En resumen
- En Argentina, si te despiden sin causa entre 3 meses antes y 6 meses después de casarte, la ley suma una indemnización de un año de remuneraciones (art. 182 de la LCT).
- Esa indemnización se acumula a la del artículo 245, que es 1 sueldo por año de servicio o fracción de más de 3 meses.
- Con un mejor sueldo de $ 1.200.000 y 4 años y 7 meses de antigüedad, serían $ 14.400.000,00 más $ 6.000.000,00: en total $ 20.400.000,00.
- Para que valga la presunción hay que haber avisado del matrimonio al empleador de forma fehaciente.
Cuánto es la indemnización por despido por matrimonio
Si te despiden sin causa por casarte, la ley suma un año de remuneraciones a la indemnización normal por despido. Lo dice el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT): esa indemnización "se acumulará a la establecida en el artículo 245". Es decir, cobras las dos.
Con un mejor sueldo de $ 1.200.000, el año de remuneraciones son 12 sueldos: $ 14.400.000,00. Es una estimación bruta, con la ley vigente.
Cuándo se presume que el despido es por matrimonio
La ley no te obliga a probar el motivo si se cumplen tres cosas a la vez (artículo 181):
- El despido es sin causa, o el empleador invoca una causa y no la prueba.
- Ocurre dentro de los 3 meses anteriores o 6 meses posteriores al matrimonio.
- Hubo notificación fehaciente del matrimonio al empleador, también dentro de esos plazos. Fehaciente es que quede constancia, por ejemplo con carta documento o telegrama.
Además, el artículo 180 declara nulo cualquier contrato o reglamento interno que prevea el despido por casarse. Si el despido cae fuera de los plazos, esta indemnización especial no se suma automáticamente: la calculadora te muestra solo la del artículo 245.
Cómo usar la calculadora
- Mejor sueldo mensual normal y habitual: el sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo ni vacaciones.
- Fecha de ingreso, fecha del despido (tu último día de trabajo) y fecha del matrimonio.
- Marca si avisaste del matrimonio a tu empleador de forma fehaciente.
En Opciones avanzadas puedes contar el año como 13 sueldos (con aguinaldo) y poner el tope de tu convenio colectivo, que publica la Secretaría de Trabajo en argentina.gob.ar.
Cómo se calcula
Años = años completos + 1 si la fracción pasa de 3 meses (mínimo 1) Artículo 245 = años × base Artículo 182 = 12 × mejor sueldo Total = artículo 245 + artículo 182
La base del artículo 245 es tu mejor sueldo; si pones un tope de convenio, la base no baja del 67 % del sueldo. Una fracción de exactamente 3 meses no cuenta como año; una de 3 meses y un día, sí.
El tope del convenio se aplica solo al artículo 245. Para el artículo 182 se usa el sueldo completo: es el criterio más prudente. La ley habla de "un año de remuneraciones" y algunos tribunales cuentan 13 sueldos por el aguinaldo, por eso existe la opción avanzada. Por defecto se cuentan 12.
Ejemplo: despido casi tres meses después de casarte
Mejor sueldo de $ 1.200.000, ingreso el 1 de marzo, matrimonio el 10 de julio y despido el 30 de septiembre. Aviso fehaciente hecho. El despido cae 2 meses y 20 días después del matrimonio: dentro de los 6 meses. La antigüedad es de 4 años y 7 meses, así que se pagan 5 años.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Artículo 245 (antigüedad) | 5 × $ 1.200.000,00 | $ 6.000.000,00 |
| Artículo 182 (matrimonio) | 12 × $ 1.200.000,00 | $ 14.400.000,00 |
| Total bruto | suma | $ 20.400.000,00 |
Con 13 sueldos, el artículo 182 sería de $ 15.600.000,00 y el total de $ 21.600.000,00. Con un tope de convenio de $ 600.000, la base del artículo 245 sube al 67 % del sueldo ($ 804.000) y esa parte queda en $ 4.020.000,00; el total es de $ 18.420.000,00.
Qué no incluye
La calculadora no suma otros conceptos del final del contrato:
- El preaviso y la integración del mes: mira la calculadora de preaviso.
- El aguinaldo proporcional: puedes calcularlo en la calculadora de aguinaldo.
- Las vacaciones no gozadas: usa la calculadora de vacaciones no gozadas.
Para ver todo junto, usa la liquidación final o la calculadora de indemnización por despido. Si el despido fue por falta de trabajo, mira la indemnización del artículo 247.
Período de prueba
En los primeros 6 meses (artículo 92 bis) no hay indemnización por antigüedad. La calculadora da 0 en el artículo 245 y avisa. El artículo 182 se calcula igual, porque la prohibición del artículo 180 no distingue. Es un criterio prudente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobro si me despiden por casarme?
Cobras la indemnización por despido sin causa (1 sueldo por año de servicio) y, además, un año de remuneraciones por el artículo 182. Con 5 años a pagar y $ 1.200.000 serían 17 sueldos.
¿Qué plazos tiene la presunción de despido por matrimonio?
Desde 3 meses antes hasta 6 meses después de la fecha del matrimonio. La notificación al empleador también debe hacerse dentro de ese período.
¿Qué pasa si no avisé a mi empleador?
Sin notificación fehaciente no funciona la presunción del artículo 181. La calculadora solo muestra entonces la indemnización del artículo 245.
¿Vale para hombres y mujeres?
Sí. El artículo 182 habla del trabajador que se casa, sin distinguir género. Es una regla de la LCT para todo el personal.
¿Se suman el preaviso y el aguinaldo?
Van aparte y no están en esta calculadora. Cada concepto tiene la suya en la lista de arriba.
¿Es exacto lo que calcula esta página?
Es una estimación bruta con los datos que escribes. No decide si el despido tuvo causa ni si el aviso fue válido. El importe final puede variar según tu convenio.
