En resumen
- En Colombia, el arriendo de una vivienda urbana puede subir cada 12 meses hasta el 100 % del IPC del año anterior, según el artículo 20 de la Ley 820.
- Con un arriendo de $ 1.500.000 y un IPC de 5,10 %, el máximo nuevo es $ 1.576.500: $ 76.500 más al mes, $ 918.000 al año.
- El arriendo mensual tampoco puede pasar del 1 % del valor comercial del inmueble; con $ 150.000.000, el tope es $ 1.500.000.
- Con un IPC de 13,12 %, un arriendo de $ 1.000.000 podía subir hasta $ 1.131.200.
¿Cuánto puede subir el arriendo en Colombia?
El arriendo de una vivienda urbana puede subir, una vez cada 12 meses, hasta el 100 % del IPC del año anterior. Así lo dice el artículo 20 de la Ley 820 de 2003. El IPC es la inflación de diciembre a diciembre que publica el DANE. Si el IPC de 2025 fue de 5,10 %, en 2026 el arriendo puede subir como máximo ese 5,10 %: de cada $ 100 de arriendo, $ 5,10 más.
Esta página es solo para Colombia y para vivienda urbana. Es una estimación: el contrato puede fijar una subida menor.
Cómo usar la calculadora
- Arriendo mensual actual: lo que pagas hoy cada mes.
- Año en que subes el arriendo: la calculadora toma el IPC del año anterior.
- Opciones avanzadas: la parte del IPC que aplicas (si tu contrato dice menos del 100 %), el valor comercial del inmueble para comprobar el tope, o un IPC escrito por ti.
Fórmula
incremento % = IPC del año anterior × parte aplicada / 100 arriendo nuevo = arriendo actual × (1 + incremento % / 100) tope = valor comercial × 1 %
Si el IPC fue negativo, la calculadora deja el arriendo igual: la ley solo habla de «incrementar».
Ejemplo
Con un arriendo de $ 1.500.000 y una subida en 2026 (IPC de 2025 de 5,10 %):
| Dato | Cifra |
|---|---|
| Arriendo actual | $ 1.500.000 |
| IPC del año anterior | 5,10 % |
| Arriendo nuevo máximo | $ 1.576.500 |
| Sube al mes | $ 76.500 |
| Sube al año | $ 918.000 |
Subida según el año
Con el mismo arriendo de $ 1.500.000, el máximo cambia mucho según la inflación del año anterior:
| Año de la subida | IPC del año anterior | Arriendo nuevo | Sube al mes |
|---|---|---|---|
| 2021 | 1,61 % | $ 1.524.150 | $ 24.150 |
| 2022 | 5,62 % | $ 1.584.300 | $ 84.300 |
| 2023 | 13,12 % | $ 1.696.800 | $ 196.800 |
| 2024 | 9,28 % | $ 1.639.200 | $ 139.200 |
| 2025 | 5,20 % | $ 1.578.000 | $ 78.000 |
| 2026 | 5,10 % | $ 1.576.500 | $ 76.500 |
El tope del 1 % del valor comercial
El artículo 18 de la Ley 820 dice que el arriendo mensual no puede pasar del 1 % del valor comercial del inmueble. Con un valor de $ 150.000.000, el tope es de $ 1.500.000 al mes. En ese caso, un arriendo de $ 1.576.500 lo pasa. Si no conoces el valor comercial, deja ese campo en 0.
Cuándo no aplica esta regla
- En locales comerciales y oficinas rigen el Código de Comercio y el contrato.
- Si el contrato no ha cumplido 12 meses con el mismo precio, todavía no toca subir.
- Si el contrato fija una subida menor al 100 % del IPC, manda lo pactado.
Antes de comunicar el nuevo valor, revisa la fecha en que empezó el contrato y el último precio acordado por escrito. El resultado de la calculadora es una referencia: la subida solo se aplica desde la fecha de renovación y debe avisarse al inquilino con el tiempo que indique el contrato.
Fuentes: Ley 820 de 2003 y IPC del DANE. Para otros cálculos con el IPC, mira la calculadora de inflación del IPC en Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto se puede subir el arriendo?
Una vez cada 12 meses de contrato con el mismo precio. Subirlo antes no está permitido por la ley.
¿Qué IPC se usa para subir el arriendo?
El del año calendario anterior a la subida, de diciembre a diciembre. Para una subida en 2026 se usa el de 2025, que fue de 5,10 %.
¿Se puede subir más que el IPC?
No en vivienda urbana: el máximo es el 100 % del IPC. Sí puedes pactar menos.
¿Qué pasa si el IPC fue muy alto?
Se aplica igual. Con 13,12 % (IPC de 2022), un arriendo de $ 1.000.000 podía llegar a $ 1.131.200 en 2023.
¿Y si dejé pasar un año sin subirlo?
La calculadora toma el IPC del año anterior a la subida. Si el contrato dice algo distinto sobre acumular, manda el texto del contrato.
¿Esta calculadora sirve para un local comercial?
No. Es solo para vivienda urbana en Colombia.
