En resumen
- En Bolivia, la pensión de invalidez debe pedirse en un plazo máximo de 3 años desde el día de la invalidez (art. 64 de la Ley 065).
- La pensión por muerte y la compensación de cotizaciones también tienen 3 años, desde el fallecimiento.
- El derecho a pedir la pensión de vejez y la solidaria de vejez no prescribe.
- Con una invalidez del 15 de septiembre, el último día del plazo es el 14 de septiembre, tres años después.
¿Cuánto tiempo hay para pedir la pensión de invalidez o por muerte en Bolivia?
Tienes 3 años como máximo. En la invalidez se cuentan desde el día en que ocurrió; en la pensión por muerte, desde el fallecimiento. Lo dice el art. 64 de la Ley 065 de Pensiones. La de vejez no prescribe.
Esta calculadora es una estimación y solo vale para Bolivia. Confirma tu caso en la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Piensa en el plazo como un reloj que empieza el día de la invalidez o del fallecimiento. Cuando pasan tres años completos, el derecho a exigir esa pensión se pierde. Por eso conviene saber la fecha exacta del hecho y contar desde ahí, sin esperar a tener todos los papeles. Si te faltan documentos, lo prudente es presentar la solicitud dentro del plazo y completar el expediente después, según te indique la Gestora.
Cómo usar la calculadora
- Elige qué pensión quieres pedir.
- Escribe la fecha de la invalidez o del fallecimiento.
- Escribe la fecha de hoy.
Verás el último día del plazo y los días que quedan, o los que pasaron si ya terminó.
Plazos por tipo de pensión
| Pensión | Plazo desde el hecho |
|---|---|
| Invalidez por riesgo común, profesional o laboral | 3 años desde la invalidez |
| Pensión por muerte | 3 años desde el fallecimiento |
| Compensación de cotizaciones | 3 años desde el fallecimiento |
| Vejez y solidaria de vejez | No prescribe |
Cómo se cuenta
Se toma el mismo día y mes, 3 años después, y se resta 1 día, porque el día del hecho cuenta como primero. Es un criterio prudente. Si el día no existe ese año, como el 29 de febrero, se usa el último día de febrero.
último día = fecha del hecho + 3 años − 1 día días que quedan = último día − fecha de hoy
Ejemplo
Una persona queda inválida el 15/9/2025. Hoy es el 6/11/2026.
- Mismo día, 3 años después: 15/9/2028.
- Último día del plazo: 14/9/2028.
- Días que quedan: 678 días.
Si el hecho fue el 6/11/2023, el último día fue el 5/11/2026: el plazo ya terminó.
Qué datos necesitas
- La fecha de la invalidez, tal como figura en el dictamen, o la del fallecimiento, según el acta de defunción.
- El tipo de pensión: invalidez, muerte, compensación de cotizaciones o vejez.
- La fecha de hoy, para saber cuántos días quedan.
Si no estás seguro de la fecha del hecho, usa la más temprana: así el cálculo es más prudente y no te pasas del límite.
Qué pasa si el plazo termina
El art. 65 de la misma ley dice que, si los derechohabientes no piden la pensión por muerte a tiempo, los recursos de la cuenta personal del asegurado forman parte de la masa hereditaria. Es decir, perder el plazo puede tener consecuencias económicas para la familia. Para el cobro de lo devengado, mira la calculadora de pensión devengada y retroactivo.
Preguntas frecuentes
¿La pensión de vejez también tiene plazo?
No. El art. 64 dice que el derecho a pedir la pensión de vejez y la solidaria de vejez no prescribe. Puedes pedirla cuando cumplas los requisitos.
¿Desde cuándo corren los 3 años en una muerte?
Desde el día del fallecimiento del asegurado, no desde que los derechohabientes se enteran o inician los trámites.
¿El plazo es para pedir o para cobrar?
La ley habla de «exigir» la prestación: el plazo es para pedirla. Lo ya devengado se calcula aparte.
¿Qué día es el último?
La calculadora cuenta el día del hecho como primero y marca el día anterior al aniversario. Si estás cerca del final, no esperes al último día.
¿Sirve para la compensación de cotizaciones?
Sí. El art. 64 da también 3 años desde el fallecimiento del asegurado para los pagos de compensación de cotizaciones.
¿Qué hago si ya pasó el plazo?
La calculadora solo te dice que pasó. Consulta tu caso en la Gestora, que es quien lo resuelve.
