En resumen
- En Guatemala, la jornada mixta dura como máximo 7 horas al día y 42 a la semana; cada hora que pasa de ese límite es extra y se paga con un 50 % más.
- Si tu turno tiene 4 o más horas de noche (18:00 a 6:00), deja de ser mixto y cuenta como nocturno, con límite de 6 horas al día y 36 a la semana.
- Con Q6,000 al mes, entrando a las 12:00 y trabajando 8 horas, 6 días a la semana, tienes 25.98 horas extra al mes y te pagan Q1,113.43 más.
- Con ese mismo salario, la hora mixta vale Q28.57 y la hora extra, Q42.86.
¿Cuántas horas extra tengo en jornada mixta?
En jornada mixta, pasas del límite desde la hora 8 de cada día o cuando sumas más de 42 horas a la semana. Todo lo que trabajes de más es jornada extraordinaria y se paga con por lo menos un 50 % más que la hora normal. Así lo dicen los artículos 117 y 121 del Código de Trabajo de Guatemala.
La calculadora mira tu horario, separa las horas de día y de noche y te dice qué jornada tienes. Después cuenta las horas extra de la semana y del mes, y las convierte en dinero.
Cuándo es mixta y cuándo es nocturna
El Código de Trabajo reparte el día en dos períodos:
- De día: de las 6:00 a las 18:00.
- De noche: de las 18:00 a las 6:00 del día siguiente.
Una jornada es mixta si abarca parte del día y parte de la noche. Pero hay una regla importante: si en tu turno trabajas 4 o más horas de noche, la ley lo trata como jornada nocturna.
| Jornada | Horas al día | Horas a la semana |
|---|---|---|
| Diurna | 8 | 48 |
| Mixta | 7 | 42 |
| Nocturna | 6 | 36 |
Esto cambia mucho tu cuenta. Entrar a las 12:00 y trabajar 8 horas te da 2 horas de noche: es mixta. Entrar a las 14:00 con las mismas 8 horas te da 4 de noche: pasa a nocturna y el límite baja de 7 a 6 horas.
Cómo se calculan las horas extra
- Hora ordinaria: tu salario mensual entre 30 días y entre las horas de tu límite diario (7 si es mixta, 6 si es nocturna).
- Hora extra: la hora ordinaria por 1.5.
- Horas extra por día: las horas que trabajas menos el límite diario.
- Horas extra por semana: la mayor de dos cuentas: las horas extra de cada día por tus días de trabajo, o las horas de la semana menos el límite semanal.
- Horas extra al mes: las de la semana por 4.33 semanas.
- Pago: la hora extra por las horas extra del mes.
La cifra de 4.33 sale de dividir las 52 semanas del año entre los 12 meses. Puedes cambiarla en las opciones avanzadas.
Ejemplo con cifras
Tienes un salario de Q6,000 al mes. Entras a las 12:00, trabajas 8 horas al día y 6 días a la semana.
- Tu turno es de 12:00 a 20:00: 6 horas de día y 2 de noche. Es jornada mixta.
- Tu hora ordinaria vale 6,000 ÷ 30 ÷ 7 = Q28.57.
- Tu hora extra vale 28.57 × 1.5 = Q42.86.
- Pasas 1 hora cada día: son 6 horas extra a la semana (48 menos 42 da lo mismo).
- En el mes, 6 × 4.33 = 25.98 horas extra.
- Te pagan 42.86 × 25.98 = Q1,113.43 más. Tu mes suma Q7,113.43.
Después de la cuota laboral del IGSS (4.83 %), de esas horas extra te llegan Q1,059.65.
Si cambias la entrada a las 14:00 y trabajas 5 días, el turno pasa a nocturno: la hora vale Q33.33, la extra Q50 y tienes 2 horas extra al día.
Qué más debes saber
- Máximo de 12 horas al día. Entre ordinarias y extraordinarias no se puede pasar de ese total (art. 122). La calculadora te avisa si lo superas.
- Pacto de ampliación. El art. 118 permite ampliar la jornada hasta 2 horas al día por acuerdo, sin pasar del límite semanal. Con ese pacto, tus horas extra pueden ser menos de las que salen aquí.
- Errores propios. Las horas que usas para corregir tus propios errores no cuentan como extra (art. 121).
- Bonificación incentivo. Los Q250 no son salario y no entran en el cálculo.
- Planilla. El patrono debe anotar el trabajo extraordinario aparte del ordinario (art. 123).
- Es una estimación. Tu contrato puede dar un recargo mayor al 50 %. Puedes cambiarlo en las opciones avanzadas.
Las normas están en el texto del Código de Trabajo, Decreto 1441. Si solo quieres ver cómo se reparte tu horario entre día y noche, usa la calculadora de jornada mixta. Para una jornada diurna, mira las horas extra en Guatemala.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas puedo trabajar en jornada mixta sin que sean extra?
Hasta 7 horas al día y 42 a la semana. La octava hora de un día ya es extra, aunque en la semana no llegues a 42.
¿Qué pasa si trabajo 4 horas de noche en un turno mixto?
Tu jornada pasa a contar como nocturna. El límite baja a 6 horas al día y 36 a la semana, y la hora ordinaria sube porque se divide entre 6. Así lo marca el art. 117.
¿Cuánto vale una hora extra en jornada mixta?
Con Q6,000 de salario, la hora ordinaria vale Q28.57 y la extra, Q42.86. Se calcula con el salario entre 30 y entre 7, por 1.5.
¿Las horas extra se pagan aunque no llegue a las 42 horas a la semana?
Sí, si pasas de 7 horas en un día. La calculadora toma la mayor de las dos cuentas: la diaria o la semanal.
¿Las horas extra suben mi aguinaldo o mi Bono 14?
No. Esos pagos se calculan con el salario ordinario. Las horas extra sí pagan la cuota laboral del IGSS y cuentan para el pago de tus vacaciones.
¿Cuántas horas extra caben en un día de jornada mixta o nocturna?
Como mucho, las que completen 12 horas entre tu jornada y las extra: 5 en jornada mixta y 6 en nocturna.
