La diferencia en una frase
El seguro de decesos paga el servicio funerario cuando fallece el asegurado, y el seguro de vida paga un capital o una renta a las personas que hayas designado como beneficiarias. Lo dice la Ley de Contrato de Seguro: en el artículo 106 bis, el de decesos, y en el artículo 83, el de vida.
| Seguro de decesos | Seguro de vida (para caso de fallecimiento) | |
|---|---|---|
| Qué paga | Los servicios funerarios pactados | Un capital, una renta u otras prestaciones |
| Quién lo recibe | La aseguradora presta el servicio; el sobrante, si lo hay, es del tomador o de sus herederos | La persona beneficiaria que hayas designado |
| Para qué sirve | Que el entierro o la incineración estén resueltos | Que tu familia tenga dinero para deudas, gastos y vivir |
| Cuánto cubre | Lo que cuesta el servicio, con un tope que fija la póliza | El capital que elijas al contratar |
| Cómo cambia la cuota | Suele subir con los años, por la edad y por el coste del servicio | En el temporal renovable, sube con la edad; en la prima fija, no |
| Cuándo caduca | Suele ser para toda la vida | Puede ser temporal (unos años) o para toda la vida |
| Impuesto de Sucesiones | No es un capital que cobre tu familia | El capital puede tributar si contratante y beneficiario son personas distintas |
El seguro de decesos: el servicio funerario
El decesos no te da dinero para que lo gestione tu familia: la aseguradora presta el servicio que pusiste en la póliza, como el entierro o la incineración, el traslado y los trámites. Si el capital asegurado es mayor que lo que cuesta el servicio, el exceso corresponde al tomador o, si no, a sus herederos.
Si la aseguradora no puede prestar el servicio por causas ajenas a su voluntad o por fuerza mayor, o si la familia lo realiza por otros medios, la aseguradora paga la suma asegurada a los herederos, y no responde de la calidad de ese servicio (artículo 106 bis, apartado 2).
El coste total depende de tu edad y de cómo suba la cuota. Con 45 años y 15 € al mes que suben un 5 % cada año, hasta los 85 se pagan unos 21.744 €, y un servicio de 4.000 € costaría entonces unos 13.048 € con precios que suben un 3 % al año. Calcula el tuyo con la calculadora del seguro de decesos.
El seguro de vida: un capital para tu familia
En el seguro de vida, la aseguradora se obliga a pagar al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones si el asegurado fallece (o, en otras modalidades, si sobrevive a una fecha). El capital lo eliges tú y puede ser el que necesita tu familia para pagar la hipoteca, mantener sus ingresos o los estudios de los hijos. Con 30.000 € de ingresos al año, 15 años que cubrir, 120.000 € de deudas, 20.000 € de estudios y 15.000 € ahorrados, la calculadora de seguro de vida da unos 465.089 €.
El coste depende de tu edad y del capital. Para 100.000 € de capital con 40 años, un seguro de vida de fallecimiento costaría unos 53,81 € el primer año, con las tablas oficiales de mortalidad, un 1 % de interés técnico y un 30 % de recargo, y la cuota sube cada año con la edad si es temporal renovable. La calculadora de la prima te da una cifra orientativa.
Quién cobra cada uno
- Decesos: la aseguradora presta el servicio a tu familia. Si sobra capital, el tomador o sus herederos.
- Vida: el beneficiario que designes en la póliza, en una declaración escrita posterior o en tu testamento. Puedes cambiarlo mientras no hayas renunciado a ese derecho.
- Si en el seguro de vida no hay beneficiario designado ni reglas para determinarlo, el capital forma parte del patrimonio del tomador (artículo 84).
Impuestos del capital del seguro de vida
El capital de un seguro de vida puede tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones cuando el contratante es una persona distinta del beneficiario (artículo 3 de la ley del impuesto). Cuánto se paga depende de la comunidad autónoma y del parentesco. Para estimarlo, usa la calculadora del impuesto de sucesiones.
Cuál necesitas
- Si te preocupa que el entierro no sea una carga para tu familia: el decesos, o ahorrar tú el coste del servicio.
- Si tu familia depende de tus ingresos o de una deuda: el seguro de vida, con un capital que cubra lo que necesitaría.
- Si te preocupan las dos cosas: son contratos distintos y ninguno sustituye al otro; compara qué cubre cada póliza y cuánto pagarás en total.
No hace falta nombrar aseguradoras para decidir: pide siempre el documento de información previa y compara coberturas, exclusiones, capital y cómo cambiará la cuota con los años.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar un seguro de vida para pagar el funeral?
Sí, si tu familia es la beneficiaria: el capital es dinero y pueden usarlo en lo que necesiten, también en el funeral. La diferencia es que el decesos presta el servicio funerario y el de vida paga un capital, que tu familia cobra después de presentar la documentación a la aseguradora.
¿Qué pasa si tengo dos seguros de decesos?
La ley prevé que, si tienes varios decesos en la misma aseguradora, esta devuelva, si lo pides, las primas pagadas de la póliza que anules desde que coincidieron. Si están en aseguradoras distintas y una no puede prestar el servicio en los términos de su contrato, tiene que pagar la suma asegurada a los herederos.
¿Puedo cambiar el beneficiario del seguro de vida?
Sí. El tomador puede revocar la designación del beneficiario en cualquier momento, mientras no haya renunciado a ese derecho de forma expresa y por escrito, y debe hacerlo en la misma forma en que lo designó (artículo 87).
¿Quién puede dejar de renovar el seguro de decesos?
Solo el tomador puede oponerse a la prórroga del contrato, según la ley: la aseguradora no puede negarse a renovarlo.
¿Puede ser beneficiaria una persona que no es de mi familia?
Sí. En el seguro de vida eliges libremente a los beneficiarios: pueden ser tu pareja, tus hijos, tus herederos o cualquier otra persona, y puedes designarlos de forma genérica, como «mis hijos» o «mis herederos».
