En resumen
- En Guatemala, por enfermedad común el IGSS paga dos tercios de tu salario diario desde el cuarto día de incapacidad y hasta 26 semanas, es decir, 182 días.
- Con Q6,000.00 al mes, el IGSS paga Q133.33 por día: en 20 días de incapacidad cobras Q2,466.61 en total, Q2,266.61 del IGSS y Q200.00 de tu empresa.
- El subsidio diario nunca baja de Q12 ni pasa de Q150: con Q8,000.00 al mes, los dos tercios serían Q177.78 y el IGSS paga Q150.00.
- Si la enfermedad se repite, los días de subsidio ya cobrados cuentan para el máximo de 182 días.
¿Cuánto paga el IGSS por enfermedad común?
El IGSS (Instituto Guatemalteco de Seguridad Social) paga dos tercios de tu salario diario desde el cuarto día de incapacidad por enfermedad común. Con Q6,000.00 al mes son Q133.33 por día. En 20 días de incapacidad cobras Q2,466.61: Q2,266.61 del IGSS y Q200.00 de tu empresa por el primer día. Es un subsidio: una ayuda en dinero mientras no puedes trabajar.
Esta calculadora es solo para Guatemala y solo para enfermedad. Para accidente usa la calculadora de suspensión del IGSS; para el descanso del parto, la de maternidad del IGSS. Es una estimación: el IGSS hace el cálculo oficial.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el primer día de la incapacidad. Sirve para repartir el pago por meses.
- Escribe tu salario ordinario al mes. Si cobras horas extra o comisiones, suma su promedio.
- Escribe los días de incapacidad que te dio el médico del IGSS, contando desde el primero.
- Marca si cotizaste 3 de los últimos 6 meses y sigues con empleo.
En Opciones avanzadas puedes poner los días de subsidio ya cobrados por la misma enfermedad, los días que paga tu empresa y los valores del mínimo, el tope y el porcentaje.
¿Desde qué día y hasta cuándo se paga?
El Acuerdo 410 de la Junta Directiva del IGSS dice que el subsidio empieza el cuarto día de incapacidad y que el día en que empieza lo paga el patrono. El mismo acuerdo limita la duración a 26 semanas, que son 182 días de subsidio, por la misma enfermedad.
| Día de la incapacidad | Quién paga |
|---|---|
| Día 1 | Tu empresa, el salario diario completo |
| Días 2 y 3 | Nadie por ley (tu empresa, si así lo pacta) |
| Del día 4 al día 185 | El IGSS, dos tercios del salario diario |
| Desde el día 186 | Nadie, por esa misma enfermedad |
Los días 2 y 3 no los fija ningún reglamento. El artículo 67 del Código de Trabajo dice que, si estás protegido por el IGSS, la empresa paga solo lo que ordenan sus reglamentos.
¿Cómo se calcula el subsidio?
salario diario = salario mensual ÷ 30 subsidio diario = salario diario × 2/3 (mínimo Q12, máximo Q150) IGSS = subsidio diario × días de subsidio
El Acuerdo 468 fija el salario diario base y el mínimo y el tope del subsidio diario. Si tu salario diario es menor de Q12, el IGSS paga el salario diario completo.
Ejemplo: Q6,000.00 al mes, 20 días desde el 28 de diciembre
El salario diario es Q200.00 y el subsidio diario, Q133.33. De los 20 días, 1 lo paga tu empresa, 2 no los paga nadie y 17 los paga el IGSS.
| Mes | Días | Días del IGSS | Días de tu empresa | Cobras |
|---|---|---|---|---|
| Diciembre | 4 | 1 | 1 | Q333.33 |
| Enero | 16 | 16 | 0 | Q2,133.28 |
| Total | 20 | 17 | 1 | Q2,466.61 |
Trabajando habrías cobrado Q4,000.00, así que dejas de cobrar Q1,533.39. Después de esos 17 días de subsidio te quedan 165 de los 182.
Si la enfermedad se repite
El máximo de 182 días cuenta por la misma enfermedad. Si ya cobraste 170 días y vuelves a incapacitarte, solo te quedan 12 días de subsidio. Pon esos 170 días en Opciones avanzadas y la calculadora lo descuenta.
¿Quién tiene derecho?
Tienes derecho si sigues con empleo y cotizaste al IGSS al menos 3 de los últimos 6 meses, según el Acuerdo 1154. La página de enfermedad del IGSS menciona 4 meses, así que confirma tu caso con el IGSS. Si no cumples, el IGSS no paga y la empresa te da licencia con medio salario de 1 a 3 meses según tu antigüedad (artículo 67 del Código de Trabajo); esa parte no se suma aquí.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días me paga el IGSS por una enfermedad?
Hasta 182 días de subsidio, que son 26 semanas, por la misma enfermedad. Como el subsidio empieza el cuarto día, llega hasta el día 185 de la incapacidad.
¿El IGSS paga el 100 % del sueldo cuando estoy enfermo?
No. Por enfermedad común paga dos tercios del salario diario, unos 67 de cada 100 quetzales. El descanso de maternidad sí se paga al 100 %.
¿Quién paga los primeros tres días de la incapacidad?
El primer día lo paga tu empresa. Los días 2 y 3 no los asigna ningún reglamento, así que por ley no los paga nadie, salvo que tu empresa lo haga.
¿Por qué el subsidio no pasa de Q150 por día?
El Acuerdo 468 fija un máximo de Q150 y un mínimo de Q12 por día. Con un salario mensual desde Q6,750, los dos tercios llegan al tope.
¿Qué pasa si me enfermo durante mis vacaciones?
No hay subsidio: tu empresa te paga el salario completo mientras duren las vacaciones. Mira la calculadora de vacaciones.
¿Esta calculadora es el cálculo oficial?
No, es una estimación. El IGSS calcula tu pago con tus datos reales y puede cambiar sus reglamentos.
