En resumen
- En Venezuela, los días que la empresa cierra por vacaciones colectivas se descuentan de tus vacaciones anuales (art. 191 de la LOTTT).
- Con un salario de Bs. 60.000, 3 años de servicio y 10 días hábiles de cierre, 10 de tus 17 días de vacaciones quedan cubiertos y te quedan 7.
- En ese caso cobras Bs. 20.000 por los días del cierre y Bs. 34.000 de bono vacacional: Bs. 54.000 al empezar.
- Si aún no cumples un año, los días del cierre son descanso remunerado; los que pasen de 15 se descuentan de tus vacaciones futuras.
¿Cómo funcionan las vacaciones colectivas en Venezuela?
Las vacaciones colectivas son los días en que la empresa suspende actividades para todo el personal, y esos días se descuentan de tus vacaciones anuales. Así lo dice el artículo 191 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). Si el cierre es más corto que tus vacaciones, los días que sobran los tomas después.
Esto es lo que dice la ley, en la Gaceta Oficial 6.076 Extraordinario de 7-5-2012:
- Artículo 190: 15 días hábiles de vacaciones al cumplir un año, y un día más por cada año de servicio, hasta 30.
- Artículo 191: los días de cierre se imputan a esas vacaciones. Si tienes días adicionales, la oportunidad y la forma de tomarlos se fijan como el resto de las vacaciones.
- Artículo 192: además del salario, te pagan el bono vacacional: 15 días de salario normal el primer año y un día más por cada año siguiente, hasta 30.
- Artículo 194: el pago de los días de vacaciones se hace al inicio de ellas.
Esta calculadora solo sirve para Venezuela. Para el cálculo general de tus vacaciones, usa la calculadora de vacaciones de Venezuela.
Cómo usar la calculadora
- Tu salario normal mensual. El del mes anterior a las vacaciones. Si cobras comisiones, el promedio de los últimos 3 meses.
- Años de servicio cumplidos. Pon 0 si aún no cumples un año.
- Días hábiles de cierre. Los días hábiles que la empresa suspende actividades.
En Opciones avanzadas puedes escribir los días de vacaciones y de bono de tu contrato, si son más que los de la ley.
Fórmula
Días de la ley = 15 + (Años − 1), con un máximo de 30 Salario diario = Salario normal mensual ÷ 30 Días descontados = el menor entre los días de cierre y tus días de vacaciones Días que te quedan = Días de vacaciones − Días descontados Pago de los días = Días descontados × Salario diario Bono vacacional = Días de bono × Salario diario
El bono se calcula completo al empezar las vacaciones, porque la ley no lo divide.
Ejemplo: Bs. 60.000, 3 años de servicio y 10 días de cierre
Con los valores de la calculadora, te tocan 15 + 2 = 17 días hábiles de vacaciones:
| Paso | Bolívares |
|---|---|
| Salario diario (60.000 ÷ 30) | Bs. 2.000,00 |
| Días del cierre descontados: 10 × 2.000 | Bs. 20.000,00 |
| Bono vacacional: 17 × 2.000 | Bs. 34.000,00 |
| Total al empezar | Bs. 54.000,00 |
Te quedan 7 días hábiles de vacaciones por tomar. Al disfrutarlos, cobras 7 × 2.000 = Bs. 14.000,00.
Si llevas menos de un año
Si aún no cumples un año, los días del cierre son descanso remunerado: cobras tu salario normal. Lo que pase del lapso que te correspondería se descuenta de tus vacaciones futuras. Aquí tomamos 15 días hábiles como ese lapso. Con 20 días de cierre, cobras Bs. 40.000,00 con el salario de ejemplo y 5 días se descuentan después. El bono vacacional llega con tus primeras vacaciones.
Si el cierre es más largo que tus vacaciones
Si el cierre dura más que tus días de vacaciones, los días de más no se suman al total: son días de sueldo normal. Con 18 días de cierre y 17 de vacaciones, se descuentan 17 y el día restante se paga como un día de trabajo.
Cierres escalonados
Si tu empresa no puede parar (por ejemplo, un servicio que funciona todo el año), la ley permite pactar vacaciones colectivas escalonadas: cada grupo sale en una fecha distinta. El cálculo es el mismo.
Preguntas frecuentes
¿Pueden obligarme a tomar mis vacaciones en un cierre de la empresa?
Sí. La ley permite que la empresa otorgue vacaciones colectivas suspendiendo actividades, y esos días se descuentan de tus vacaciones anuales. Si te corresponden más días, se toman después.
¿El bono vacacional se paga también en las vacaciones colectivas?
Sí. El artículo 192 dice que el bono se paga en la oportunidad de las vacaciones. Con 3 años de servicio son 17 días de salario normal.
¿Qué pasa si llevo menos de un año en la empresa?
Los días del cierre son descanso remunerado: cobras tu salario. El bono vacacional llega más adelante, cuando cumples el año.
¿Cuándo me pagan los días de vacaciones colectivas?
Al inicio de ellas, según el artículo 194 de la LOTTT.
¿Sigo cobrando el cestaticket durante el cierre?
Durante las vacaciones tienes derecho al beneficio de alimentación, según el artículo 190. Los detalles dependen de la ley que lo regula.
¿Qué pasa con los días de vacaciones que me sobran?
Te quedan como vacaciones pendientes y se toman en la fecha que acuerdes con la empresa. Se pagan al empezar a disfrutarlos.
