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Calculadora de multa por impedir la afiliación a la seguridad social en Colombia

Solo para Colombia. El empleador que impide o atenta contra la afiliación de un trabajador a pensión, salud o riesgos se expone a una multa por cada afiliado. Escribe cuántos trabajadores son y cuántos salarios mínimos supones, y verás el mínimo, el máximo y tu escenario.

Solo Colombia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)
trabajadores

A los que se impidió afiliarse o elegir su fondo o EPS.

salarios mínimos

La ley fija entre 1 y 50. La cifra exacta la decide la autoridad.

Opciones avanzadas
$

Valor de 2026. Cámbialo cuando el Gobierno fije el nuevo.

Multa estimada $ 52.527.150 por 3 trabajadores, $ 17.509.050 cada uno

La multa puede ir de $ 5.252.715 a $ 262.635.750 por 3 trabajadores. Con 10 salarios mínimos por trabajador sería $ 52.527.150.

Mínimo total (1 salario mínimo por trabajador)
$ 5.252.715
Máximo total (50 salarios mínimos por trabajador)
$ 262.635.750
Por trabajador, mínimo
$ 1.750.905
Por trabajador, máximo
$ 87.545.250

Rango de la multa

Caso Por trabajador Total
Mínimo legal $ 1.750.905 $ 5.252.715
Tu escenario $ 17.509.050 $ 52.527.150
Máximo legal $ 87.545.250 $ 262.635.750
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: la autoridad gradúa la multa dentro del rango de la ley.
  • El dinero de la multa va al Fondo de Solidaridad Pensional o a la subcuenta de solidaridad en salud.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: alcaldiabogota.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de multa por impedir la afiliación a la seguridad social en Colombia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Colombia, impedir la afiliación de un trabajador a la seguridad social se multa con entre 1 y 50 salarios mínimos mensuales por cada afiliado afectado (Ley 100, artículo 271).
  • Con un salario mínimo de $ 1.750.905, la multa por un trabajador va de $ 1.750.905 a $ 87.545.250.
  • Para 3 trabajadores y 10 salarios mínimos cada uno, la multa sería de $ 52.527.150.
  • La multa la impone el Ministerio del Trabajo o el de Salud, y su valor va al fondo de solidaridad pensional o a la subcuenta de solidaridad en salud.

Qué dice el artículo 271 de la Ley 100

Esta calculadora es solo para Colombia. El artículo 271 de la Ley 100 de 1993 dice que el empleador, o cualquier persona, que impida o atente en cualquier forma contra el derecho del trabajador a su afiliación y a escoger los organismos del sistema de seguridad social integral, se hace acreedor a una multa en cada caso y por cada afiliado.

La multa no puede ser inferior a un salario mínimo mensual vigente ni superior a cincuenta veces ese salario. La impone el Ministerio del Trabajo o el Ministerio de Salud. Además, la afiliación afectada queda sin efecto y el trabajador puede hacerla de nuevo, de forma libre.

Ten en cuenta que el artículo habla de impedir o atentar contra la afiliación y la libre elección. No es lo mismo que el simple atraso en el pago de aportes, que tiene sus propias consecuencias.

Cómo usar la calculadora

  • Trabajadores afectados: cuántos trabajadores vieron impedida su afiliación o su libre elección de fondo, EPS o administradora. La multa se cuenta por cada uno.
  • Salarios mínimos por trabajador: un número entre 1 y 50. La ley fija solo el mínimo y el máximo; el valor exacto lo decide la autoridad. Por defecto verás 10 a modo de ejemplo.
  • Salario mínimo mensual (opciones avanzadas): trae el de 2026, de $ 1.750.905. Cámbialo si el Gobierno fija otro.

Cómo se calcula

multa por trabajador = salarios mínimos × salario mínimo mensual
multa total          = trabajadores × multa por trabajador
mínimo total         = trabajadores × 1 × salario mínimo
máximo total         = trabajadores × 50 × salario mínimo

Como regla fácil: por cada trabajador, la multa va desde 1 hasta 50 veces el salario mínimo. De cada 50 posibles, tú eliges cuántas aplicar para ver tu escenario.

Ejemplo

Una empresa impide la afiliación de 3 trabajadores. Se supone una multa de 10 salarios mínimos por cada uno, con el mínimo de 2026.

CasoPor trabajadorTotal (3 trabajadores)
Mínimo legal (1 salario mínimo)$ 1.750.905$ 5.252.715
Escenario (10 salarios mínimos)$ 17.509.050$ 52.527.150
Máximo legal (50 salarios mínimos)$ 87.545.250$ 262.635.750

La multa de la hipótesis son $ 52.527.150. Es una estimación: la cifra real la gradúa la autoridad según cada caso.

A dónde va el dinero

El artículo 271 destina el valor de las multas al fondo de solidaridad pensional o a la subcuenta de solidaridad del fondo de solidaridad y garantía del sistema de salud, según el caso. No es dinero que reciba el trabajador.

Qué no calcula esta página

Fuente oficial

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede ser la multa por impedir la afiliación?

Por cada trabajador afectado, entre 1 y 50 salarios mínimos mensuales. Con el de 2026, de $ 1.750.905 a $ 87.545.250 por persona.

¿La multa es por trabajador o por empresa?

Por trabajador. La ley dice «en cada caso y por cada afiliado», así que con varios trabajadores afectados los valores se suman.

¿Qué autoridad fija la multa del artículo 271 en Colombia?

Las autoridades del Ministerio del Trabajo o del Ministerio de Salud, según el caso. La calculadora no decide el monto: muestra el rango y tu escenario.

¿Qué pasa con la afiliación afectada?

Según el artículo 271, queda sin efecto y el trabajador puede afiliarse otra vez, de forma libre y espontánea.

¿Esta multa cambia cada año?

El rango de 1 a 50 salarios mínimos es el de la ley. Lo que cambia es el salario mínimo, así que el valor en pesos sube cuando se fija uno nuevo.

¿El monto que sale aquí es el que me impondrían?

No necesariamente. Es una estimación para entender el orden de magnitud. El monto final depende de la decisión de la autoridad en cada caso.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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