En resumen
- Con 42.000 € brutos al año, 25 años de antigüedad y salida a los 58, un ERE hasta la jubilación a los 63 deja unos 108.240,66 € limpios, de media 1.804,01 € al mes.
- La indemnización legal es de 20 días por año con máximo de 12 mensualidades: 41.424,66 € con ese sueldo, exentos de IRPF.
- El paro sería de 1.225,00 € brutos al mes durante 24 meses, unos 20.916,00 € limpios con una retención del 15 %.
- Con 55 años o más, la empresa paga el convenio especial hasta los 63 años (61 si el ERE es por causas económicas); después lo pagas tú.
¿Cuánto se cobra en una prejubilación por ERE?
En una prejubilación por ERE cobras tres cosas: la indemnización, el paro y, si la pactas, una renta de la empresa. Con 42.000 € brutos al año, 25 años de antigüedad y salida a los 58, hasta jubilarte a los 63 entrarían unos 108.240,66 € limpios, de media 1.804,01 € al mes. Es una estimación: el paro lo fija el SEPE y la renta, el acuerdo de tu empresa.
Esta página es solo para España. Suma lo que otras calculadoras dan por separado: la indemnización por despido, el paro y el convenio especial. Aquí se juntan en una sola línea de tiempo hasta tu jubilación anticipada.
Qué suma la prejubilación
- Indemnización. Por ley, 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (Estatuto de los Trabajadores, art. 53.1.b). El acuerdo del ERE puede mejorarla.
- Paro. El 70 % de tu base los 6 primeros meses y el 60 % después, con un tope según tus hijos. Dura entre 4 y 24 meses según lo cotizado (LGSS, arts. 269-270).
- Renta de la empresa. Una cantidad mensual que paga la empresa, por ejemplo hasta que te jubiles. La fija el acuerdo.
- Convenio especial. Un convenio con la Seguridad Social para seguir cotizando para tu pensión. Cuesta dinero, pero en un ERE casi siempre lo paga la empresa durante un tiempo.
Cómo usar la calculadora
- Edad al salir y edad de jubilación: el tiempo entre las dos es el que se calcula. La jubilación anticipada por despido permite retirarse hasta 4 años antes de la edad ordinaria, con 33 años cotizados (LGSS, art. 207). Mira tu fecha en cuándo me jubilo.
- Sueldo bruto anual y antigüedad: con ellos salen la indemnización y el paro.
- Renta mensual bruta: la que te ofrece la empresa. Si no hay, deja 0.
- Opciones avanzadas: meses de renta, indemnización pactada, causas económicas, hijos, retención de IRPF e IPREM.
Cómo se calcula
Indemnización = 20 × (sueldo anual ÷ 365) × meses de antigüedad ÷ 12 (máximo: 360 días de sueldo) Paro = 70 % de la base los 6 primeros meses, 60 % después (entre el mínimo y el máximo) Total limpio = indemnización limpia + paro limpio + renta limpia − convenio especial a tu cargo
De cada 100 € de paro, el SEPE descuenta unos 4,85 € de cotización, y después va tu retención de IRPF. El paro tiene un mínimo y un máximo ligados al IPREM, que en 2026 es de 600 € al mes (SEPE). Para saber más del impuesto mira IRPF del paro.
La indemnización legal está exenta de IRPF. En un ERE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción también queda exenta la parte que no supere los límites del despido improcedente (33 días por año y 24 mensualidades), con un tope de 180.000 € (Ley del IRPF, art. 7.e). Lo que pase de ahí se suma a tu renta: la calculadora usa un tipo que puedes cambiar.
El convenio especial: quién lo paga
Si el ERE incluye a personas de 55 años o más, la empresa tiene que pagar las cuotas de un convenio especial (Estatuto, art. 51.9). Sigue estas reglas (LGSS, DA 13.ª):
- La empresa paga hasta que cumples 63 años, o 61 si el despido es por causas económicas.
- Desde esa edad hasta que te jubilas, pagas tú.
- La cuota es la media de tus bases de los últimos 6 meses, por el 28,30 % y el coeficiente 0,94, más el 0,90 % de MEI (Orden PJC/297/2026).
- El SEPE ya cotiza por ti mientras cobras paro, así que se descuenta de lo que paga la empresa.
Para ver el coste exacto, usa la calculadora del convenio especial.
Ejemplo
Persona de 58 años, 42.000 € brutos al año, 25 años en la empresa, renta de 900 € brutos al mes hasta la jubilación a los 63 y retención del 15 %.
| Concepto | Cantidad |
|---|---|
| Indemnización legal (tope de 12 mensualidades) | 41.424,66 € |
| Paro: 24 meses a 1.225,00 € brutos | 20.916,00 € limpios |
| Renta de la empresa: 60 meses | 45.900,00 € limpios |
| Convenio especial (cuota de 962,57 € al mes) | 0,00 € a tu cargo |
| Total limpio en 60 meses | 108.240,66 € |
La media es de 1.804,01 € al mes. Como sales a los 58, la empresa paga el convenio hasta los 63 y tú no pagas nada.
Qué no incluye esta cifra
- El subsidio para mayores de 52 años, que puede llegar al acabar el paro. Se pide en el SEPE.
- Los 45 días por año de antes de la reforma de 2012, que solo cuentan en el despido improcedente.
- Tus gastos, otros ingresos y los cambios de IRPF de cada año.
- La pensión que cobrarías después: depende de tus años cotizados.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una prejubilación por ERE?
Es salir de la empresa en un despido colectivo (ERE) con 55 años o más, y llegar a la jubilación con indemnización, paro y, a veces, una renta pactada. No es una pensión: hasta jubilarte sigues sin cobrarla.
¿Quién paga el convenio especial en un ERE?
La empresa lo paga hasta los 63 años, o los 61 si el despido es por causas económicas. Si te jubilas antes de esa edad, tú no pagas nada. Después de esa edad, la cuota corre de tu cuenta hasta jubilarte.
¿Puedo cobrar paro y la renta de la empresa a la vez?
Suele pactarse así: la empresa complementa el paro. Depende de lo que diga tu acuerdo del ERE. La calculadora suma las dos cosas; si tu renta no se paga mientras cobras paro, pon los meses en las opciones avanzadas.
¿Tributa la indemnización de un ERE?
La parte legal está exenta, y también lo que no supere los límites del despido improcedente, con un tope de 180.000 €. Lo que pase se suma a tu base del IRPF. La renta de la empresa y el paro sí tributan.
¿Qué pasa si tengo menos de 55 años?
La empresa no está obligada a pagar el convenio especial. Puedes firmarlo tú por tu cuenta. La calculadora no cuenta ese coste con menos de 55 años.
¿Cuánto dura el paro con 25 años de antigüedad?
Hasta 24 meses. El paro cuenta lo cotizado en los últimos 6 años: con 2.160 días o más, son 720 días de prestación.
