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Calculadora de indemnización por falta de desahucio en Ecuador

Solo para Ecuador, para quien trabaja con el Código del Trabajo. Escribe tu última remuneración y cómo te fuiste. Verás cuánto equivalen los quince días que prevé la ley si no avisaste.

Solo Ecuador · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en dólares (USD)
$

Tu sueldo del último mes, antes de descontar el IESS.

El artículo 190 solo se aplica si te fuiste sin causa justificada y sin reemplazo aceptado.

Opciones avanzadas
$

Horas extra, comisiones y otros pagos normales (art. 95). No pongas décimos, utilidades ni fondos de reserva mensualizados.

días

El artículo 190 fija quince días.

$

SBU de 2026: 482 dólares. Solo sirve para avisarte si tu sueldo es menor.

Indemnización por falta de desahucio $400,00 15 días de remuneración

Con $800,00 de remuneración, la indemnización por irte sin avisar es de $400,00: 15 días de remuneración.

Remuneración que cuenta
$800,00
Valor de un día
$26,67

Cálculo paso a paso

Concepto Valor
Remuneración que cuenta (art. 95) $800,00
Valor de un día (remuneración entre 30) $26,67
Días que fija el art. 190 15
Indemnización al empleador $400,00
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Para evitarla, avisa por escrito con 15 días de antelación (desahucio) o deja un reemplazo que acepte tu empleador.
  • Es una estimación. El Código no detalla cómo se cobra este importe; consulta cómo lo trata tu empresa.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: institutopesca.gob.ec · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de indemnización por falta de desahucio en Ecuador · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Ecuador, si te vas sin causa justificada, sin desahucio y sin dejar reemplazo aceptado, pagas al empleador quince días de remuneración (art. 190 del Código del Trabajo).
  • Quince días son la mitad de la remuneración mensual: con $800 al mes, son $400, a razón de $26,67 por día.
  • Con $1.000 al mes, la indemnización es de $500; con $482, es de $241.
  • Evitas esta cifra avisando por escrito con 15 días de antelación o dejando un reemplazo que acepte tu empleador.

¿Cuánto pagas si renuncias sin avisar 15 días en Ecuador?

Pagas quince días de tu remuneración al empleador. Así lo dice el artículo 190 del Código del Trabajo. Quince días son la mitad de tu remuneración mensual. Con $800 al mes, son $400.

Esta calculadora es solo para Ecuador. Es una estimación: no es un trámite ni una opinión legal.

Cómo usar la calculadora

  1. Última remuneración mensual. Tu sueldo del último mes, antes de descontar el IESS.
  2. Cómo te fuiste. Sin avisar y sin reemplazo, con un reemplazo aceptado, o por una causa justificada.
  3. Opciones avanzadas. Ahí sumas horas extra o comisiones habituales y puedes cambiar los días.

Cuándo se aplica

El artículo 190 habla del trabajador que abandona el trabajo de forma intempestiva, es decir, sin previo desahucio. Se aplica si se juntan tres cosas:

  • Te fuiste sin causa justificada.
  • No avisaste por escrito con el plazo del artículo 184, que es de al menos quince días.
  • No dejaste un reemplazo aceptado por tu empleador.

Si dejaste un reemplazo que tu empleador aceptó, o si te fuiste por una causa justificada, la calculadora da cero.

Qué remuneración cuenta

El artículo 95 toma lo que recibes de forma normal: sueldo, horas extra, comisiones y pagos en especie. No se cuentan el décimo tercero, el décimo cuarto, las utilidades ni el fondo de reserva que cobras cada mes. Si tienes pagos regulares, escríbelos en «Otros pagos habituales».

Fórmula

día = remuneración mensual ÷ 30
indemnización = día × 15

Ejemplo: $800 al mes

ConceptoValor
Remuneración mensual$800,00
Valor de un día: $800 ÷ 30$26,67
Indemnización: $800 × 15 ÷ 30$400,00

La calculadora multiplica sobre la remuneración y redondea al final, por eso no usa el día ya redondeado. De cada 100 dólares de remuneración mensual, la indemnización es de 50.

Qué es el desahucio, explicado fácil

El desahucio es el aviso por escrito que das a tu empleador cuando decides terminar tu contrato. Sirve para que la empresa tenga tiempo de organizarse y buscar a otra persona. Si lo haces con quince días de antelación, no se aplica el artículo 190. Si te vas de un día para otro, sin aviso, sin reemplazo y sin una causa justificada, la ley prevé que pagues al empleador esos quince días de remuneración.

Un segundo ejemplo con pagos habituales

Si ganas $700 de sueldo y recibes $100 al mes de comisiones habituales, la remuneración que cuenta es de $800,00. Con otros $300 en horas extra cada mes, sería de $1.100,00 y la indemnización saldría en $550,00. Por eso conviene llenar «Otros pagos habituales» solo con lo que recibes de forma normal, mes a mes.

Cómo evitarla

Avisa por escrito, incluso por medios electrónicos, al menos quince días antes de tu último día de trabajo. El artículo 184 permite acortar ese plazo si tu empleador lo acepta de forma expresa. Con el aviso, además, puede corresponderte la bonificación por desahucio.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de sueldo pago si me voy sin avisar?

Quince días de remuneración, es decir, la mitad de un mes. Con $1.000 de remuneración son $500.

¿Y si dejo a alguien que me reemplace?

Si ese reemplazo lo acepta tu empleador, el artículo 190 no se aplica. Pide esa aceptación por escrito para tener constancia.

¿Tengo que pagar si me fui por una causa justificada?

El artículo 190 se refiere a quien se va sin causa justificada. La calculadora da cero si eliges esa opción. Si dudas de si tu causa lo es, consulta con el Ministerio del Trabajo.

¿Cómo se paga esta indemnización?

El artículo 190 solo fija el importe. No detalla cómo se cobra ni si se descuenta de otros pagos. Mira cómo lo trata tu empresa en tu liquidación en Ecuador.

¿Cuenta el décimo tercero en la remuneración?

No. El artículo 95 deja fuera décimos, utilidades y fondos de reserva mensualizados. Si quieres calcular el décimo, usa los décimos en Ecuador.

¿Cambia si gano el salario mínimo?

El cálculo es el mismo. Con el salario básico unificado de 2026, $482, la indemnización es de $241. Consulta el salario mínimo en Ecuador.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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