestora.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige qué pensión quieres pedir.
  2. Escribe la fecha de la invalidez o del fallecimiento.
  3. Escribe la fecha de hoy.

Verás el último día del plazo y los días que quedan, o los que pasaron si ya terminó.

Plazos por tipo de pensión

PensiónPlazo desde el hecho
Invalidez por riesgo común, profesional o laboral3 años desde la invalidez
Pensión por muerte3 años desde el fallecimiento
Compensación de cotizaciones3 años desde el fallecimiento
Vejez y solidaria de vejezNo prescribe

Cómo se cuenta

Se toma el mismo día y mes, 3 años después, y se resta 1 día, porque el día del hecho cuenta como primero. Es un criterio prudente. Si el día no existe ese año, como el 29 de febrero, se usa el último día de febrero.

último día = fecha del hecho + 3 años − 1 día
días que quedan = último día − fecha de hoy

Ejemplo

Una persona queda inválida el 15/9/2025. Hoy es el 6/11/2026.

  • Mismo día, 3 años después: 15/9/2028.
  • Último día del plazo: 14/9/2028.
  • Días que quedan: 678 días.

Si el hecho fue el 6/11/2023, el último día fue el 5/11/2026: el plazo ya terminó.

Qué datos necesitas

  • La fecha de la invalidez, tal como figura en el dictamen, o la del fallecimiento, según el acta de defunción.
  • El tipo de pensión: invalidez, muerte, compensación de cotizaciones o vejez.
  • La fecha de hoy, para saber cuántos días quedan.

Si no estás seguro de la fecha del hecho, usa la más temprana: así el cálculo es más prudente y no te pasas del límite.

Qué pasa si el plazo termina

El art. 65 de la misma ley dice que, si los derechohabientes no piden la pensión por muerte a tiempo, los recursos de la cuenta personal del asegurado forman parte de la masa hereditaria. Es decir, perder el plazo puede tener consecuencias económicas para la familia. Para el cobro de lo devengado, mira la calculadora de pensión devengada y retroactivo.

Preguntas frecuentes

¿La pensión de vejez también tiene plazo?

No. El art. 64 dice que el derecho a pedir la pensión de vejez y la solidaria de vejez no prescribe. Puedes pedirla cuando cumplas los requisitos.

¿Desde cuándo corren los 3 años en una muerte?

Desde el día del fallecimiento del asegurado, no desde que los derechohabientes se enteran o inician los trámites.

¿El plazo es para pedir o para cobrar?

La ley habla de «exigir» la prestación: el plazo es para pedirla. Lo ya devengado se calcula aparte.

¿Qué día es el último?

La calculadora cuenta el día del hecho como primero y marca el día anterior al aniversario. Si estás cerca del final, no esperes al último día.

¿Sirve para la compensación de cotizaciones?

Sí. El art. 64 da también 3 años desde el fallecimiento del asegurado para los pagos de compensación de cotizaciones.

¿Qué hago si ya pasó el plazo?

La calculadora solo te dice que pasó. Consulta tu caso en la Gestora, que es quien lo resuelve.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Cuando un dato depende de una ley o de un organismo público, se contrasta en su fuente oficial. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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