En resumen
- En Venezuela, quien termina un contrato por tiempo determinado cobra utilidades por los meses completos trabajados en el año (art. 131 de la LOTTT).
- Con un salario de Bs. 60.000, 30 días de utilidades y 10 meses de contrato, te tocan Bs. 50.000, el equivalente a 25 días de salario.
- Tras el 0,5 % del INCES recibes Bs. 49.750; si ya cobraste un anticipo de Bs. 30.000, te faltan Bs. 19.750.
- El contrato por tiempo determinado no puede pasar de un año de servicios (art. 62).
Cómo se calculan las utilidades de un contrato por tiempo determinado
Para saber tus utilidades al vencer el contrato, multiplica tu salario mensual por los días de utilidades de tu empresa y por los meses completos de contrato, y divide entre 360. Con un salario de Bs. 60.000, 30 días y 10 meses, te tocan Bs. 50.000.
Esta calculadora es solo para Venezuela. La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) trata igual a quien tiene contrato por tiempo determinado y a quien lo tiene fijo: si no trabajaste todo el año, cobras la parte proporcional a los meses completos (art. 131). Puedes leer el texto oficial del Ministerio del Trabajo.
El mismo artículo dice que, si la relación termina antes del cierre del año de la empresa, la parte de los meses servidos puede liquidarse al vencer ese año. El pago llega dentro de los 2 meses siguientes al cierre (art. 137). Por eso puede que tu empresa te lo pague al final del contrato o más tarde.
Cómo usar la calculadora
- Tu salario mensual. El que cobras en el contrato. Si cambió, escribe el promedio.
- Días de utilidades. Entre 30 y 120 al año. Si no lo sabes, deja 30 o pregúntalo en recursos humanos.
- Meses completos de contrato dentro del año. De 1 a 12. Los días sueltos que no completan un mes no cuentan.
En Opciones avanzadas puedes quitar el descuento del INCES y escribir el anticipo de utilidades que ya cobraste.
Fórmula
Utilidades = Salario mensual × Días de utilidades × Meses completos ÷ 360 Recibes = Utilidades − 0,5 % del INCES Te falta = Recibes − Anticipo ya cobrado
Cada mes completo vale lo mismo: tu salario por los días de utilidades, entre 360. Con Bs. 60.000 y 30 días, cada mes vale Bs. 5.000,00.
Ejemplo: contrato de 10 meses
Un trabajador gana Bs. 60.000 al mes y su empresa paga 30 días de utilidades. Su contrato dura 10 meses dentro del año.
- Cada mes completo vale Bs. 5.000,00.
- Utilidades: Bs. 50.000, el equivalente a 25 días de salario.
- INCES (0,5 %): Bs. 250.
- Recibe: Bs. 49.750.
Si en diciembre ya cobró un anticipo de Bs. 30.000, le faltan Bs. 19.750 por cobrar. Con un contrato de 12 meses y 120 días de utilidades, el tope sería de Bs. 240.000.
Qué pasa con el anticipo de diciembre
Las empresas con fines de lucro pagan en los primeros 15 días de diciembre, o cuando lo diga la convención colectiva, un anticipo de al menos 30 días de salario que se imputa a las utilidades (art. 132). Si tu contrato abarcó esa fecha, es probable que ya lo cobraras. Escríbelo en la calculadora para ver el saldo. Si el anticipo supera lo calculado, el saldo sale en cero: consulta con tu empresa cómo se trata la diferencia.
Qué tener en cuenta
- Duración. Un contrato por tiempo determinado no obliga al trabajador a servir más de un año (art. 62).
- Prórrogas. Con dos prórrogas, el contrato se considera por tiempo indeterminado, salvo razones especiales que las justifiquen.
- Estimación. Tu empresa fija los días de utilidades y la fecha de pago. Usa el resultado como referencia.
Preguntas frecuentes
¿Tengo utilidades en Venezuela si mi contrato vence antes de fin de año?
Sí. La LOTTT no distingue por tipo de contrato: cobras la parte proporcional a los meses completos que trabajaste en el año (art. 131).
¿Cuentan los días sueltos al final de mi contrato venezolano?
No. El art. 131 habla de meses completos. Si tu contrato duró 3 meses y 20 días, calcula con 3 meses.
¿Cuándo me pagan si el contrato vence antes de diciembre?
La empresa puede liquidar la parte de los meses servidos al vencer su ejercicio anual. Tiene dos meses desde el cierre para pagarla (art. 137).
¿El anticipo de diciembre se suma a las utilidades o forma parte de ellas?
Forma parte de ellas: se imputa a las utilidades (art. 132). Por eso la calculadora lo resta para mostrar lo que falta.
¿Qué pasa si mi contrato por tiempo determinado se prorroga?
Con una prórroga sigue siendo por tiempo determinado. Con dos, se considera por tiempo indeterminado, salvo razones especiales (art. 62). Tus utilidades siguen calculándose por meses completos de cada año.
