En resumen
- La indemnización es el 7 % de los conceptos salariales de las tablas devengados durante todo el contrato indefinido adscrito a obra.
- Con 24.000 € de salario anual de tablas y 1.341 días de contrato se han devengado 88.175,34 €, y la indemnización es de 6.172,27 €.
- Si el motivo es la cualificación o la falta de obras, la empresa avisa con 15 días o los paga: 986,30 € con ese sueldo.
- No se aplica al personal de estructura ni a los indefinidos firmados antes de la fecha de corte que fija el convenio.
¿Cuánto es la indemnización por extinguir un indefinido adscrito a obra?
Es el 7 % de los conceptos salariales de las tablas del convenio que hayas devengado durante todo el contrato. Así lo fija el artículo 25 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, publicado en el BOE.
Dicho fácil: de cada 100 € que has ganado en conceptos salariales de tablas, 7 € son indemnización. Esta página es solo para España y solo para el sector de la construcción.
Cómo se calcula
- Cuenta los días de contrato, desde el día de alta hasta el último día, los dos incluidos.
- Calcula el salario diario: salario anual de tablas ÷ 365.
- Multiplica el salario diario por los días de contrato: es lo devengado.
- Calcula el 7 % de lo devengado.
devengado = salario anual de tablas ÷ 365 × días de contrato indemnización = 7 % × devengado
Cuentan solo los conceptos salariales de las tablas. Las dietas, el plus de transporte y otros conceptos no salariales quedan fuera. Si sabes el total exacto que has devengado, puedes escribirlo en las opciones avanzadas.
Cómo usar la calculadora
- Salario anual de las tablas: el total de un año en conceptos salariales, según el convenio que te aplica.
- Fecha de alta y de extinción: el primer y el último día de contrato.
- Motivo: rechazar la recolocación, o que tu cualificación no encaje o no haya obras en la provincia.
- Preaviso en dinero (opciones avanzadas): márcalo si la empresa paga los 15 días en lugar de darte el aviso.
- Personal de estructura (opciones avanzadas): márcalo si lo eres. Entonces no se aplica.
- Total devengado (opciones avanzadas): solo si lo sabes. Si lo dejas en 0, lo estimamos.
Ejemplo
Una persona con 24.000 € de salario anual de tablas trabaja desde el 1 de marzo de 2023 hasta el 31 de octubre de 2026.
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Días de contrato | 1.341 |
| Salario diario: 24.000 ÷ 365 | 65,7534 € |
| Devengado: 65,7534 × 1.341 | 88.175,34 € |
| Indemnización: 7 % | 6.172,27 € |
Si el motivo es la cualificación o la falta de obras y la empresa paga el preaviso en dinero, se añaden 15 × 65,7534 = 986,30 €. El total es 7.158,57 €.
Cuándo se puede extinguir el contrato
Al terminar la obra, la empresa debe proponerte por escrito una recolocación, con formación si hace falta. El contrato solo puede extinguirse si, después de esa propuesta:
- Rechazas la recolocación. Tienes 7 días para contestar; si no contestas, se entiende que la rechazas.
- Tu cualificación no es adecuada para las nuevas obras de la empresa en la provincia, aunque te forme, por haber más personas con tu cualificación.
- No hay obras de la empresa en la provincia acordes con tu cualificación.
Plazos y preaviso
- La empresa avisa del fin de obra a la representación legal con 5 días de antelación.
- La propuesta de recolocación se somete a tu aceptación 15 días antes de que acabe tu trabajo en la obra.
- Si el motivo es la cualificación o la falta de obras, la empresa te notifica la extinción con 15 días de antelación. Puede sustituir ese preaviso por el importe de los días omitidos, sobre los conceptos salariales de las tablas. Debe ir en la nómina del cese.
- La extinción se comunica a la representación legal con 7 días de antelación.
Quién queda fuera
El artículo 25.1 del convenio excluye al personal de estructura y a quienes tienen un contrato indefinido firmado antes del 31 de diciembre de 2021. En esos casos se aplican las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores. Para un despido objetivo, mira la calculadora de despido objetivo.
Indemnización, finiquito y preaviso
La indemnización no es el finiquito. El finiquito es lo que te deben por el trabajo ya hecho: el último mes, las vacaciones sin disfrutar y la parte de paga extra. Usa la calculadora de finiquito para sumarlo. Si quieres comparar con otras reglas, mira la indemnización por despido, el preaviso o la indemnización por fin de contrato temporal. Para el cese de contratos temporales de la construcción, mira la indemnización del 7 % por cese.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje se cobra al extinguir un indefinido adscrito a obra?
El 7 % de los conceptos salariales de las tablas devengados durante todo el contrato. No son días por año, como en el despido: es un porcentaje de todo lo devengado.
¿Las dietas y los pluses cuentan para el 7 %?
No. Cuentan los conceptos salariales de las tablas del convenio. Los conceptos no salariales, como dietas o plus de transporte, no entran.
¿Qué pasa si rechazo la recolocación?
El contrato puede extinguirse y cobras la indemnización del 7 %. Tienes 7 días para contestar por escrito; si no contestas, se entiende que rechazas.
¿Cuántos días de preaviso hay?
15 días cuando el motivo es la cualificación o la falta de obras. La empresa puede pagarlos en dinero en la nómina del cese. Si rechazas la recolocación, el convenio no fija ese preaviso.
¿Se aplica a un contrato indefinido firmado en 2020?
No. Los contratos indefinidos anteriores al 31 de diciembre de 2021 siguen las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores, igual que el personal de estructura.
¿Es una cifra bruta?
Sí, es una estimación antes de impuestos. Las vacaciones y la paga extra pendientes van aparte, en el finiquito.
Es una estimación con el convenio general. Para un caso concreto, mira tu contrato y las tablas de tu convenio provincial.
