En resumen
- En Argentina, los primeros 10 días de baja por un accidente de trabajo los paga tu empleador y desde el día 11 la paga la ART (Ley 24.557, art. 13).
- Cobras el valor de tu sueldo mensual, así que cada día vale la treinta parte: con $ 1.200.000 brutos, un día vale $ 40.000.
- En una baja de 20 días, el empleador paga $ 400.000 y la ART otros $ 400.000, en total $ 800.000.
- Sobre el tramo del empleador se retiene el 17 % de aportes ($ 68.000), así que de esos $ 400.000 te llegan $ 332.000.
¿Quién paga los primeros días de un accidente de trabajo?
Los paga tu empleador. Si te lesionas en el trabajo y no puedes trabajar, los primeros 10 días de baja corren por su cuenta. A partir del día 11 los paga la ART. Lo dice el artículo 13 de la Ley 24.557, la ley de riesgos del trabajo.
Esta calculadora sirve solo para Argentina y para accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Si te falta por una enfermedad común, mira la licencia por enfermedad.
El resultado es una estimación. El importe final lo fija quien paga, según tus recibos.
Cuánto vale cada día
No cobras menos por estar de baja. La prestación es igual al valor mensual de tu sueldo (el «ingreso base»). Para pasarla a días, la calculadora divide el mensual entre 30, el criterio más prudente.
Si tu sueldo tiene una parte variable, como horas extra o comisiones, se suma el promedio de los últimos 6 meses. Es el criterio del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo, al que remite el Decreto 1694/2009.
Ejemplo con 20 días de baja
Con un sueldo bruto de $ 1.200.000:
- Un día vale $ 40.000.
- Los primeros 10 días paga el empleador: $ 400.000.
- Los otros 10 días, del 11 al 20, paga la ART: $ 400.000.
- En total, $ 800.000 por los 20 días.
Si la baja dura 10 días o menos, todo lo paga el empleador y la ART no interviene en dinero. Si dura 11 días, el empleador paga 10 y la ART paga solo el último, que en este ejemplo serían $ 40.000.
Si cobras una parte variable, el valor del día sube. Con $ 600.000 de horas extra sumadas en seis meses, el mensual pasa a $ 1.300.000 y cada día vale $ 43.333,33. Puedes probarlo en el cuadro de arriba, en las opciones avanzadas.
Qué pasa desde el día 11
Desde el día 11 el pago pasa a la ART. Tu sueldo diario no cambia: solo cambia quién lo paga. La ART además se ocupa de la atención médica desde el primer día. El pago de la prestación se hace en el plazo y la forma que fija la Ley de Contrato de Trabajo para las remuneraciones.
La baja dura mientras haya incapacidad temporaria y termina con el alta médica, una incapacidad permanente, el fallecimiento o, como máximo, a los 2 años (730 días). Para ver el total de toda la baja, usa la calculadora de incapacidad laboral temporaria.
Aportes en el tramo del empleador
Quien paga retiene los aportes. En el tramo del empleador son el 17 % del importe: 11 % de jubilación, 3 % de PAMI y 3 % de obra social. En el ejemplo, de los $ 400.000 brutos se descuentan $ 68.000 y te llegan $ 332.000. Tu convenio puede sumar otros descuentos, y esta calculadora no incluye Ganancias.
Preguntas frecuentes
¿El día del accidente cuenta dentro de los 10 días?
No. La prestación empieza el día siguiente a la primera manifestación invalidante. El día del accidente se trata como un día de trabajo normal.
¿Mi empleador puede dejar de pagarme porque la ART todavía no me atiende?
No. Los 10 primeros días son una obligación del empleador por ley, aunque la ART aún no haya aceptado el caso. Si tienes dudas sobre tu situación, consulta con tu sindicato o con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
¿Los 10 días del empleador cuentan sábados y feriados?
Son días corridos del calendario, incluidos sábados, domingos y feriados. Por eso esta calculadora cuenta cada día de baja.
¿Puede cambiar el sueldo que me pagan en la baja?
Se parte del sueldo que cobrabas al interrumpirse el trabajo. Si el empleador mejora el sueldo después, el ajuste se aplica según el artículo 208 de la LCT.
¿Qué pasa con mi puesto durante la baja?
Se conserva. Mira cuánto tiempo en conservación del empleo.
¿Es lo mismo que el accidente in itinere?
El accidente de camino al trabajo también cuenta como accidente laboral y sigue el mismo reparto. Para las indemnizaciones, mira accidente in itinere.
