En resumen
- Un actor del grupo 3 que cobra 800 € por día durante 8 días cotiza por una base de 428,00 € al día, es decir 3.424,00 € en el mes.
- En ese ejemplo, la Seguridad Social cuesta 224,27 € a la persona y 1.141,90 € a la empresa, con una cuota total de 1.366,17 €.
- La base por día de actuación depende de lo que cobras: 340,00 € hasta 577,00 €, 428,00 € hasta 1.038,00 €, 511,00 € hasta 1.737,00 € y 678,60 € por encima.
- Es un pago a cuenta: al acabar el año, la Tesorería regulariza con lo que cobraste de verdad. Vale solo para España.
¿Cómo cotiza un artista en España?
Un artista en un espectáculo público cotiza por los días en que actúa, con una base fija por día que depende de lo que cobra. Esa base es mayor que la mínima de su grupo, y la cuota se paga a cuenta durante el año. Esto vale solo para España, para personas con la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos: teatro, circo, música, variedades, cine, radio y televisión.
Cada mes la empresa declara lo que has cobrado, pero provisionalmente cotiza por cada día de actuación con una base ya fijada. Al terminar el año, la Tesorería General de la Seguridad Social hace la liquidación definitiva con lo que cobraste. Los datos de 2026 salen de la Orden PJC/297/2026 y del Reglamento General de Cotización.
Cómo usar la calculadora
- Elige tu grupo de cotización. Si eres actor, cantante, bailarín o músico, es el grupo 3.
- Escribe lo que cobras por día de actuación, en bruto.
- Escribe los días de actuación del mes.
- Elige si tu contrato es de duración determinada o indefinido. Cambia la cuota de desempleo.
- En «Opciones avanzadas» puedes ajustar el tipo de accidentes, la base mínima y el tipo de comunes.
Verás qué te descuentan a ti, qué paga la empresa y cuánto cobras antes de IRPF.
Las bases por día de actuación
La base diaria depende de lo que cobras cada día de actuación. En 2026 son estas:
| Lo que cobras por día | Base de cotización por día |
|---|---|
| Hasta 577,00 € | 340,00 € |
| De 577,01 € a 1.038,00 € | 428,00 € |
| De 1.038,01 € a 1.737,00 € | 511,00 € |
| 1.737,01 € o más | 678,60 € |
Hay dos reglas más. Si cobras menos que la base de la tabla, cotizas por lo que cobras. Y nunca puedes cotizar por menos que la base mínima diaria de tu grupo: la base mínima mensual dividida entre 30. En el grupo 3 son 47,84 € al día; en el grupo 1, 66,31 €.
Fórmula
base del día = mayor de (menor de tabla y lo que cobras) y la mínima del grupo base del mes = base del día × días de actuación cuota = base del mes × tipo de cada concepto
Los tipos de 2026 son: contingencias comunes 28,30 % (23,60 % empresa y 4,70 % persona); mecanismo de equidad intergeneracional 0,90 % (0,75 % y 0,15 %); desempleo 8,30 % en contratos de duración determinada (6,70 % y 1,60 %) o 7,05 % en indefinidos (5,50 % y 1,55 %); formación profesional 0,70 % (0,60 % y 0,10 %); FOGASA 0,20 % la empresa; y accidentes de trabajo, a cargo de la empresa, que depende de su actividad.
Ejemplo
Una actriz del grupo 3 cobra 800,00 € por día y actúa 8 días en un mes, con contrato de duración determinada. Tabla: 800,00 € cae en el tramo de 428,00 €. Base del mes: 428,00 × 8 = 3.424,00 €. Para accidentes se usa un 1,5 % de estimación.
| Concepto | Empresa | Persona |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 808,06 € | 160,93 € |
| Mecanismo de equidad intergeneracional | 25,68 € | 5,14 € |
| Desempleo | 229,41 € | 54,78 € |
| Formación profesional | 20,54 € | 3,42 € |
| FOGASA | 6,85 € | 0,00 € |
| Accidentes de trabajo (1,5 %) | 51,36 € | 0,00 € |
| Total | 1.141,90 € | 224,27 € |
La cuota total es de 1.366,17 €. Ella cobra 6.400,00 € brutos, y le quedan 6.175,73 € antes de IRPF.
Qué paga cada parte
De cada 100 € de base, la persona paga unos 6,55 € en un contrato de duración determinada, y la empresa unos 33 €, según los accidentes. Las cuotas de la persona se descuentan en la nómina. El IRPF se calcula aparte: puedes verlo en la calculadora de IRPF de la nómina.
Qué no incluye este cálculo
El tope máximo de cotización de los artistas es anual: 12 veces 5.101,20 € al mes en 2026. Esta calculadora no lo aplica. Tampoco incluye los meses de inactividad con alta voluntaria, cotizados con la base mínima del grupo 7 al 11,50 %.
Para el resto de cotizaciones de una nómina normal puedes mirar la cotización a la Seguridad Social en la nómina y las bases por grupo.
Preguntas frecuentes
¿Por qué cotizo por 428 € si cobro 800 € al día?
Porque la norma fija una base a cuenta por tramos de lo que cobras, y no es igual a tu salario. Al acabar el año, la Tesorería regulariza con lo que cobraste de verdad. Por eso puede haber una diferencia final.
¿Qué grupo de cotización me toca?
Depende de tu categoría. Actores, cantantes, bailarines y músicos están en el grupo 3. Los directores, en el 1. Los figurantes y ayudantes, en el 7.
¿Qué pasa si cobro muy poco por un día de actuación?
Cotizas por lo que cobras, pero nunca por menos que la base mínima diaria de tu grupo. En el grupo 3 son 47,84 € al día.
¿Cotizo por desempleo?
Sí. Los artistas con la relación laboral especial cotizan por todas las contingencias del Régimen General, incluido el desempleo. Si el contrato es de duración determinada, el tipo es algo mayor, como puedes ver en la cotización por desempleo.
¿Esta cuota de artistas es la definitiva?
No: es una estimación del pago a cuenta. Los accidentes de trabajo dependen de la actividad de la empresa, y la liquidación final del año puede cambiar la cuota.
