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Calculadora de traslado de EPS en Colombia: 360 días y desde cuándo rige

Solo para Colombia. Escribe cuándo te inscribiste en tu EPS y cuándo piensas pedir el traslado. Verás si ya cumples el tiempo y desde qué día rige el cambio.

Solo Colombia · Gratis y sin registro
Tus datos

La de tu primera inscripción en esa EPS.

Opciones avanzadas
días

Si estuviste antes en la misma EPS, esos días se suman.

días

Se restan del tiempo.

Ya puedes pedir el traslado desde 28 de noviembre de 2026 día en que cumples 360 días
El traslado empezaría a regir el 1 de enero de 2027 primer día de ese mes
Días de inscripción a tu solicitud 364 días mínimo cumplido

Ya cumples el tiempo: llevas 364 días. Si pides el traslado el 2 de diciembre de 2026, rige desde el 1 de enero de 2027.

Días mínimos exigidos
360
Días que faltan
0
Días de suspensión descontados
0

Cómo sale la cuenta

Paso Resultado
Días desde la inscripción hasta la solicitud 364
Más días de inscripciones anteriores 0
Menos días de suspensión o terminación 0
Días acumulados 364
Fecha en que se cumplen 360 días 28 de noviembre de 2026
Fecha desde la que rige el traslado 1 de enero de 2027
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación con el Decreto 780 de 2016 (artículos 2.1.7.2 y 2.1.7.4). El Sistema de Afiliación Transaccional de tu EPS valida las condiciones al registrar la solicitud.
  • Si pides el traslado del día 1 al 5 de un mes, rige el día 1 del mes siguiente. Si lo pides del día 6 en adelante, rige el día 1 del mes subsiguiente.
  • Debes inscribir a todo tu núcleo familiar en la solicitud. Hasta que el traslado rija, tu EPS actual sigue atendiéndote.
  • Si estás internado cuando el traslado iba a empezar, se aplaza hasta el primer día del mes siguiente.
  • Este cálculo es solo para Colombia.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: alcaldiabogota.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de traslado de EPS en Colombia: 360 días y desde cuándo rige · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Colombia puedes cambiarte de EPS cuando llevas 360 días inscrito en la misma, seguidos o sumados, según el artículo 2.1.7.2 del Decreto 780.
  • Si pides el traslado del día 1 al 5 de un mes, rige el día 1 del mes siguiente; del día 6 en adelante, el día 1 del mes subsiguiente.
  • Con inscripción el 3 de diciembre cumples los 360 días el 28 de noviembre del año siguiente; pedirlo el 2 de diciembre hace que rija el 1 de enero siguiente.
  • Los días de suspensión por mora se restan; los de inscripciones anteriores en la misma EPS se suman.

¿Cuántos días hay que esperar para cambiar de EPS?

Para cambiarte de EPS en Colombia necesitas 360 días de inscripción en la misma entidad. Pueden ser seguidos o separados: se suman. Lo dice el artículo 2.1.7.2 del Decreto 780 de 2016, el decreto único del sector salud.

En la práctica son unos 12 meses, pero la fecha exacta depende de tu día de inscripción. Esta calculadora la saca por ti.

Cómo usar la calculadora

  1. Escribe la fecha de inscripción en tu EPS actual.
  2. Escribe el día en que piensas pedir el traslado.
  3. Si lo necesitas, abre las opciones avanzadas: días de inscripciones anteriores en la misma EPS, días de suspensión por mora o si se da una excepción.

Te dice cuántos días llevas, cuándo cumples los 360 y desde qué fecha rige el cambio. Es una estimación: tu EPS valida las condiciones al registrar la solicitud.

Cómo se suman los días

Cuenta todo el tiempo que has estado en la misma EPS, aunque hayas sido cotizante, beneficiario, afiliado adicional o del régimen subsidiado. Así lo dice el parágrafo 1 del artículo 2.1.7.2.

  • Se suman los días de inscripciones anteriores en la misma EPS. Si te reinscribes, el nuevo tiempo se acumula al anterior.
  • Se restan los días en que tu afiliación estuvo suspendida por mora o terminada.

Esta calculadora cuenta los días que pasan desde la inscripción; el día de inscripción no cuenta. Así, los 360 días se completan al llegar a la fecha de inscripción más 360 días.

Desde qué fecha rige el traslado

Importa el día del mes en que registras la solicitud (artículo 2.1.7.4):

Día en que registras la solicitudEl traslado rige desde
Del 1 al 5 del mesEl día 1 del mes siguiente
Del 6 al último día del mesEl día 1 del mes subsiguiente

Hasta ese día, tu EPS actual sigue obligada a atenderte a ti y a tu familia. Si pides el traslado el día 28 y esperas al día 1 a 5 del mes siguiente, la fecha final es la misma.

Ejemplo

Te inscribiste el 3 de diciembre de 2025 y piensas pedir el traslado el 2 de diciembre de 2026.

DatoResultado
Días de inscripción a la solicitud364 días
Días mínimos exigidos360 días
Fecha en que cumples los 360 días28 de noviembre de 2026
Fecha desde la que rige el traslado1 de enero de 2027

Ya cumples el tiempo. Como la solicitud es el día 2, rige el día 1 del mes siguiente.

Un día antes, el 27 de noviembre de 2026, llevarías 359 días y todavía no podrías. Y si tuvieras 10 días de suspensión por mora, te faltarían 6 días el 2 de diciembre de 2026: cumplirías el 8 de diciembre de 2026.

Otras condiciones del traslado

Además de los 360 días, el artículo 2.1.7.2 pide:

  • Que ni tú ni nadie de tu núcleo familiar esté internado en una clínica u hospital.
  • Que, si eres independiente, estés al día en tus aportes de salud.
  • Inscribir a todo tu núcleo familiar en la solicitud. Mira quién puede ser beneficiario.

Para ver cómo afecta la mora, usa la calculadora de mora en aportes de salud.

Excepciones a los 360 días

El artículo 2.1.7.3 permite el traslado sin esperar el tiempo mínimo en casos como estos:

  • La EPS pierde su habilitación o se disuelve o liquida.
  • La EPS se retira de tu municipio o reduce su capacidad de afiliación.
  • Cambias de residencia y tu EPS no tiene cobertura allí.
  • Unes el núcleo familiar porque los cónyuges están en EPS diferentes, o entras como beneficiario en otro núcleo.
  • Hay deficiencias graves comprobadas en el servicio, con autorización de la Superintendencia Nacional de Salud.

Si marcas la excepción en las opciones avanzadas, la calculadora no exige los 360 días.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo debo estar en una EPS para cambiarme?

360 días, seguidos o sumados. Se cuentan desde tu inscripción en esa EPS, y se suman todas las veces que hayas estado en ella.

¿Puedo pedir el traslado cualquier día del mes?

Sí, el registro puede hacerse cualquier día. Lo que cambia es la fecha en que rige: del día 1 al 5 empieza el mes siguiente; del día 6 en adelante, el mes subsiguiente.

¿Me cuenta el tiempo que fui beneficiario?

Sí. Si ahora eres cotizante y antes eras beneficiario en la misma EPS, el tiempo se cuenta desde tu inscripción como beneficiario.

¿Qué pasa si estuve suspendido por no pagar?

Esos días se descuentan del total. Si te reinscribes después de levantar la suspensión, el nuevo tiempo se suma al anterior.

¿Quién me atiende mientras rige el traslado?

Tu EPS actual, hasta el día anterior a que empiece la nueva. Si hay una internación antes de la fecha, el traslado se aplaza hasta el primer día del mes siguiente.

¿Sirve para cambiar de régimen?

Esta calculadora es para el traslado entre EPS. El cambio entre régimen contributivo y subsidiado tiene condiciones propias en el mismo título del decreto.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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