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Calculadora de IRPF de la incapacidad permanente: ¿está exenta?

Elige tu grado de incapacidad permanente y escribe tu pensión bruta. Verás si está exenta de IRPF o cuánto te retienen y cuánto cobras neto. Solo para España.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en euros (€)
Grado de tu incapacidad permanente

Lo pone la resolución del INSS. La parcial no se calcula aquí.

€

La cifra bruta de tu resolución, con el complemento de gran invalidez si lo tienes.

¿En cuántas pagas la cobras?
años

Sube tu mínimo exento a partir de los 65 y de los 75 años.

Opciones avanzadas
hijos

Menores de 25 años que viven contigo y ganan menos de 8.000 € al año.

Si no la has comunicado con el modelo 145, te retienen como «la más habitual».

La ley da por acreditado el 33 % a quien tiene incapacidad total, absoluta o gran invalidez. Sube tu mínimo en 3.000 €.

€

Límite de la exención. Dato de 2026: 3.359,60 € al mes en 14 pagas.

Retención de IRPF 9,26 % 138,90 € en cada paga
Pensión neta en cada paga 1.361,10 € 19.055 € netos al año
IRPF retenido al año 1.944,60 €

La incapacidad permanente total sí tributa como rendimiento del trabajo. De cada 100 € brutos, te retienen 9,26 % (1.944,60 € al año) y cobras 1.361,10 € netos en cada paga.

Pensión bruta al año (14 pagas)
21.000,00 €
Parte exenta
0,00 €
Parte sujeta a IRPF
21.000,00 €
Retención si fuera incapacidad total
1.944,60 €
Pensión neta al año
19.055,40 €
Pensión hasta la que no se retiene
16.476,00 €
Reparto de tu pensión bruta al año
Bruto21.000,00 €
  • Te queda neto 19.055,40 € 90,7 %
  • IRPF retenido 1.944,60 € 9,3 %
Ver cómo se calcula
Paso Importe
Pensión bruta al año 21.000,00 €
- Otros gastos deducibles -2.000,00 €
- Reducción por ser pensionista -600,00 €
= Base para calcular la retención 18.400,00 €
Mínimo personal y familiar 8.550,00 €
Cuota de la base (escala de retenciones) 3.793,50 €
- Cuota del mínimo personal y familiar -1.624,50 €
Tope: 43 % de lo que pasa de 16.476 € 1.945,32 €
= Cuota de retención 1.945,32 €
Tipo de retención 9,26 %
Retención anual 1.944,60 €

Solo para España.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Normativa de 2026: Ley 35/2006 del IRPF, Reglamento y algoritmo de retenciones de la Agencia Tributaria.
  • Exenta no significa que no figure en la renta: aun así debes declarar la pensión si superas el límite de la obligación de declarar, pero la parte exenta no suma a la base.
  • La incapacidad permanente total tributa siempre como rendimiento del trabajo; el aumento del 20 % de la total cualificada también.
  • Es una estimación de la retención. La cifra definitiva sale de tu declaración de la renta, con todos tus ingresos.
  • Si te reconocen después la absoluta con efectos atrasados, lo cobrado como total queda exento desde esa fecha.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado y Agencia Tributaria · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de IRPF de la incapacidad permanente: ¿está exenta? · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • La pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez está exenta de IRPF; la total sí tributa como rendimiento del trabajo.
  • Con una total de 1.500 € brutos en 14 pagas, te retienen un 9,26 %: 138,90 € por paga y 1.944,60 € al año; cobras 1.361,10 € netos.
  • Esa misma pensión, si fuera absoluta, no tendría retención: te ahorrarías 1.944,60 € al año.
  • La exención llega hasta la pensión máxima de la Seguridad Social, 47.034,40 € al año (3.359,60 € al mes en 14 pagas).

¿Tributa la incapacidad permanente en el IRPF?

Depende del grado. La pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez está exenta de IRPF. La de incapacidad permanente total sí tributa, como rendimiento del trabajo, y la Seguridad Social te retiene un porcentaje en cada paga. Esta calculadora es solo para España y dice cuál es tu caso.

Qué grados están exentos

La Ley 35/2006 del IRPF lo fija así:

Grado¿Tributa?Artículo
TotalSí, como rendimiento del trabajo17, apartado 2, letra a
AbsolutaNo, exenta7, letra f
Gran invalidezNo, exenta7, letra f
Clases Pasivas, si te inhabilita para toda profesión u oficioNo, exenta7, letra g

La exención llega hasta la pensión máxima de la Seguridad Social: 47.034,40 € al año en 2026 (Real Decreto-ley 3/2026). El artículo 7.f pone ese tope a la parte exenta, y en la práctica casi nadie lo supera con una sola pensión. Es un dato editable en opciones avanzadas. La incapacidad permanente parcial se paga a tanto alzado y no se calcula aquí.

Cómo se calcula la retención de la incapacidad total

Se usa el mismo procedimiento que con cualquier pensión, según el Reglamento del IRPF y el algoritmo de retenciones de la Agencia Tributaria:

base = pensión anual - 2.000 € de gastos - reducción por rendimientos del trabajo - 600 € por pensionista
cuota = escala(base) - escala(mínimo personal y familiar)
tipo = cuota / pensión anual (con dos decimales, sin redondear al alza)
  • Sin retención si cobras hasta 16.476 € al año (15.876 € más 600 € por ser pensionista) en la situación más habitual.
  • El mínimo personal es de 5.550 €. Sube a partir de los 65 y de los 75 años, por hijos y por discapacidad.
  • La ley da por acreditado un 33 % de discapacidad a quien tiene incapacidad total, absoluta o gran invalidez (art. 72 del Reglamento). Eso suma 3.000 € al mínimo, si lo has comunicado con el modelo 145.
  • Mientras la pensión no pase de 35.200 €, la retención no puede superar el 43 % de lo que pasa del límite.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige el grado que pone tu resolución del INSS.
  2. Escribe la pensión bruta de cada paga y el número de pagas.
  3. Indica tu edad. En opciones avanzadas puedes poner hijos, situación familiar y si has comunicado la discapacidad.

Ejemplo

Una incapacidad permanente total de 1.500 € brutos en 14 pagas, con 58 años y la discapacidad comunicada:

ConceptoImporte
Pensión bruta al año21.000,00 €
Base para la retención18.400,00 €
Mínimo personal y familiar8.550,00 €
Tipo de retención9,26 %
Retención en cada paga138,90 €
Pensión neta en cada paga1.361,10 €
IRPF retenido al año1.944,60 €

Si esa misma pensión de 1.500 € fuera de incapacidad absoluta, no tendría retención y cobrarías los 1.500 € enteros.

Casos que suelen confundir

  • Pasar de total a absoluta. Si te reconocen la absoluta con efectos atrasados, lo cobrado desde esa fecha queda exento.
  • Total cualificada. El aumento del 20 % de la total para mayores de 55 años también tributa.
  • Gran invalidez. El complemento para pagar a una persona que te asista forma parte de la pensión exenta.
  • Declaración de la renta. Una pensión exenta no suma a la base. Aun así, mira si estás obligado a declarar por otros ingresos con tu declaración de la renta.
  • Pensión de jubilación. Al llegar a la edad de jubilación la incapacidad se convierte en jubilación y pasa a tributar; consulta el IRPF de pensiones.

Para saber cuánto te corresponde cobrar según tu grado, mira la calculadora de incapacidad permanente y la de gran invalidez.

Preguntas frecuentes

¿Paga IRPF la incapacidad permanente total?

Sí. Tributa como rendimiento del trabajo y la Seguridad Social te retiene IRPF en cada paga, salvo que cobres menos del límite de 16.476 € al año en la situación más habitual.

¿Está exenta la incapacidad permanente absoluta?

Sí, hasta la pensión máxima de la Seguridad Social. No te retienen nada y no suma a la base de tu declaración.

¿Qué pasa si me pasan de total a absoluta?

Desde la fecha de efectos de la absoluta, tu pensión queda exenta. Si lo cobrado como total fue posterior a esa fecha, pregunta a la Agencia Tributaria cómo regularizarlo.

¿La gran invalidez también está exenta?

Sí, incluido el complemento de gran invalidez, porque es parte de la prestación de la Seguridad Social.

¿Tengo que comunicar algo para que me retengan menos?

Sí, el modelo 145 con tu situación familiar y tu discapacidad. Si no lo entregas, te retienen sin tenerlo en cuenta.

¿Es exacto el IRPF de mi incapacidad permanente que sale aquí?

Es una estimación con las reglas de 2026. Tu retención real sale del cálculo de la Seguridad Social y tu impuesto final, de tu declaración de la renta.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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