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Guía

Tipos de IVA en España: qué lleva el 4 %, el 10 % y el 21 %

En España hay tres tipos de IVA: el general, del 21 %, y dos reducidos, del 10 % y del 4 %. El 4 % es para lo más básico, como el pan, la leche, la fruta, los libros y los medicamentos; el 10 %, para la mayoría de los demás alimentos, la hostelería, el transporte de viajeros y la vivienda nueva; el 21 %, para todo lo demás. Esta guía vale para la península y Baleares: Canarias, Ceuta y Melilla tienen otros impuestos.

Solo España

En resumen

  • Un precio de 100 sin IVA son 121 con el 21 %, 110 con el 10 % y 104 con el 4 %.
  • Llevan el 4 % el pan, la leche, los huevos, el queso, la fruta, la verdura, las legumbres, el aceite de oliva, los libros y los medicamentos de uso humano.
  • Llevan el 10 % los restaurantes y hoteles, el transporte de viajeros, la vivienda nueva, el agua, el cine y el teatro, las reformas de vivienda y los alimentos que no son del 4 %.
  • Llevan el 21 % la ropa, la electrónica, los coches, el alcohol y los servicios profesionales; la sanidad, la educación y el alquiler de vivienda están exentos de IVA.
En esta página
  1. Los tres tipos de IVA y a qué se aplica cada uno
  2. Qué lleva el 4 %
  3. Qué lleva el 10 %
  4. Qué lleva el 21 %
  5. Qué está exento y cuándo el IVA es del 0 %
  6. Canarias, Ceuta y Melilla
  7. Preguntas frecuentes

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Se rellena con el tipo general del país. Cámbialo si tu producto lleva un tipo reducido.

Opciones avanzadas

Lo cobra el proveedor al comercio minorista que es autónomo (persona física) y está en este régimen: un 5,2 % con el IVA del 21 %, un 1,4 % con el del 10 % y un 0,5 % con el del 4 % (art. 161 de la Ley del IVA).

%

Si facturas como profesional, tu cliente puede retenerte una parte a cuenta de tus impuestos. En España, la retención de IRPF general de los profesionales es del 15 % (7 % en los primeros años de actividad). En México, en el RESICO, la retención de ISR es del 1,25 % cuando facturas a una empresa.

%

En México, cuando una empresa paga servicios profesionales a una persona física, suele retener dos terceras partes del IVA (66,67 %). En Colombia, la retención de IVA general es del 15 % del impuesto.

Precio con IVA 110,00 €
IVA (10 %) 10,00 €
Precio sin IVA 100,00 €

Tienes que cobrar 110,00 €: 100,00 € son tu precio y 10,00 € son IVA. Ese impuesto no es tuyo: lo cobras para entregarlo después al fisco.

Para añadir el IVA, multiplica por
1,1
Para quitarlo, divide entre
1,1
Parte del precio final que es IVA
9,09 %
¿Qué parte del total es impuesto?
Total110 €
  • Precio sin IVA 100 € 90,9 %
  • IVA que cobras 10 € 9,1 %
Ver este importe con el impuesto de cada país
País Nombre Tipo Impuesto Precio final
España IVA 21,0 % 21,00 € 121,00 €
México IVA 16,0 % 16,00 € 116,00 €
Colombia IVA 19,0 % 19,00 € 119,00 €
Argentina IVA 21,0 % 21,00 € 121,00 €
Chile IVA 19,0 % 19,00 € 119,00 €
Perú IGV 18,0 % 18,00 € 118,00 €
Ecuador IVA 15,0 % 15,00 € 115,00 €
Venezuela IVA 16,0 % 16,00 € 116,00 €
Uruguay IVA 22,0 % 22,00 € 122,00 €
Paraguay IVA 10,0 % 10,00 € 110,00 €
Bolivia IVA (incluido en el precio) 13,0 % 14,94 € 114,94 €
Guatemala IVA 12,0 % 12,00 € 112,00 €
Honduras ISV 15,0 % 15,00 € 115,00 €
El Salvador IVA 13,0 % 13,00 € 113,00 €
Nicaragua IVA 15,0 % 15,00 € 115,00 €
Costa Rica IVA 13,0 % 13,00 € 113,00 €
Panamá ITBMS 7,0 % 7,00 € 107,00 €
República Dominicana ITBIS 18,0 % 18,00 € 118,00 €
Puerto Rico IVU 11,5 % 11,50 € 111,50 €
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • El tipo general en España es del 21 % y estás usando un 10 %. Si no es un tipo reducido de tu producto, revísalo.
  • En España también hay un tipo reducido del 10 % y uno superreducido del 4 % para algunos productos y servicios.
  • Los tipos cambian cuando cambia la ley de cada país: confírmalos en tu administración tributaria antes de facturar.
  • En una factura, el impuesto se redondea al céntimo o al centavo. La calculadora solo redondea al mostrar las cifras.

Los tres tipos de IVA y a qué se aplica cada uno

El IVA es del 21 % salvo que la ley diga otro tipo. Así lo fija el artículo 90 de la Ley del IVA para el tipo general, y el artículo 91 para los dos reducidos. La Agencia Tributaria publica el cuadro completo de lo que lleva cada tipo.

TipoNombreA qué se aplica
21 %GeneralTodo lo que no tiene un tipo reducido
10 %ReducidoLa mayoría de alimentos, hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva, espectáculos, reformas de vivienda
4 %SuperreducidoAlimentos básicos, libros, medicamentos y productos para personas con discapacidad

Con 100 sin IVA, el precio final es 121,00 al 21 %, 110,00 al 10 % y 104,00 al 4 %. Se aplica el tipo vigente cuando se devenga el impuesto, que en una venta de bienes suele ser el día de la entrega.

Qué lleva el 4 %

El 4 % se reserva a lo más básico. Estos son los casos principales del artículo 91.Dos:

  • Alimentos básicos naturales: pan y harinas panificables, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales. Solo si son productos naturales; si están transformados, pueden pasar al 10 %.
  • Aceites de oliva.
  • Libros, periódicos y revistas que no sean fundamentalmente publicidad, también digitales.
  • Medicamentos de uso humano, incluidas las fórmulas magistrales y los preparados oficinales.
  • Productos para personas con discapacidad: sillas de ruedas, vehículos para movilidad reducida, prótesis, órtesis e implantes.
  • Compresas, tampones, protegeslips y preservativos.
  • Vivienda de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.
  • Servicios sociales: teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y residencias en plazas concertadas.

Qué lleva el 10 %

El 10 % es el tipo de lo cotidiano que no es básico. Los casos principales del artículo 91.Uno son:

  • Alimentos y bebidas que no están en la lista del 4 %: carne, pescado, pasta, conservas, el agua y el resto de productos para la nutrición humana o animal, salvo el alcohol y los refrescos y zumos con azúcares o edulcorantes añadidos.
  • Hostelería: restaurantes, bares, hoteles, campings y balnearios, y las comidas y bebidas para consumir en el acto.
  • Transporte de viajeros y sus equipajes.
  • Espectáculos y cultura: entradas a cine, teatro, conciertos, circos, museos, bibliotecas y galerías de arte.
  • Vivienda: la vivienda que se vende con IVA, como las nuevas, con hasta dos garajes y los anexos que se vendan con ella.
  • Obras de renovación y reparación en viviendas, si las encarga una persona física para su uso particular o una comunidad de propietarios, la vivienda se terminó hace al menos dos años y los materiales que aporta el que hace la obra no pasan del 40 % del precio.
  • Flores y plantas ornamentales, y semillas y productos agrícolas para obtenerlas.
  • Gafas graduadas y lentillas, y productos farmacéuticos de uso directo como gasas y vendas.

Qué lleva el 21 %

Lo que no aparece en las listas anteriores. Entre otros:

  • Ropa, calzado, muebles, electrónica y electrodomésticos.
  • Coches y motos.
  • Bebidas alcohólicas, tabaco y refrescos o zumos con azúcares añadidos.
  • Cosméticos y productos de higiene personal, salvo compresas, tampones, protegeslips y preservativos.
  • Servicios profesionales, telefonía e internet.
  • Locales de negocio y garajes que no van con la vivienda.
  • La electricidad, el gas y los carburantes, salvo las rebajas temporales que a veces aprueba el Gobierno. El cuadro de la Agencia Tributaria dice qué tipo rige en cada momento.

Qué está exento y cuándo el IVA es del 0 %

«Exento» significa que no se cobra IVA, y no es lo mismo que el 0 %. El artículo 20 de la Ley del IVA enumera las exenciones: entre otras, la asistencia sanitaria de médicos, dentistas y psicólogos, la educación reglada, los seguros, los depósitos y otras operaciones financieras, y el alquiler de vivienda (con sus garajes y muebles). Quien presta un servicio exento no puede deducirse el IVA de sus compras para ese servicio, y eso afecta a la prorrata.

El 0 % existe solo para operaciones muy concretas. Una de ellas, fija en la ley, es la entrega de bienes como donativo a entidades sin fines lucrativos que los destinan a sus fines de interés general (artículo 91.Cuatro). La Agencia Tributaria avisa de que el 0 % se aplica a determinadas operaciones, así que mira siempre su cuadro.

Canarias, Ceuta y Melilla

Estos tres territorios están fuera del ámbito del IVA español. En Canarias se aplica el IGIC, y en Ceuta y Melilla el IPSI, cada uno con sus propios tipos. Si vendes o compras entre la península y esos territorios, se tratan como una importación o una exportación.

Preguntas frecuentes

¿Qué IVA llevan las bebidas?

Depende. El agua lleva el 10 %, la leche el 4 % y los zumos sin azúcares añadidos, el 10 %. El alcohol y los refrescos, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos llevan el 21 %. Los bares y restaurantes aplican el 10 % a todo lo que sirven para consumir en el local, también al alcohol.

¿Qué IVA tienen las obras y reformas en una vivienda?

El 10 % si cumples las condiciones del artículo 91: eres un particular o una comunidad de propietarios, la vivienda se terminó hace al menos dos años, el que hace la obra no pone materiales por más del 40 % del precio y pagas por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Si no se cumplen, el 21 %.

¿El alquiler lleva IVA?

El alquiler de una vivienda está exento, también con sus garajes y muebles (artículo 20.Uno.23). Lleva IVA el alquiler de locales de negocio (21 %) y el de apartamentos amueblados cuando el arrendador presta servicios de hostelería, como limpieza o cambio de ropa (10 %). Los alquileres turísticos de pocas noches tienen reglas propias que se han ido cambiando: antes de dar una vivienda por exenta, mira cómo queda ese artículo en el BOE.

¿Qué tipo aplico si una factura incluye productos con distintos IVA?

Cada producto o servicio lleva su propio tipo. Lo normal es que la factura detalle por separado la base y el IVA de cada tipo: por ejemplo, una compra con 50 de alimentos al 10 % y 100 de ropa al 21 % suma 5,00 y 21,00 de IVA, 26,00 en total.

¿Dónde veo el IVA de un producto concreto?

En el cuadro de tipos de la Agencia Tributaria y con su asistente virtual de IVA, ambos en su sede electrónica. Para calcular el precio con cualquier tipo, usa la calculadora de IVA: elige España y escribe el tipo en «Tipo del impuesto».

Cómo lo verificamos

Las cifras de esta guía salen de su calculadora, cuyas fórmulas se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los datos legales y oficiales se contrastan en su fuente: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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