En resumen
- La indemnización por clientela es el 25 % de lo que cobrarías en un despido sin causa, y la Ley 14.546 la da a quien pasa de un año de contrato.
- Se paga cualquiera sea el motivo del fin del contrato: renuncia, despido o fallecimiento.
- Con 600.000 fijos y 700.000 de comisiones, 9 años de servicio dan 11.700.000 por antigüedad y 2.925.000 por clientela.
- Los viáticos con comprobantes no cuentan; los que cobras sin justificar sí forman parte de la remuneración.
Qué es la indemnización por clientela
Si eres viajante de comercio en Argentina y tu contrato termina después de un año, te corresponde una indemnización por clientela. Equivale al 25 % de lo que te habría tocado en un despido sin causa. Así lo dice el artículo 14 de la Ley 14.546, el estatuto del viajante de comercio.
Se cobra cualquiera sea el motivo: renuncia, despido, mutuo acuerdo o fallecimiento (en ese caso, la reciben tus derechohabientes). Es de orden público: ningún acuerdo puede quitártela. Esta página es una estimación: no sustituye la liquidación de tu empleador.
Cómo se calcula
- Suma tu remuneración mensual: sueldo fijo, comisiones y viáticos sin comprobantes.
- Cuenta tus años de servicio. Cada año cuenta uno, y una fracción de más de 3 meses cuenta como año completo.
- Multiplica años por remuneración: es la indemnización por antigüedad del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
- Toma el 25 % de ese importe.
clientela = 25 % × años × remuneración mensual
Con menos de un año cumplido, no corresponde. Si tu convenio fija un tope, la remuneración usada es el tope, pero nunca menos del 67 % de tu remuneración real.
Qué entra en la remuneración
La ley dice que el sueldo del viajante es, en todo o en parte, una comisión sobre las ventas. Por eso se usa el promedio de tus comisiones de los últimos 6 meses o del último año, el que sea mayor. Los viáticos y gastos de movilidad que cobras sin justificar también cuentan. Los viáticos acreditados con comprobantes quedan fuera. Si cobras comisiones por cobranzas, también forman parte de tu remuneración.
Ejemplo
Ingresaste el 1-3-2018 y terminas el 15-10-2026. Cobras 600.000 fijos y 700.000 de comisiones al mes.
- Remuneración: 1.300.000.
- Antigüedad: 8 años, 7 meses y 15 días. La fracción pasa de 3 meses, así que cuentan 9 años.
- Indemnización por antigüedad: 9 × 1.300.000 = 11.700.000.
- Clientela: 25 % de 11.700.000 = 2.925.000.
De cada 100 pesos de la indemnización por antigüedad, 25 son por clientela. Si en lugar de 9 años fueran solo 5, la antigüedad sería 5 × 1.300.000 = 6.500.000 y la clientela 1.625.000. Puedes probar tus propios importes y fechas en la calculadora de arriba.
Qué no incluye
Esta cifra es solo la parte de clientela y no suma el preaviso, la integración del mes, el aguinaldo ni las vacaciones. Para el despido completo usa la calculadora de indemnización por despido. Para las comisiones y su cobro, mira comisiones de viajantes, y para el aviso previo, preaviso.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo tengo derecho a la indemnización por clientela?
Desde que cumples un año de contrato. Con 11 meses y 29 días todavía no corresponde. Con un año exacto, se paga como mínimo un mes de remuneración por antigüedad, y de ahí sale el 25 %.
¿Se cobra si renuncio?
Sí. La ley dice que se cobra cualquiera sea el motivo de la disolución del contrato. Renunciar no te hace perderla, aunque en una renuncia no cobras la indemnización por antigüedad completa del despido.
¿Qué pasa si trabajo con varios empleadores?
Si representas a varios comerciantes o industriales, la indemnización se calcula respecto de cada contrato con su remuneración. Escribe en la calculadora solo lo que cobras de ese empleador y las fechas de ese contrato; repite el cálculo para cada uno si quieres ver el total.
¿Cuenta lo que gasto en viajes?
Solo si no lo justificas con comprobantes. Los viáticos con comprobantes no son remuneración. Los que cobras sin justificar, sí, y suben tu base.
¿Y si mi convenio tiene tope?
Escribe el tope mensual en las opciones avanzadas. Se usa ese tope, pero la base nunca baja del 67 % de tu remuneración.
¿Cuánto puede variar mi cifra real de clientela respecto a esta estimación?
Es una estimación bruta, antes de cualquier descuento. Tu liquidación puede variar por tu convenio, por cómo se promedien tus comisiones y por criterios de cada caso.
