En resumen
- El paro cobrado en pago único está exento de IRPF si lo destinas a la finalidad prevista y mantienes la actividad o tu participación cinco años.
- Con 12.000 € destinados a tu actividad y mantenidos cinco años, el IRPF del pago único es de 0 €.
- Si dejas la actividad antes y tienes otros 14.000 € de ingresos, esos 12.000 € tributarían y el IRPF sería de unos 4.311 €.
- De cada 100 € de pago único que tributan en ese caso, unos 36 € irían a IRPF; la parte que no destines a la actividad también tributa.
¿Tributa el paro cobrado en pago único?
Depende de lo que hagas con el dinero. Por regla general, el paro es un rendimiento del trabajo y paga IRPF (artículo 17 de la Ley del IRPF). Pero la ley tiene una excepción para el pago único: queda exento si lo destinas a lo que prevé la norma que lo regula, el Real Decreto 1044/1985.
Esta calculadora es solo para España. Te dice qué parte queda exenta, qué parte tributa y cuánto IRPF supone.
Cuándo está exento
El artículo 7, letra n, de la Ley del IRPF declara exentas las prestaciones por desempleo cobradas en pago único, siempre que las cantidades se destinen a las finalidades y casos previstos en el Real Decreto 1044/1985. Hay dos condiciones de permanencia:
- Si entras en una sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado, o aportas capital a una sociedad mercantil, debes mantener la acción o participación cinco años.
- Si te haces autónomo, debes mantener la actividad cinco años.
El texto de la ley no fija un importe máximo exento. Lo que cuenta es que el dinero se destine a la finalidad prevista.
Qué pasa si no mantienes la actividad
Si dejas la actividad o vendes tu participación antes de cinco años, la exención se pierde. Entonces el pago único cuenta como rendimiento del trabajo y se suma a tus demás ingresos, con la misma escala de IRPF que un sueldo. La calculadora lo estima así: suma el pago a tus otros ingresos del año, resta los 2.000 euros de otros gastos, aplica la reducción por rendimientos del trabajo y calcula el impuesto con la escala estatal y la autonómica supletoria.
También tributa la parte del pago que no destines a la finalidad prevista. Por eso hay un campo avanzado con el porcentaje destinado.
Cómo se calcula
Parte sujeta = pago único - parte exenta Rendimiento neto = otros ingresos + parte sujeta - 2.000 Base = rendimiento neto - reducción por rendimientos del trabajo IRPF = escala(base) - escala(mínimo personal), estatal + autonómica IRPF del pago único = IRPF con la parte sujeta - IRPF sin ella
La reducción por rendimientos del trabajo (artículo 20) es de 7.302 euros si el rendimiento neto es de 14.852 euros o menos, y baja hasta desaparecer a partir de 19.747,5 euros. Por eso, cuanto más cobras, menos reducción te queda y más sube el tipo.
Ejemplo
Cobras 12.000 euros de pago único y tienes otros 14.000 euros de ingresos en el año.
- Si mantienes la actividad cinco años y destinas todo el pago, los 12.000 euros están exentos. IRPF del pago único: 0 euros.
- Si la dejas antes, tributan los 12.000 euros. Rendimiento neto: 14.000 + 12.000 - 2.000 = 24.000 euros, sin reducción. IRPF: unos 4.311 euros.
- Sin el pago único, tus 14.000 euros de ingresos no pagarían IRPF, así que los 4.311 euros son todo por el pago.
De cada 100 euros del pago único, unos 36 euros irían a IRPF en el segundo caso.
Qué no hace esta calculadora
- No calcula la retención del paro mensual. Para eso está el IRPF del paro.
- No decide si puedes capitalizar el paro ni cuánto te corresponde. Eso lo fija el SEPE.
- No aplica deducciones ni reducciones por rendimientos irregulares. Es una estimación para hacerte una idea.
- Usa la escala autonómica supletoria. Tu comunidad puede tener otra distinta.
Mira también cuánto te corresponde de paro, los costes de ser autónomo en la cuota de autónomos y la tarifa plana.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar el pago único en la renta?
Sí, el SEPE comunica lo que has cobrado. En la renta aparece, pero con la exención no suma a tu base. Revisa que el borrador lo recoja como exento. Consulta la declaración de la renta.
¿Qué ocurre si cierro el negocio antes de los cinco años?
Se pierde la exención. El pago pasa a tributar como rendimiento del trabajo. Conviene revisar tu caso con la Agencia Tributaria antes de decidir.
¿Hay un importe máximo exento?
El texto consolidado del artículo 7.n no fija ningún límite de importe. La condición es destinarlo a la finalidad prevista y mantener la actividad cinco años.
¿Y si solo destino una parte a la actividad?
La parte que no destinas a la finalidad prevista tributa. Puedes simularlo en el campo avanzado del porcentaje.
¿Cuenta como ingreso del año para otras ayudas?
Esta calculadora solo estima el IRPF. Las ayudas y su cómputo de rentas tienen sus propias reglas.
¿Es exacto el IRPF que sale para el pago único?
Es una estimación. Cada comunidad tiene su escala y hay deducciones que aquí no se aplican. Sirve para saber el orden de magnitud.
