En resumen
- Una infracción laboral grave en grado medio se sanciona con una multa de 1.501 € a 3.750 € según el artículo 40 de la LISOS.
- Una infracción laboral leve va de 70 € a 750 € y una muy grave llega hasta 225.018 €.
- Con 3 trabajadores sin alta, cada infracción grave en grado medio sube un 30 %: de 9.751,30 € a 12.000 € por trabajador, hasta 36.000 € en total.
- En prevención de riesgos laborales los tramos son más altos: una infracción grave en grado medio va de 9.831 € a 24.585 €.
¿Cuánto es la multa por una infracción laboral en España?
Depende de la gravedad y del grado. Una infracción laboral o de Seguridad Social leve se multa con 70 € a 750 €. Una grave, con 751 € a 7.500 €. Una muy grave, con 7.501 € a 225.018 €. Así lo fija el artículo 40 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
La calculadora te da el tramo exacto. Es una estimación: la cifra final la decide la Administración al graduar cada caso.
Tramos por gravedad y grado
En relaciones laborales, empleo, Seguridad Social, extranjería y empresas de trabajo temporal:
| Gravedad | Grado mínimo | Grado medio | Grado máximo |
|---|---|---|---|
| Leve | 70 € a 150 € | 151 € a 370 € | 371 € a 750 € |
| Grave | 751 € a 1.500 € | 1.501 € a 3.750 € | 3.751 € a 7.500 € |
| Muy grave | 7.501 € a 30.000 € | 30.001 € a 120.005 € | 120.006 € a 225.018 € |
Prevención de riesgos laborales
Las infracciones de prevención tienen su propio escalón, más alto, en el apartado 2 del artículo 40:
| Gravedad | Grado mínimo | Grado medio | Grado máximo |
|---|---|---|---|
| Leve | 45 € a 485 € | 486 € a 975 € | 976 € a 2.450 € |
| Grave | 2.451 € a 9.830 € | 9.831 € a 24.585 € | 24.586 € a 49.180 € |
| Muy grave | 49.181 € a 196.745 € | 196.746 € a 491.865 € | 491.866 € a 983.736 € |
Varios trabajadores sin alta
Si en una misma actuación de la Inspección se detectan varios trabajadores sin dar de alta, cada infracción se trata por separado y sube así:
- 2 trabajadores: un 20 % más en cada infracción.
- 3 trabajadores: un 30 % más.
- 4 trabajadores: un 40 % más.
- 5 o más: un 50 % más.
Estas infracciones tienen tramos propios. La grave va de 3.750 € a 12.000 € y la muy grave de 12.001 € a 225.018 €. Esos dos importes son además el tope por infracción: aunque el aumento lo supere, no se pasa de ahí.
Qué decide el grado
El mínimo, el medio o el máximo dependen de varios factores del artículo 39: la negligencia o intención, el fraude, no haber atendido advertencias previas, la cifra de negocios, el número de trabajadores afectados y el perjuicio causado. No hay un reparto fijo: lo decide cada expediente.
Cooperativas y rebaja por conformidad
Las cooperativas tienen una cifra única por gravedad: leve de 450 € a 905 €, grave de 906 € a 4.545 € y muy grave de 4.546 € a 45.504 €.
Si la sanción de Seguridad Social nace de un acta de liquidación hecha a la vez, y estás conforme y pagas a tiempo, baja automáticamente al 50 %. Solo ocurre si la liquidación es mayor que la sanción propuesta. Está en la casilla avanzada.
Ejemplo
Una empresa tiene 3 trabajadores sin alta y la infracción es grave en grado medio. El tramo base es de 7.501 € a 9.600 €. Con el 30 % más, cada infracción va de 9.751,30 € a 12.480 €, pero el tope es 12.000 €. Por los 3 trabajadores salen de 29.253,90 € a 36.000 €.
Esta calculadora no cubre las multas por cuotas no ingresadas (se miden en porcentaje de la deuda) ni las sanciones accesorias. Consulta el texto oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-15060
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre infracción leve, grave y muy grave?
La LISOS clasifica cada conducta en uno de los tres niveles. El nivel marca el tramo de euros. Dentro de cada nivel hay tres grados.
¿Quién decide si es grado mínimo, medio o máximo?
La Administración, al graduar la sanción con los criterios del artículo 39.
¿Se suman las multas si hay varias infracciones?
Se sanciona cada infracción. En los trabajadores sin alta, cada trabajador cuenta como una infracción y se aplica el aumento del 20 % al 50 %.
¿Hay una rebaja si estoy conforme?
Sí, en Seguridad Social: baja al 50 % si hay acta de liquidación simultánea, estás conforme y pagas en plazo.
¿La multa incluye lo que se debe a la Seguridad Social?
No. La multa es aparte de las cuotas debidas y de su recargo. Para ese cálculo está la calculadora de recargo de cuotas.
¿Es lo que pagaré seguro?
No. Es el tramo legal. El importe real depende de cada expediente.
