En resumen
- En Argentina, la jornada nocturna, la que se cumple entre las 21 y las 6 horas, no puede pasar de 7 horas (artículo 200 de la Ley de Contrato de Trabajo).
- Si tu turno mezcla horas de día y de noche, el límite baja 8 minutos por cada hora nocturna, según el criterio habitual.
- Con entrada a las 18 horas y 8 horas de turno, 5 son nocturnas y tu límite es de 7 h 20 min.
- En ese turno te pasas 40 minutos: para no pasarte tendrías que salir a la 1:24.
¿Cuánto se puede trabajar de noche en Argentina?
Si todo tu turno cae entre las 21 y las 6 horas, puedes trabajar como máximo 7 horas. Si mezclas horas de día y de noche, el máximo queda entre 7 y 8 horas, según cuántas horas nocturnas tengas. Esta calculadora lo saca con tu hora de entrada y tus horas de turno.
Es una regla de la Ley de Contrato de Trabajo, artículo 200. Es solo para Argentina. El trabajo agrario y el de casas particulares tienen su propio régimen.
Qué horas cuentan como nocturnas
Son las que trabajas entre las 21 horas de un día y las 6 horas del siguiente. Son 9 horas cada noche. Lo que trabajas antes de las 21 o después de las 6 cuenta como diurno.
| Si entras a las... | Y trabajas 8 horas, tus horas nocturnas son... |
|---|---|
| 9 h | 0 |
| 15 h | 2 |
| 18 h | 5 |
| 22 h | 8 |
Jornada mixta: el límite baja con cada hora de noche
Hay tres casos:
- Sin horas nocturnas: el límite es el de siempre, 8 horas por día.
- Todo el turno es nocturno: el límite es de 7 horas.
- Mixta: se parte de 8 horas y se resta 8 minutos por cada hora nocturna.
Límite mixto = 8 horas − 8 minutos × horas nocturnas
Los 7 horas y el horario de las 21 a las 6 vienen del texto de la ley. Los 8 minutos por hora son el criterio habitual de la normativa de jornada, pero no los hemos podido confirmar en el texto que hemos leído. Por eso puedes cambiarlos en las opciones avanzadas si tu convenio dice otra cosa.
Cómo se calcula
- Se pone tu turno en el reloj: de la hora de entrada a la hora de salida.
- Se cuentan los minutos que caen entre las 21 y las 6 horas.
- Se saca el límite según sea diurno, mixto o nocturno.
- Se compara con las horas que trabajas: si pasas, es exceso; si no, te sobra margen.
- Se busca la hora de salida más tarde con la que todavía no pasas el límite.
Aquí no se calcula ningún pago. Si quieres saber cuánto te corresponde por el exceso, usa la calculadora de jornada nocturna.
Ejemplo
Una persona entra a las 18 horas y trabaja 8 horas, hasta las 2.
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Horas nocturnas (de 21 a 2 horas) | 5 horas |
| Horas diurnas (de 18 a 21 horas) | 3 horas |
| Límite de la jornada mixta | 7 h 20 min |
| Horas que trabaja | 8 h |
| Exceso | 40 min |
| Hora máxima de salida | 1:24 |
Con 5 horas de noche, se restan 40 minutos a las 8 horas: queda un límite de 7 h 20 min. Como trabaja 8 horas, se pasa 40 minutos. Si sale a la 1:24 ya no pasa el límite.
En minutos: 300 de noche, un límite de 440 y un turno máximo de 444 minutos (el límite baja a medida que se suman horas de noche, por eso el máximo no es 440).
Cosas que cambian el resultado
- Turnos rotativos por equipos: la ley prevé que el límite se mida como promedio, con tope de 8 horas por día o 48 por semana.
- Banco de horas: si pactaste uno, el exceso puede compensarse con descanso.
- Menores y tareas insalubres: tienen límites propios, más cortos. Mira la jornada insalubre.
- Descanso entre jornadas: además del límite diario, debes tener un descanso entre un turno y el siguiente. Lo ves en la calculadora de descanso entre jornadas.
Si trabajas más que tu límite, esas horas son tiempo suplementario. Puedes ver el recargo en la calculadora de horas extra.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas puedo trabajar de noche por día en Argentina?
Hasta 7 horas si todo tu turno es nocturno. Si es mixto, entre 7 y 8 horas, según cuántas horas nocturnas tengas.
¿A qué hora termina la noche para la ley?
A las 6 horas. La noche empieza a las 21 horas y dura hasta las 6 del día siguiente, es decir, 9 horas.
¿Una hora nocturna dura menos que una de día?
En la ley no: cada hora dura 60 minutos. Lo que se acorta es la jornada: 7 horas de noche frente a 8 de día. En la jornada mixta, esa diferencia se reparte por cada hora nocturna.
¿Qué pasa si mi turno termina justo a las 21 horas?
Entonces no tiene horas nocturnas y tu límite es de 8 horas. Cada minuto después de las 21 horas ya cuenta como nocturno.
¿Tengo un adicional por trabajar de noche?
La ley no fija un adicional por hora nocturna. Algunos convenios colectivos sí lo dan. Revisa el tuyo o tu recibo.
¿Este límite sirve para cualquier convenio?
Es una estimación general. Tu convenio, los turnos rotativos o un banco de horas pueden cambiar el límite que te toca.
