En resumen
- Con una base de 2.000 € y 30 días de baja por enfermedad común, la prestación es de 1.180,06 € y una mejora hasta el 100 % del sueldo añade 620,04 €.
- En ese caso cobras 1.800,10 € en bruto; los 3 primeros días no se completan salvo que el convenio lo diga.
- La empresa paga la mejora entera, más la prestación de los días 4 a 15: 1.100,06 € en el ejemplo.
- La ley solo permite la mejora; el porcentaje y desde qué día se paga lo fija tu convenio o tu contrato.
¿Cuánto me completa la empresa en una baja?
La empresa te completa la diferencia entre lo que cobras de baja y el porcentaje de sueldo que fije tu convenio. Es la mejora voluntaria de la incapacidad temporal. Con una base de cotización de 2.000 € y 30 días de baja por enfermedad común, la prestación es de 1.180,06 € y una mejora hasta el 100 % añade 620,04 €.
Esta calculadora es solo para España y para trabajadores por cuenta ajena del régimen general. Son estimaciones en bruto, antes de impuestos y cotizaciones.
Qué es la mejora voluntaria
La baja médica (incapacidad temporal) no se cobra entera. En enfermedad común no cobras los 3 primeros días; del día 4 al 20 cobras el 60 % de tu base reguladora, y desde el 21, el 75 %. La base reguladora diaria es tu base de cotización mensual dividida entre 30.
La mejora voluntaria es lo que la empresa paga por encima de esa prestación. La Ley General de la Seguridad Social (artículo 239) permite que las empresas mejoren directamente las prestaciones, costeándolas a su exclusivo cargo. Quien la fija es tu convenio colectivo o tu contrato: puede completar hasta el 100 %, solo en accidente de trabajo, solo a partir de cierto día o durante un tiempo limitado.
Cómo usar la calculadora
- Tipo de baja. Enfermedad o accidente fuera del trabajo, o accidente de trabajo.
- Base de cotización mensual. La ves en tu nómina, en contingencias comunes.
- Días de baja. Días naturales, con fines de semana y festivos.
- Hasta qué porcentaje completa. Lo dice tu convenio. El 100 % es lo habitual.
- Opciones avanzadas. Si tu sueldo real es distinto de la base, escríbelo en «sueldo mensual a completar». También puedes marcar que la mejora se paga los 3 primeros días y cambiar los porcentajes de la prestación o la base máxima.
Cómo se calcula
Base reguladora diaria = base de cotización ÷ 30 Sueldo diario a completar = (sueldo mensual ÷ 30) × porcentaje del convenio Prestación del día = base reguladora diaria × 60 % o 75 % Mejora del día = sueldo diario a completar − prestación del día (nunca menos de 0)
La prestación usa como mucho la base máxima de cotización de 2026, que es de 5.101,20 € al mes (Orden PJC/297/2026). El sueldo que quieres completar no tiene ese tope. Los importes se redondean al céntimo en cada tramo de días.
Ejemplo con 2.000 € de base y 30 días
Con enfermedad común, una mejora hasta el 100 % y sin completar los 3 primeros días, la base reguladora diaria es de 66,67 €:
| Tramo | Días | Prestación | Mejora |
|---|---|---|---|
| Días 1 a 3 | 3 | 0,00 € | 0,00 € |
| Días 4 a 15 | 12 | 480,02 € | 320,02 € |
| Días 16 a 20 | 5 | 200,01 € | 133,34 € |
| Días 21 a 30 | 10 | 500,03 € | 166,68 € |
| Total | 30 | 1.180,06 € | 620,04 € |
Cobras 1.800,10 € en bruto. Los días 4 a 15 los paga la empresa (artículo 173 de la LGSS); a partir del 16 los paga la Seguridad Social o la mutua. Por eso el coste de la baja para la empresa es de 1.100,06 €: 480,02 € de prestación más toda la mejora.
Desde el día 21, la mejora es de unos 500,03 € al mes, porque cada día falta el 25 % del sueldo.
Qué cambia según el convenio
- Porcentaje. Con una mejora hasta el 80 % y la misma base, la mejora de los 30 días baja a 260,02 €.
- Sueldo distinto de la base. Si tu sueldo mensual es de 2.600 € y la base es de 2.000 €, la mejora sube a 1.160,04 €, porque la empresa completa sobre el sueldo.
- Primeros días. Muchos convenios no completan los 3 primeros días. Si el tuyo sí, marca la opción avanzada.
- Accidente de trabajo. La prestación es del 75 % desde el día siguiente a la baja y el día del accidente la empresa paga el sueldo normal.
Errores habituales
- Confundir base y sueldo. La prestación sale de la base de cotización; la mejora, del sueldo que fije el convenio.
- Pensar que es un derecho de la ley. Sin convenio ni pacto, la empresa no está obligada a completar.
- Olvidar el neto. Todas las cifras son en bruto. Sobre la mejora también se aplica la retención de IRPF.
Preguntas frecuentes
¿La empresa está obligada a completar mi baja?
Solo si lo dice tu convenio colectivo, tu contrato o un acuerdo de empresa. La ley únicamente permite que la empresa mejore la prestación a su cargo.
¿Desde qué día se paga la mejora?
Depende del texto del convenio. En enfermedad común, la prestación empieza el día 4, y muchos convenios completan desde ese día; otros incluyen los 3 primeros.
¿La mejora paga también la Seguridad Social?
No. La paga la empresa entera. La Seguridad Social o la mutua solo pagan la prestación, a partir del día 16 en enfermedad común.
¿Cuánto tiempo dura la mejora?
Lo que diga el convenio: a veces toda la baja y a veces solo unos meses. Esta calculadora asume que dura todos los días que escribas.
¿Cotiza la mejora a la Seguridad Social?
Esta página no calcula cotizaciones. Consulta tu nómina o la Seguridad Social para saber cómo se trata en tu caso.
¿Sirve si estoy de baja por accidente de trabajo?
Sí: elige «Accidente de trabajo». La prestación es del 75 % desde el día 2 y la mejora completa el resto hasta el porcentaje de tu convenio.
