En resumen
- Con 120 trabajadores corresponden 3 delegados del personal según el art. 45 de la Ley 23.551.
- De 10 a 50 trabajadores hay 1 delegado; de 51 a 100, 2; desde 101, 1 más por cada 100 que pasen de 100.
- Con más de un turno hay un delegado por turno como mínimo; con 3 o más funcionan como cuerpo colegiado.
- Cada delegado tiene un crédito de hasta 10 horas retribuidas al mes, salvo que el convenio fije más.
Cuántos delegados de personal corresponden
Con 120 trabajadores en un mismo establecimiento corresponden 3 delegados del personal. La cuenta sale de la escala del artículo 45 de la Ley 23.551 de asociaciones sindicales. Esta página es solo para Argentina y da una estimación orientativa.
La escala se aplica a falta de normas en el convenio colectivo u otros acuerdos. Si tu convenio dice otra cosa, manda el convenio.
Cómo usar la calculadora
- Trabajadores del establecimiento: los que trabajan en ese lugar. Cuenta el establecimiento, no toda la empresa.
- Turnos de trabajo (opciones avanzadas): cuántos turnos tiene el establecimiento. Por defecto, 1.
El resultado sale al momento: delegados totales, los que da la escala, el mínimo por turnos y las horas de crédito.
La escala de la ley
| Trabajadores | Delegados |
|---|---|
| Menos de 10 | Ninguno |
| 10 a 50 | 1 |
| 51 a 100 | 2 |
| 101 a 200 | 3 |
| 201 a 300 | 4 |
| Cada 100 más | 1 más |
Desde 101, se suma uno por cada 100 trabajadores que pasen de 100, además de los 2 del tramo anterior.
delegados = 2 + techo((trabajadores − 100) / 100) desde 101 trabajadores
Criterio prudente de esta calculadora: cada grupo de 100, aunque esté incompleto, cuenta como un tramo. Con 101 trabajadores salen 3 delegados.
Ejemplo
Un establecimiento con 120 trabajadores y un turno:
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Tramo de 101 en adelante | 2 + 1 |
| Delegados | 3 |
| Crédito de horas al mes, en total | 30 |
Si el establecimiento tuviera 500 trabajadores, saldrían 6 delegados: 2 más 4 por los 400 que pasan de 100.
Turnos y cuerpo colegiado
Si el establecimiento tiene más de un turno, debe haber un delegado por turno como mínimo. Con 30 trabajadores y 4 turnos, la escala da 1, pero por turnos corresponden 4.
Cuando los delegados son 3 o más, funcionan como cuerpo colegiado. Sus decisiones se toman como digan los estatutos del sindicato.
Horas de crédito
Según el artículo 44, el empleador concede a cada delegado hasta 10 horas mensuales retribuidas para su función, salvo que el convenio fije más. Así, 3 delegados suman hasta 30 horas al mes. El texto actual viene de la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo de 2026.
Para otros temas sindicales, mira la tutela sindical y la cuota sindical.
Un caso para entenderlo mejor
Imagina un taller con 300 trabajadores en un solo turno. Los primeros 100 dan 2 delegados. Los 200 que pasan de 100 forman dos grupos de 100 y suman 2 más. En total son 4 delegados, y juntos tienen hasta 40 horas retribuidas al mes. Como son 3 o más, actúan como cuerpo colegiado.
Ahora imagina un comercio con 40 trabajadores que abre en mañana, tarde y noche. La escala da 1 delegado, pero con tres turnos corresponden 3, uno por cada uno. Esa diferencia es la que la calculadora te muestra en «Mínimo por turnos».
Qué debes recordar
- El número es un mínimo que fija la ley cuando el convenio no dice otra cosa.
- Se cuenta por establecimiento, no por empresa.
- Con menos de 10 trabajadores la ley no fija delegados.
- El resultado es orientativo: para un caso concreto, consulta el texto de la ley y tu convenio.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuántos trabajadores hay delegado de personal?
Desde 10 trabajadores en el establecimiento. Con menos de 10, la ley no fija delegados.
¿Cuántos delegados corresponden con 100 trabajadores?
Corresponden 2. Con 101 ya son 3, porque desde ahí se suma uno por cada 100 que excedan de 100.
¿Se cuentan los trabajadores de toda la empresa?
No. La ley habla de cada establecimiento. Una empresa con varias sucursales hace la cuenta en cada una.
¿Qué pasa si hay varios turnos?
Hay un delegado por turno como mínimo. La calculadora toma el mayor entre la escala y los turnos.
¿El convenio puede cambiar la cantidad?
Sí. La escala vale a falta de normas en el convenio u otros acuerdos. Revisa el tuyo.
