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Calculadora de plazos del despido por matrimonio en Argentina

Solo para Argentina. Escribe la fecha del matrimonio y la del despido. Verás el plazo de la presunción, si tu despido entra y los días que quedaban de plazo.

Solo Argentina · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos argentinos (ARS)

El día en que te casas o te casaste.

El día en que te despidieron.

Opciones avanzadas

La presunción no rige si la causa se prueba.

Por ejemplo, carta documento o telegrama.

Debe estar dentro del plazo y no ser posterior al despido.

$

Sueldo bruto mensual normal y habitual. Sirve para el año de remuneraciones del art. 182.

Presunción del art. 181 Se presume Despido 66 días después del matrimonio
Plazo de la presunción 15/05/2026 al 15/02/2027 3 meses antes y 6 meses después del matrimonio
Año de remuneraciones (art. 182) $ 18.000.000,00 12 meses de remuneración

El despido cae dentro del plazo y se presume hecho por causa de matrimonio. Corresponde el año de remuneraciones del art. 182.

Días desde el matrimonio
66
Días que quedaban de plazo
118
Días fuera del plazo
0
Situación
Después del matrimonio, dentro del plazo

Cómo sale la cuenta

Paso Resultado
Fecha del matrimonio 15/08/2026
Inicio del plazo (3 meses antes) 15/05/2026
Fin del plazo (6 meses después) 15/02/2027
Fecha del despido 20/10/2026
¿Despido dentro del plazo? Sí
¿Causa sin probar? Sí
¿Notificación válida? Sí
¿Se presume? Sí
Año de remuneraciones $ 18.000.000,00

Solo para Argentina, con los artículos 181 y 182 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación.
  • Se cuentan los dos extremos del plazo. La indemnización del art. 182 se suma a la del art. 245, que no se calcula aquí.
  • La presunción es una regla de prueba. Tu caso concreto puede tener matices.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: InfoLEG · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de plazos del despido por matrimonio en Argentina · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Argentina, el despido sin causa se presume hecho por matrimonio si ocurre dentro de los 3 meses anteriores o 6 meses posteriores a la boda (art. 181 de la LCT).
  • Con boda el 15 de agosto, el plazo va del 15 de mayo al 15 de febrero siguiente.
  • Un despido el 20 de octubre cae 66 días después de la boda y se presume.
  • Se presume y corresponde un año de remuneraciones (art. 182): con $ 1.500.000,00 al mes, $ 18.000.000,00.

¿Qué dice el artículo 181 sobre el despido por matrimonio?

La ley presume que te despidieron por casarte cuando se dan tres cosas. El despido es sin causa, o la causa que se invoca no se prueba. Cae entre 3 meses antes y 6 meses después del matrimonio. Y avisaste del matrimonio al empleador por un medio fehaciente, dentro de ese mismo plazo.

Lo dice el artículo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Esta página es solo para Argentina.

Cómo usar la calculadora

  1. Fecha del matrimonio: el día de la boda, pasada o futura.
  2. Fecha del despido: el día en que te despidieron.
  3. Opciones avanzadas: el motivo del despido, si avisaste y cuándo, y tu sueldo.

El resultado sale al momento con los valores de ejemplo. Te dice el plazo, si se presume y cuántos días quedaban.

Cómo se cuentan los plazos

  • Inicio: 3 meses antes de la fecha del matrimonio.
  • Fin: 6 meses después de esa fecha.
  • Los meses se cuentan por calendario. Si el día no existe, vale el último del mes: 6 meses después del 31/08 es el 28/02.
  • Se cuentan el primer y el último día del plazo.
  • El aviso fehaciente debe caer dentro del mismo plazo y antes del despido. No sirve avisar antes ni después.

Si la causa del despido se prueba, no hay presunción.

Un detalle que suele confundir: la presunción no dice que el despido sea ilegal por sí solo. Dice que, si se dan las tres condiciones, se da por hecho que el motivo fue el matrimonio. Entonces corresponde al empleador demostrar lo contrario. Por eso importan tanto las fechas: un solo día fuera del plazo cambia el resultado.

Fórmula

inicio = fecha del matrimonio − 3 meses
fin = fecha del matrimonio + 6 meses
se presume si: despido entre inicio y fin, causa sin probar y aviso válido
año de remuneraciones = 12 × sueldo mensual

Ejemplo

Una persona se casa el 15/08/2026. Es despedida sin causa el 20/10/2026. Avisó del matrimonio el 20/07/2026. Cobra $ 1.500.000,00 al mes.

DatoResultado
Plazo de la presunción15/05/2026 al 15/02/2027
Aviso20/07/2026: dentro del plazo
Despido66 días después de la boda
Días que quedaban de plazo118 días
Se presumeSí
Año de remuneraciones (12 × $ 1.500.000,00)$ 18.000.000,00

Si el despido fuera el 16/02/2027, quedaría 1 día fuera del plazo y no se presumiría. Si no hubiera aviso fehaciente dentro del plazo, tampoco se presumiría, aunque el despido cayera dentro de las fechas.

Errores comunes

  • Contar solo los 6 meses de después. El plazo también incluye los 3 meses anteriores.
  • Olvidar el aviso. Sin notificación fehaciente en plazo, no hay presunción.
  • Pensar que es la indemnización completa. El año del artículo 182 se suma a la del artículo 245. Para el total mira la calculadora de indemnización por despido por matrimonio.
  • Mezclar la fecha del aviso con la del despido. El aviso tiene que ser anterior o igual al despido y estar dentro del plazo.
  • Confundir con la licencia. Los días libres por boda están en la licencia por matrimonio.

Para la indemnización por antigüedad, usa la calculadora de indemnización por despido. Si te despidieron con una causa, mira despido con justa causa. El caso parecido del embarazo está en los plazos del artículo 178.

Fuente oficial

Los artículos 180, 181 y 182 están en el texto vigente de la LCT en Infoleg. Es una estimación: tu caso puede tener matices.

Preguntas frecuentes

¿Puedo avisar de mi boda con más de 3 meses de antelación?

Para esta presunción, no. La ley dice que el aviso no puede hacerse antes ni después de los plazos señalados.

¿Qué pasa si me despiden con una causa?

Si la empresa prueba esa causa, no hay presunción. Si no la prueba, el despido se trata como uno sin causa.

¿Vale cualquier forma de avisar?

La ley pide notificación fehaciente: una que deje constancia clara de la fecha y el contenido.

¿Quiénes están cubiertos?

La norma está en la LCT. Algunos regímenes, como el personal de casas particulares, tienen reglas propias.

¿El plazo es el mismo para hombres y mujeres?

Sí. El texto habla de "su personal" y no distingue.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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