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Duración del contrato de alquiler en España: prórroga obligatoria y tácita

Escribe cuándo empezó tu contrato y quién es el arrendador, y verás hasta cuándo dura con las prórrogas de la ley. Solo para alquileres de vivienda habitual en España. Es una estimación.

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Tus datos

La del contrato o la de entrega de la vivienda, si fue posterior. Solo contratos desde el 6 de marzo de 2019.

El arrendador es
años

Escribe 0 si no pone plazo: la ley lo entiende de 1 año.

Opciones avanzadas

Sirve para saber en qué año estás y cuánto falta.

Puedes prorrogar hasta 31 de enero de 2030 con la prórroga tácita, si nadie avisa
Plazo mínimo obligatorio hasta 31 de enero de 2027 5 años desde el inicio
Duración máxima 8 años 5 años + 3 años de prórroga tácita

Puedes quedarte como mínimo hasta el 31 de enero de 2027 y, si nadie avisa, hasta el 31 de enero de 2030: 8 años en total. Hoy estás en el año 5 (prórroga obligatoria). Una reforma cambia la prórroga tácita desde el 15 de noviembre de 2026: aquí se aplica el texto anterior.

Hasta el fin del plazo mínimo
85 días
Hasta la fecha tope
1.181 días
Tu próximo aviso, antes del
30 de noviembre de 2026
Aviso del arrendador, antes del
30 de septiembre de 2026
Año a año del contrato
Año Desde Hasta Tramo Tu aviso, antes del
1 1 de febrero de 2022 31 de enero de 2023 Pactado 1 de enero de 2023
2 1 de febrero de 2023 31 de enero de 2024 Prórroga obligatoria 1 de enero de 2024
3 1 de febrero de 2024 31 de enero de 2025 Prórroga obligatoria 1 de enero de 2025
4 1 de febrero de 2025 31 de enero de 2026 Prórroga obligatoria 1 de enero de 2026
5 1 de febrero de 2026 31 de enero de 2027 Prórroga obligatoria 30 de noviembre de 2026
6 1 de febrero de 2027 31 de enero de 2028 Prórroga tácita 31 de diciembre de 2027
7 1 de febrero de 2028 31 de enero de 2029 Prórroga tácita 31 de diciembre de 2028
8 1 de febrero de 2029 31 de enero de 2030 Prórroga tácita —
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación con la Ley de Arrendamientos Urbanos, artículos 9 y 10. Solo para vivienda habitual en España.
  • Hasta el plazo mínimo, tú puedes irte avisando 30 días antes del final de cada año. Al llegar al mínimo, el arrendador debe avisar con 4 meses (antes del 30 de septiembre de 2026) y tú con 2 meses.
  • Si el arrendador es persona física y lo puso en el contrato, puede recuperar la vivienda para él o su familia pasado el primer año, con 2 meses de aviso (art. 9.3).
  • No se calculan las prórrogas extraordinarias ni las de zonas tensionadas, que tienen condiciones propias.
  • El Real Decreto-ley 28/2026 modifica el artículo 10.1 desde el 15 de noviembre de 2026. Si tu plazo mínimo acaba después, comprueba el texto vigente en el BOE.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Duración del contrato de alquiler en España: prórroga obligatoria y tácita · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Un alquiler de vivienda habitual en España dura como mínimo 5 años si el arrendador es persona física y 7 si es una empresa, aunque el contrato diga menos.
  • Si nadie avisa al llegar al mínimo, el contrato sigue por años hasta 3 más: 8 años en total con arrendador persona física y 10 con una empresa.
  • El plazo mínimo acaba el día anterior al aniversario del inicio, y la fecha tope, 3 años después de esa fecha.
  • Para no seguir tras el mínimo, el arrendador avisa con 4 meses y tú con 2 meses; en la prórroga tácita, tú con 1 mes.

¿Cuántos años dura un contrato de alquiler de vivienda?

Dura lo que pacten las partes, pero con un mínimo: 5 años si el arrendador es una persona física y 7 años si es una empresa. Si firmaste por menos, el contrato se prorroga solo, año a año, hasta llegar a ese mínimo. Después, si nadie avisa, puede seguir hasta 3 años más. Esta calculadora es solo para España.

Lo dice la Ley de Arrendamientos Urbanos en sus artículos 9 y 10. En otros países las reglas son distintas.

Cómo usar la calculadora

  1. Fecha de inicio. La del contrato o la de entrega de la vivienda, si fue después.
  2. El arrendador es. Una persona física (5 años) o una empresa (7 años).
  3. Duración que pone el contrato. Los años del contrato. Si no pone plazo, escribe 0: la ley lo entiende de 1 año.
  4. Fecha de consulta. En opciones avanzadas. Con ella verás en qué año estás y cuánto falta.

Verás hasta cuándo puedes prorrogar, cuándo acaba el plazo mínimo, los días que quedan y la fecha de tu próximo aviso.

Cómo se cuenta el plazo

plazo mínimo = el mayor entre la duración pactada y 5 años (7 si es empresa)
fin del plazo mínimo = inicio + plazo mínimo − 1 día
fecha tope = fin del plazo mínimo + 3 años
  • Prórroga obligatoria (art. 9.1). Hasta llegar al mínimo, el contrato se prorroga cada año. Tú puedes irte si avisas con 30 días de antelación; el arrendador no puede negarse a la prórroga.
  • Prórroga tácita (art. 10.1). Cumplido el mínimo, si ni el arrendador (4 meses antes) ni tú (2 meses antes) avisáis, el contrato sigue por años hasta 3 más. Dentro de esa prórroga, tú puedes salir avisando 1 mes antes de cada año.
  • Contrato sin plazo (art. 9.2). Se entiende de 1 año y después se aplican las prórrogas.

Ejemplo

Contrato de vivienda que empezó el 1 de febrero de 2022, con un arrendador persona física y 1 año de duración. Consulta hecha el 7 de noviembre de 2026.

DatoResultado
Plazo mínimo5 años
Fin del plazo mínimo31 de enero de 2027
Fecha tope con prórroga tácita31 de enero de 2030
Duración máxima8 años
Año en que estás5
Días hasta el fin del plazo mínimo85 días
Tu aviso, antes del30 de noviembre de 2026
Aviso del arrendador, antes del30 de septiembre de 2026

Con una empresa como arrendador, el mínimo sube a 7 años y el máximo a 10.

Qué cambia desde el 15 de noviembre de 2026

El Real Decreto-ley 28/2026 modifica el artículo 10.1 con efectos desde el 15 de noviembre de 2026. La calculadora aplica el texto anterior y te avisa si tu plazo mínimo acaba después de esa fecha. En ese caso, mira el texto consolidado del BOE antes de decidir.

Qué no calcula

No incluye la prórroga extraordinaria, que se pide por vulnerabilidad o en zonas tensionadas, ni los alquileres de temporada. Si quieres ver cuánto pagarás de renta durante las prórrogas, usa la calculadora de prórroga del contrato.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años puedo quedarme si mi contrato dice 1 año?

Hasta 5 años, o 7 si el arrendador es una empresa, porque el contrato se prorroga cada año. Si nadie avisa después, hasta 3 años más. Tú puedes irte antes avisando con 30 días.

¿Qué es la prórroga tácita?

Es la que se produce sola cuando acaba el plazo mínimo y nadie ha avisado. Dura años completos, hasta 3 como máximo.

¿Cuándo debo avisar para no seguir?

Al acabar el plazo mínimo, con 2 meses de antelación. Ya dentro de la prórroga tácita, con 1 mes antes de cada año. El arrendador debe avisar con 4 meses.

¿Cuenta el tiempo desde la firma o desde las llaves?

Desde la firma, o desde que te entregan la vivienda si fue después. Probar esa fecha te corresponde a ti.

¿Qué pasa si el arrendador necesita la vivienda?

Solo si es persona física y lo puso en el contrato. Debe avisar con 2 meses y haber pasado el primer año. Está en el artículo 9.3.

¿Vale para contratos anteriores a 2019?

No. Los firmados antes del 6 de marzo de 2019 tienen otro plazo mínimo y esta calculadora no los cubre.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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