En resumen
- En Venezuela, trabajar un domingo o tu día de descanso semanal 4 horas o más da derecho a 1 día completo de descanso compensatorio (art. 188 de la LOTTT).
- Con menos de 4 horas te toca medio día: un domingo de 3 horas da medio día libre, que con un salario de Bs. 60.000 equivale a Bs. 1.000.
- El compensatorio debe darse en la semana siguiente. Si trabajas un domingo, lo tomas entre el lunes y el domingo siguientes.
- Trabajar un feriado entre semana no da compensatorio, salvo que coincida con domingo o con tu descanso semanal.
¿Cuántos días de descanso compensatorio te tocan en Venezuela?
Si trabajas un domingo o tu día de descanso semanal 4 horas o más, te toca 1 día completo de descanso compensatorio. Con menos de 4 horas, te toca medio día. Lo dice el artículo 188 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), Gaceta Oficial 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012. Cada día trabajado suma el suyo.
Esta calculadora es solo para Venezuela y da una estimación: tu contrato colectivo o tu empresa pueden dar más días. Puedes leer la ley en el PDF de la LOTTT del Ministerio del Trabajo.
Qué dice la LOTTT
- Artículo 188: 4 horas o más en domingo o en tu descanso semanal, un día completo de salario y de descanso; menos de 4 horas, medio día. Debe concederse en la semana inmediatamente siguiente.
- Artículo 119: tu salario mensual ya incluye el pago de los días de descanso. Por eso el compensatorio es un día libre pagado, no dinero extra.
- Artículo 184: los domingos son feriados, igual que el 1 de enero, carnaval, Semana Santa, el 1 de mayo y el 24, 25 y 31 de diciembre.
- Artículo 188, segundo párrafo: en esos feriados no hay compensatorio, salvo que coincidan con domingo o con tu día de descanso.
Cómo usar la calculadora
- Tu salario normal mensual: sirve para ver cuánto vale cada día libre.
- Qué día trabajaste: un domingo, otro día de descanso (por ejemplo, el sábado) o un feriado entre semana.
- Cuántos días y cuántas horas: con 4 horas o más cuenta como día completo.
- En opciones avanzadas pones la fecha, para ver la semana en que debes tomarlo, y los días que ya disfrutaste, para saber cuántos te quedan.
Cómo se calcula
Cada día trabajado da 1 día de compensatorio si llegas a 4 horas, o medio día si no. El valor de ese descanso sale del salario diario del artículo 113: el sueldo del mes entre 30.
salario diario = salario mensual ÷ 30 por cada día trabajado: 1 (4 horas o más) o 0,5 (menos de 4) días de compensatorio = por cada día × días trabajados valor = salario diario × días de compensatorio te quedan = días de compensatorio − días ya disfrutados
Ejemplo: un domingo de 8 horas con salario de Bs. 60.000
Trabajas el domingo 1 de noviembre de 2026, 8 horas:
| Paso | Cuenta | Resultado |
|---|---|---|
| Salario diario | 60.000 ÷ 30 | Bs. 2.000,00 |
| Compensatorio por día | 8 horas, más de 4 | 1 día |
| Días que te tocan | 1 × 1 día trabajado | 1 día |
| Valor del descanso | 2.000 × 1 | Bs. 2.000,00 |
| Semana para tomarlo | semana siguiente | del lunes 2 al domingo 8 de noviembre |
Dicho fácil: ese día libre vale lo mismo que un día de tu sueldo, pero ya lo cobras dentro de tu salario del mes.
| Caso (salario de Bs. 60.000) | Días de compensatorio | Valor |
|---|---|---|
| Domingo, 8 horas | 1 día | Bs. 2.000,00 |
| Domingo, 3 horas | Medio día | Bs. 1.000,00 |
| Sábado de descanso, 5 horas | 1 día | Bs. 2.000,00 |
| 4 domingos, 8 horas cada uno | 4 días | Bs. 8.000,00 |
| Feriado entre semana, 8 horas | Ninguno | Bs. 0,00 |
Cuándo se toma el compensatorio
La ley pide darlo en la semana inmediatamente siguiente al día trabajado. Aquí la semana va de lunes a domingo. Si trabajas un domingo, el plazo es del lunes siguiente al domingo que sigue. Si trabajaste otro día de descanso, como el sábado, la calculadora cuenta desde la semana de ese día; es el criterio más prudente, porque la ley nombra el domingo.
Si trabajas varios domingos, cada uno tiene su semana. Pon en la fecha el primero y usa «días que ya disfrutaste» para llevar la cuenta de los pendientes.
Feriados: cuándo no hay compensatorio
Trabajar un feriado entre semana, como el 1 de mayo o el 24 de diciembre, no da descanso compensatorio. Ese día se paga con el recargo del 50 % del artículo 120. Si el feriado cae en domingo o en tu día de descanso, sí te toca el compensatorio: elige «domingo» u «otro día de descanso» en la calculadora.
Para ver cuánto te pagan en dinero por trabajar tu descanso, usa la calculadora de día de descanso semanal trabajado. Para un feriado entre semana, la de día feriado trabajado. Con el salario diario y por hora ves el valor de tu día, y si pasas de tu jornada cuentan como horas extra.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días libres me tocan por trabajar un domingo en Venezuela?
Un día completo si trabajas 4 horas o más, y medio día si trabajas menos. Cada domingo trabajado suma el suyo.
¿Se paga el descanso compensatorio o se toma?
Se toma como día libre, pagado con tu salario normal. Como tu sueldo mensual ya lo incluye, no se suma dinero extra por el compensatorio. Lo que se suma es el pago del día trabajado.
¿En qué semana debo tomarlo?
En la semana inmediatamente siguiente al día que trabajaste. Si fue el domingo 1 de noviembre de 2026, de lunes 2 a domingo 8.
¿Me toca compensatorio si trabajo el 1 de mayo?
No, salvo que caiga en domingo o en tu día de descanso semanal. Ese día se paga con recargo, pero no da día libre.
¿Qué pasa si trabajo 3 horas un domingo?
Te toca medio día de descanso compensatorio. Con un salario de Bs. 60.000, ese medio día equivale a Bs. 1.000.
¿Puedo juntar varios compensatorios?
La ley fija la semana siguiente para cada uno. Si tu empresa te acumula días, usa «días que ya disfrutaste» para saber cuántos te quedan y revisa tu contrato.
