En resumen
- En Colombia, del día 181 al 540 de una incapacidad por enfermedad general paga el fondo de pensiones, si la EPS emitió concepto favorable de rehabilitación; si no, sigue pagando la EPS.
- El subsidio es la mitad de tu sueldo y nunca baja de un salario mínimo al mes.
- Con un sueldo de $ 4.000.000 y 300 días de incapacidad, el fondo paga $ 8.000.000 por los 120 días desde el 181, y en total recibes $ 22.000.400.
- Los 2 primeros días paga tu empleador y del día 3 al 180 tu EPS: 66,67 % hasta el día 90 y 50 % después.
¿Quién paga la incapacidad después de 180 días?
Del día 181 al 540, la incapacidad por enfermedad general la paga tu fondo de pensiones si tu EPS emitió concepto favorable de rehabilitación. Si no lo emitió, sigue pagando la EPS. Esta regla es solo para Colombia.
Los primeros 180 días funcionan así: el empleador paga los 2 primeros días y la EPS paga del día 3 al 180. Cuando la incapacidad pasa de 180 días, el fondo de pensiones (la AFP, o Colpensiones si estás en el régimen público) puede entrar a pagar un subsidio. Es el mismo valor diario que ya recibías, y llega hasta el día 540.
La base legal es el artículo 142 del Decreto-Ley 019 de 2012, que modificó el artículo 41 de la Ley 100 de 1993. Dice que el fondo paga «un subsidio equivalente a la incapacidad que venía disfrutando el trabajador» durante hasta 360 días más que los 180 iniciales. Si la EPS no emite el concepto, debe pagar ella el subsidio con sus propios recursos hasta que lo emita.
¿Cómo se calcula la incapacidad del día 181 al 540?
Se paga la mitad de tu sueldo, dividido en días. Pero ningún día puede quedar por debajo de un salario mínimo entre 30. El cálculo es el del artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo y la Sentencia C-543 de 2007.
diario = sueldo ÷ 30 mínimo diario = salario mínimo ÷ 30 valor por día = el mayor entre (diario × 50 %) y el mínimo diario pago del fondo = días desde el 181 × valor por día
El sueldo que cuenta es el ingreso base de cotización (IBC) del mes anterior a la incapacidad. Tiene un máximo de 25 salarios mínimos. En 2026 el salario mínimo es $ 1.750.905, así que el mínimo diario es $ 58.363,50.
Cómo usar la calculadora
- Tu sueldo mensual: el que cotizas a salud y pensión.
- Días de incapacidad en total: cuenta todos los días corridos desde el primero, con sábados, domingos, festivos y prórrogas. Si pones 300, la página calcula 120 días a cargo del fondo.
- Concepto de rehabilitación: marca «Sí» si tu EPS lo emitió. Si marcas «No», el tramo desde el día 181 lo paga la EPS.
- Salario mínimo (opciones avanzadas): viene el de 2026 y puedes cambiarlo.
Ejemplo
Un sueldo de $ 4.000.000 y 300 días de incapacidad por enfermedad general, con concepto favorable. El valor diario es $ 133.333,33.
| Días | Paga | Porcentaje | Pago |
|---|---|---|---|
| 1 a 2 | Empleador | 66,67 % | $ 177.787 |
| 3 a 90 | EPS | 66,67 % | $ 7.822.613 |
| 91 a 180 | EPS | 50 % | $ 6.000.000 |
| 181 a 300 | Fondo de pensiones | 50 % | $ 8.000.000 |
| Total | $ 22.000.400 |
Desde el día 181 el fondo paga $ 66.666,67 por día, unos $ 2.000.000 al mes. De cada 100 pesos de la incapacidad, unos 36 los pone el fondo.
Con un sueldo de $ 3.000.000 la mitad es $ 50.000 al día, menos que el mínimo de $ 58.363,50. Entonces se paga el mínimo y el fondo aporta $ 7.003.620 por los mismos 120 días.
Qué pasa al llegar al día 540
El día 540 es el límite de esta calculadora. Antes de llegar, el fondo debe calificar tu pérdida de capacidad laboral. Si el resultado es de invalidez, puede reconocerte una pensión: mira la pensión de invalidez. Si la causa fue un accidente o una enfermedad laboral, la regla es otra: usa la calculadora de incapacidad de la ARL.
Para los primeros 180 días con más detalle, entra a la calculadora de incapacidad laboral. Tu sueldo base depende del IBC de seguridad social.
Errores comunes
- Contar solo los días hábiles. La incapacidad se cuenta en días corridos.
- Reiniciar la cuenta en cada prórroga. Los días se suman, y el porcentaje baja del día 91.
- Pensar que el subsidio llega solo. El concepto de rehabilitación lo emite la EPS antes del día 120 y lo envía al fondo antes del día 150.
- Olvidar que el resultado es bruto. Se descuentan los aportes que te tocan.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la incapacidad de más de 180 días?
El fondo de pensiones, si la EPS emitió concepto favorable de rehabilitación. Si no lo emitió, la EPS sigue pagando. En ambos casos el valor es el de la incapacidad que ya recibías.
¿Cuánto me pagan después del día 180?
La mitad de tu sueldo, con un mínimo de un salario mínimo al mes. Con $ 4.000.000 son unos $ 2.000.000 al mes.
¿Hasta qué día paga el fondo de pensiones?
Hasta el día 540: los 180 iniciales más 360 días. Después, la regla depende de la calificación de tu pérdida de capacidad.
¿Qué es el concepto de rehabilitación?
Es un documento de tu EPS que dice si hay posibilidad de recuperarte. Si es favorable, el fondo posterga la calificación de invalidez y paga el subsidio.
¿Esta calculadora da el valor exacto?
Es una estimación. Tu EPS o tu fondo hacen la liquidación final, con tus aportes y tu IBC reales. Algunas empresas pagan más que la ley.
