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Calculadora de responsabilidad solidaria entre contratista y beneficiario en Venezuela

Calculadora solo para Venezuela. Escribe lo que el contratista debe a un trabajador, si la obra es inherente o conexa y los años desde que terminó el servicio. Verás qué sigue vigente y cuánto responde el beneficiario.

Solo Venezuela · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en bolívares (VES)
Bs.

Lo que el contratista adeuda al trabajador por prestaciones sociales.

Bs.

Vacaciones, bono vacacional, utilidades o salarios pendientes.

Inherente: de la misma naturaleza de su actividad. Conexa: íntimamente ligada a ella.

años

Años completos desde el último día de trabajo.

Opciones avanzadas

La ley presume entonces que la obra es inherente o conexa.

La responsabilidad llega también a los trabajadores de subcontratistas.

%

Reparto interno. Frente al trabajador, ambos responden por el total.

Deuda vigente Bs. 190.000,00 sin prescripción
Exigible al beneficiario Bs. 190.000,00 responsabilidad solidaria

El beneficiario responde junto con el contratista por Bs. 190.000,00.

Deuda total
Bs. 190.000,00
Parte pactada del beneficiario
Bs. 0,00
Parte pactada del contratista
Bs. 190.000,00

Ver el cálculo paso a paso

Paso Resultado
Deuda total Bs. 190.000,00
Ya prescrito Bs. 0
Vigente Bs. 190.000,00
Exigible al contratista Bs. 190.000,00
Exigible al beneficiario Bs. 190.000,00
Parte pactada del beneficiario Bs. 0
Parte pactada del contratista Bs. 190.000,00

Solo para Venezuela (LOTTT, arts. 49 a 51).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: cada caso depende de sus hechos.
  • Prestaciones sociales: 10 años desde el fin del servicio. Resto de conceptos: 5 años.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: mpppst.gob.ve · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de responsabilidad solidaria entre contratista y beneficiario en Venezuela · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Venezuela, el beneficiario de una obra o servicio inherente o conexa responde junto con el contratista por las deudas laborales (art. 50 de la LOTTT).
  • Con Bs. 150.000 de prestaciones y Bs. 40.000 de otros conceptos, el beneficiario responde por Bs. 190.000 si la obra es inherente o conexa.
  • Las prestaciones sociales prescriben a los 10 años del fin del servicio y el resto de conceptos a los 5 años (art. 51).
  • Un pacto entre ambos reparte la deuda, pero frente al trabajador los dos responden por el total.

¿Cuándo responde el beneficiario por la deuda del contratista?

El beneficiario responde junto con el contratista cuando la obra o el servicio es inherente o conexa con su actividad. Es la regla del artículo 50 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). La calculadora es solo para Venezuela.

La ley define así los dos términos:

  • Inherente: la obra que participa de la misma naturaleza de la actividad de quien contrata.
  • Conexa: la que está en íntima relación con esa actividad y se produce con ocasión de ella.

Puedes leer el texto en la página del Ministerio del Trabajo.

Cómo usar la calculadora

  1. Prestaciones sociales que debe el contratista. El importe adeudado por ese concepto.
  2. Otros conceptos adeudados. Vacaciones, bono vacacional, utilidades o salarios pendientes.
  3. Relación con el beneficiario. Elige si la obra es inherente o conexa, si no lo es o si sirve para simular la relación laboral.
  4. Años desde que terminó el servicio. Cuentan los años completos.

En Opciones avanzadas puedes marcar si el contratista trabaja habitualmente para el beneficiario, indicar si el trabajador fue contratado por un subcontratista y escribir un reparto pactado entre ambos.

Reglas que aplica

Vigente = prestaciones (si años < 10) + otros conceptos (si años < 5)
Exigible al beneficiario = Vigente, si hay solidaridad; si no, 0
Parte del beneficiario = Vigente × % pactado ÷ 100
  • Subcontratistas. La responsabilidad llega a los trabajadores de subcontratistas, aunque el contratista no esté autorizado para subcontratar.
  • Presunción. Si el contratista hace habitualmente obras para la entidad y esa es su mayor fuente de lucro, se presume que la actividad es inherente o conexa.
  • Simulación. Si la contratación sirve para simular la relación laboral y cometer fraude a la ley, se considera tercerización.
  • Plazos. Según el artículo 51, las prestaciones sociales prescriben a los 10 años desde la terminación del servicio y el resto de acciones a los 5 años.

Ejemplo: Bs. 150.000 y Bs. 40.000

Con los valores de ejemplo: obra inherente o conexa y 2 años desde el fin del servicio.

PasoResultado
Deuda totalBs. 190.000,00
Ya prescritoBs. 0,00
VigenteBs. 190.000,00
Exigible al contratistaBs. 190.000,00
Exigible al beneficiarioBs. 190.000,00

Si ambos pactan que el beneficiario asume el 30 %, su parte es de Bs. 57.000,00 y la del contratista de Bs. 133.000,00. Es un reparto interno: el trabajador puede exigir el total a cualquiera de los dos.

Con 6 años desde el fin del servicio, los otros conceptos ya prescribieron (Bs. 40.000,00) y quedan vigentes Bs. 150.000,00 de prestaciones.

Qué conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué significa responsabilidad solidaria?

Significa que el trabajador puede exigir el total de la deuda al contratista o al beneficiario. Que cada uno cubra una parte es un asunto interno entre ellos.

¿El contratista es un intermediario?

No. El artículo 49 de la LOTTT dice que el contratista ejecuta la obra con sus propios recursos y con trabajadores bajo su dependencia, y que no se considera intermediario ni tercerizador.

¿Qué pasa con los trabajadores de un subcontratista?

La responsabilidad del beneficiario se extiende a ellos, incluso si el contratista no estaba autorizado para subcontratar. Además, tienen los mismos beneficios que los empleados de la obra o servicio.

¿Cuántos años tengo para exigir las prestaciones sociales?

Diez años desde la terminación del servicio. Para el resto de conceptos son cinco años.

¿Qué es la tercerización?

Es lo que la ley considera la contratación de obras inherentes o conexas hecha para simular la relación laboral y cometer fraude a la ley.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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