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Calculadora de compensación de vacaciones en dinero de empleados civiles de Defensa en Colombia

Solo para Colombia, empleados públicos civiles del Ministerio de Defensa y la Policía. Escribe tus haberes, los años pendientes y el tiempo de la fracción. Verás cuánto recibes.

Solo Colombia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)
$

Los últimos haberes devengados antes del retiro.

años

Solo se acumulan hasta dos períodos.

meses
Opciones avanzadas
días
Compensación de vacaciones $ 2.777.778 33,33 días de vacaciones
Prima vacacional $ 2.083.333
Total a recibir $ 4.861.111

Con haberes de $ 2.500.000, la compensación de vacaciones es de unos $ 2.777.778 y la prima vacacional, de $ 2.083.333.

Valor de un día
$ 83.333
Años pagados
1,67
De qué se compone el pago
Total$ 4.861.111
  • Compensación $ 2.777.778 57,1 %
  • Prima vacacional $ 2.083.333 42,9 %

Ver cada paso de la cuenta

Concepto Fórmula Valor
Valor de un día haberes ÷ 30 $ 83.333
Compensación valor del día × 33,33 días $ 2.777.778
Prima vacacional 50 % de los haberes × 1,67 años $ 2.083.333
Total a recibir compensación + prima $ 4.861.111

Solo para Colombia, empleados públicos civiles del Ministerio de Defensa y la Policía.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Decreto 1214 de 1990, arts. 48, 90, 91 y 92. Es una estimación: el valor exacto lo fija tu entidad.
  • La fracción de año se paga solo si excede de seis meses: seis meses justos no cuentan, seis meses y un día sí.
  • El decreto habla de «haberes»; escribe la cifra que tu entidad use como base. No se descuentan aportes ni retención.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: normativa.colpensiones.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de compensación de vacaciones en dinero de empleados civiles de Defensa en Colombia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Si te retiras sin haber tomado vacaciones, el art. 91 del Decreto 1214 manda pagarlas en dinero, a razón de 20 días por año cumplido.
  • La fracción de año solo se paga si excede de seis meses: con seis meses justos no se paga, con seis meses y un día sí.
  • Con haberes de $ 2.500.000, un año y 8 meses pendientes, la compensación es de $ 2.777.778 y la prima vacacional de $ 2.083.333.
  • En total son $ 4.861.111, antes de cualquier descuento.

¿Cuánto te pagan de vacaciones al retirarte?

Si eres empleado público civil del Ministerio de Defensa o la Policía y te retiras sin haber tomado tus vacaciones, te las pagan en dinero. Lo dice el artículo 91 del Decreto 1214 de 1990: un pago por cada año cumplido y, por la fracción de año, solo si pasa de seis meses. Solo para Colombia.

Se liquida con tus últimos haberes devengados y se suma la prima vacacional del artículo 48. Es una estimación: tu entidad fija la cifra final.

En pocas palabras: si dejas el cargo con vacaciones pendientes, el Estado te las paga en lugar de dártelas en descanso. Cuentas los años completos que tienes sin tomar, miras si el tiempo que sobra pasa de seis meses y aplicas tus haberes de ese momento. Con esta página lo haces en un minuto, sin fórmulas.

Cómo usar la calculadora

  • Haberes mensuales: los últimos que recibiste antes del retiro.
  • Años cumplidos sin disfrutar: de 0 a 2. El artículo 92 solo deja acumular dos períodos.
  • Meses completos: desde tu último año cumplido de servicio.
  • Días sueltos (opciones avanzadas): para afinar el borde de los seis meses.

Cómo se calcula

  • Cada año cumplido da 20 días de vacaciones (artículo 90).
  • El valor de un día son tus haberes divididos entre 30.
  • La fracción cuenta solo si excede de seis meses, y entonces se paga en proporción.
  • La prima vacacional es el 50 % de tus haberes por año; aquí se prorratea igual en la fracción.
compensación = haberes ÷ 30 × 20 días × años pagados
prima = haberes × 50 % × años pagados

Ejemplo

Haberes de $ 2.500.000, un año cumplido sin vacaciones y 8 meses más (240 días de 360):

ConceptoCuentaValor
Años pagados1 + 240 ÷ 3601,67
Días de vacaciones20 × 1,6733,33 días
Compensación$ 83.333 × 33,33 días$ 2.777.778
Prima vacacional$ 2.500.000 × 50 % × 1,67$ 2.083.333
Totalcompensación + prima$ 4.861.111

Dicho fácil: por cada año pendiente recibes los haberes de dos tercios de mes en compensación y de medio mes en prima.

Casos de borde

  • Seis meses justos: la fracción no se paga. Con el mismo ejemplo, solo cuenta el año completo: $ 1.666.667.
  • Seis meses y un día: ya cuenta. La compensación sube a $ 2.504.630.
  • Un año exacto: 20 días, con una compensación de $ 1.666.667 y una prima de $ 1.250.000.

Cómo leer el resultado

Por ejemplo, si el resultado dice 33,33 días, es porque tienes un año completo (20 días) más una parte proporcional de la fracción. El número grande es la compensación por los días de vacaciones. La prima vacacional va aparte y el total es la suma de ambas. No se restan aportes ni retención.

Qué no incluye este cálculo

Preguntas frecuentes

¿Por qué no me pagan los meses si llevo menos de seis?

Porque el artículo 91 solo paga la fracción de año cuando excede de seis meses.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por año?

Veinte días por año cumplido de servicio continuo, incluyendo los feriados, según el artículo 90.

¿Cuántos años de vacaciones puedo tener acumulados?

Hasta dos períodos, por necesidades del servicio y con disposición motivada. La calculadora admite 0, 1 o 2.

¿Qué haberes debo escribir?

Los últimos devengados antes del retiro. Si dudas qué conceptos entran, pregunta a tu área de nómina.

¿La prima vacacional se paga completa en la fracción?

Aquí se calcula en proporción, que es el criterio más prudente. Tu entidad confirma la cifra.

¿Se descuenta algo del pago de vacaciones?

Este cálculo no resta aportes ni retención. Es una estimación para hacerte una idea.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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