En resumen
- Si estás afiliado a dos fondos de pensiones, tienes 2 meses desde que te informan la decisión para objetar con pruebas.
- Con la objeción, las administradoras deben decidir en 30 días calendario, y esa decisión es definitiva.
- Después tienen 2 meses para trasladar los recursos y la información al fondo que quede.
- Informado el 15 de septiembre y objetando el 20 de octubre, el límite para objetar es el 15 de noviembre y el traslado, el 19 de enero.
¿Qué plazos tiene la múltiple vinculación pensional?
Tienes 2 meses desde que te informan la decisión para objetarla, las administradoras tienen 30 días calendario para decidir y después 2 meses para trasladar tus recursos. Esta calculadora es solo para Colombia y convierte esos plazos en fechas.
La múltiple vinculación ocurre cuando estás afiliado a más de un fondo de pensiones. Las administradoras deciden en cuál queda tu afiliación válida y te informan.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el día en que te informaron la decisión.
- Marca si presentas objeción y pon el día en que la presentaste o la vas a presentar.
- En opciones avanzadas, si ya te respondieron, pon el día de la respuesta.
Verás tres fechas: el último día para objetar, el plazo de la decisión y el plazo del traslado.
Cómo se cuentan los plazos
Salen del artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1833 de 2016.
Último día para objetar = día informado + 2 meses Decisión = día de la objeción + 30 días calendario Traslado = día de la decisión + 2 meses
Los meses se cuentan de fecha a fecha. Si el día no existe, vale el último del mes: dos meses después del 31 de diciembre es el 28 de febrero (29 en año bisiesto). Los 30 días son calendario, con sábados, domingos y festivos.
Ejemplo
Te informaron el 15 de septiembre de 2026 y presentas la objeción el 20 de octubre de 2026.
| Paso | Plazo | Fecha límite |
|---|---|---|
| Objetar | 2 meses desde que te informan | 15 de noviembre de 2026 |
| Decisión | 30 días desde la objeción | 19 de noviembre de 2026 |
| Traslado | 2 meses desde la decisión | 19 de enero de 2027 |
Presentaste la objeción a los 35 días, dentro de los 61 días que tenías. La decisión llega a los 65 días de que te informaron y el traslado, a los 126 días.
Qué significa cada plazo, paso a paso
Objetar. Es el tiempo que tienes para decir que no estás de acuerdo con el fondo que te asignaron. Empieza el día en que te informan, no el día en que lees el mensaje por primera vez en tu correo o tu cuenta. Si pasan los dos meses sin que digas nada, la decisión sigue como está.
Decidir. Una vez presentas la objeción con tus pruebas, las administradoras revisan el caso y tienen 30 días calendario para responder. Esa respuesta es definitiva, así que conviene presentar bien las pruebas desde el principio.
Trasladar. Cuando el caso queda definido, el fondo que no es el tuyo debe pasar los recursos y la información al que sí lo es. Para ello tienen otros dos meses.
Guarda siempre copia de lo que envíes y de la respuesta que recibas, con su fecha. Son las fechas que te permiten comparar con esta calculadora.
Qué pruebas llevar
Con la objeción debes aportar pruebas: copia del formulario de afiliación o prueba del pago de autoliquidación de aportes. Con ellas la administradora revisa la decisión.
Si no objetas
Si no estás en desacuerdo, no tienes que hacer nada. El traslado de recursos se cuenta desde que se define el caso. La calculadora lo estima desde el día en que te informaron.
Para saber si puedes cambiar de régimen después, usa la calculadora de traslado de régimen pensional. Para ver cuánto sería tu pensión, la calculadora de pensión Colpensiones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para objetar la decisión?
Dos meses desde que te informaron. La calculadora te da el último día.
¿En cuánto tiempo deben responder mi objeción?
En 30 días calendario desde que la presentas. Esa decisión es definitiva.
¿Cuándo trasladan mi plata al fondo correcto?
Tienen 2 meses desde que se define tu caso o se resuelve tu objeción, para trasladar los recursos y la información.
¿Cuentan los festivos?
Los 30 días son calendario, así que cuentan. Los meses se cuentan de fecha a fecha.
¿Qué pasa si presento la objeción tarde?
Con la norma, el plazo de dos meses ya habría pasado. La calculadora lo marca en rojo.
¿Esta página es una asesoría?
No. Es una estimación con el texto del decreto. Tu caso puede tener reglas especiales.
