En resumen
- Un asalariado deduce sus cotizaciones a la Seguridad Social, las cuotas de sindicato y, además, 2.000 € al año en concepto de otros gastos.
- Con un sueldo de 30.000 €, 1.905 € de Seguridad Social y 120 € de sindicato, los gastos son 4.025 € y el rendimiento neto queda en 25.975 €.
- Los otros gastos suben 3.500 € con discapacidad, 7.750 € con discapacidad grave y 2.000 € si te mudas de municipio tras estar en paro.
- La cuota de colegio tiene un tope de 500 € al año y la defensa jurídica de 300 €.
¿Qué gastos puedes deducir de tu sueldo?
En el IRPF, puedes restar de tu sueldo bruto tus cotizaciones a la Seguridad Social, las cuotas de sindicato y 2.000 € al año de otros gastos. Con discapacidad o un traslado de municipio, esa cifra sube. Lo que queda es el rendimiento neto del trabajo. La lista cerrada está en el artículo 19 de la Ley del IRPF y el Reglamento del IRPF fija los topes de colegios y sindicatos. Esta calculadora es solo para España.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu sueldo bruto anual.
- Pon lo que pagas al año a la Seguridad Social y, si las tienes, tus cuotas de sindicato o colegio.
- Marca si tienes discapacidad o si te mudaste de municipio para trabajar.
- Verás los gastos totales, el rendimiento neto y el cálculo paso a paso.
Los gastos y sus límites
| Gasto | Límite al año |
|---|---|
| Seguridad Social o mutualidad obligatoria | Todo lo pagado |
| Derechos pasivos y colegios de huérfanos | Todo lo pagado |
| Cuotas de sindicato | Todo lo pagado |
| Colegio profesional obligatorio | 500 € |
| Defensa jurídica frente a quien te paga | 300 € |
| Otros gastos | 2.000 € |
| Aumento por traslado tras estar en paro | 2.000 € |
| Aumento por discapacidad | 3.500 € |
| Aumento por discapacidad grave | 7.750 € |
La lista es cerrada. Solo cuentan esos gastos, no el transporte, la comida ni el teléfono.
Cómo se calcula
gastos básicos = Seguridad Social + derechos pasivos + sindicato
+ colegio (hasta 500 €) + defensa jurídica (hasta 300 €)
otros gastos máximos = 2.000 € + aumento por traslado + aumento por discapacidad
otros gastos aplicados = el menor entre los máximos y (sueldo - gastos básicos)
gastos totales = gastos básicos + otros gastos aplicados
rendimiento neto = sueldo bruto - gastos totales
Con esos datos, los gastos básicos son 2.025 €. Con traslado y discapacidad del 33 %, los otros gastos llegan a 7.500 €. Los otros gastos no pueden dejar el rendimiento por debajo de cero. Por eso, con sueldos muy bajos, no se aplican enteros.
Ejemplo con cifras
Cobras 30.000 € brutos al año. Te descuentan 1.905 € a la Seguridad Social y pagas 120 € de sindicato.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Sueldo bruto | 30.000 € |
| Seguridad Social | 1.905 € |
| Sindicato | 120 € |
| Otros gastos | 2.000 € |
| Total de gastos | 4.025 € |
| Rendimiento neto | 25.975 € |
Los gastos son el 13,4 % del sueldo: 13 € de cada 100 €. Con una discapacidad del 65 % o más, los otros gastos serían 9.750 €. Los gastos totales subirían a 11.775 € y el rendimiento neto bajaría a 18.225 €.
Qué viene después
El rendimiento neto no es lo que tributa. A esa cifra se le aplica después la reducción por rendimientos del trabajo, si tu renta es baja. Luego se calculan la base liquidable, la cuota y las deducciones. Es una estimación para entender tu nómina, no tu declaración completa.
Preguntas frecuentes
¿Los 2.000 € de otros gastos los tengo que justificar?
No. Se aplican de forma automática a cualquier asalariado. No necesitas facturas ni justificantes. Es una cantidad fija para gastos que la ley no detalla.
¿Puedo deducir el transporte o la comida del trabajo?
No como gasto aparte. La ley da una lista cerrada. Los 2.000 € de otros gastos cubren ese tipo de costes de forma general. Algunas ayudas, como el abono de transporte, pueden estar exentas por otra vía.
¿Cuánto suma una discapacidad?
Con una discapacidad reconocida del 33 % o más, trabajando, se suman 3.500 € al año. Si es del 65 % o más, o necesitas ayuda de terceros o tienes movilidad reducida, se suman 7.750 €.
¿Cómo funciona el aumento por traslado?
Es para quien estaba en paro, inscrito en la oficina de empleo, y acepta un puesto en otro municipio con cambio de residencia. Se suman 2.000 € el año del cambio y el siguiente.
¿Se puede deducir la cuota del colegio profesional?
Solo si la colegiación es obligatoria para tu trabajo y por la parte de fines esenciales de la institución. El tope es de 500 € al año. Las cuotas de sindicato no tienen tope.
¿Estos importes cambian?
Son los que fija la ley hoy. Si cambian, puedes escribir los nuevos en las opciones avanzadas.
