En resumen
- En Guatemala, a quien factura honorarios en el Régimen Opcional Simplificado le retienen el 5 % de la factura sin IVA hasta Q30,000 y el 7 % del exceso.
- Con honorarios de Q8,000 al mes, la retención es de Q400.00, el IVA de Q960.00 y cobras Q8,560.00 de una factura de Q8,960.00.
- De cada 100 quetzales facturados hasta Q30,000, 5 van al ISR; con Q40,000 la retención es de Q2,200.00.
- Si cada factura es menor de Q2,500 sin IVA, no te retienen, pero el ISR del mes igual lo pagas tú.
¿Cuánto ISR te retienen por honorarios en Guatemala?
Si facturas honorarios en el Régimen Opcional Simplificado, te retienen el 5 % de la factura sin IVA hasta Q30,000 y el 7 % de lo que pase de Q30,000. Con honorarios de Q8,000 la retención es de Q400.00. Lo fija el artículo 48 de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012).
El ISR es el impuesto sobre la renta, el que se paga por lo que ganas. Esta calculadora sirve solo para Guatemala y para profesionales independientes que emiten factura y están inscritos en ese régimen. Si estás en relación de dependencia, mira el ISR de asalariados. Si tributas sobre las utilidades, mira el régimen sobre las utilidades.
Cómo usar la calculadora
- Honorarios del mes, sin IVA. Escribe lo que cobras por tus servicios, antes del IVA y antes de la retención.
- Opciones avanzadas. Si emites varias facturas en el mes, cambia el número: la retención se calcula factura por factura. Si la SAT te autorizó a pagar directo, márcalo. También puedes cambiar el IVA, los tipos, el límite del tramo y el mínimo si la ley cambia.
Verás cuánto te retienen, cuánto cobras, el ISR del mes y, si hace falta, el saldo que pagas tú.
Fórmula
Retención = 5 % × factura si la factura es de hasta Q30,000 Retención = Q1,500 + 7 % × (factura − Q30,000) si pasa de Q30,000 Cobras = honorarios + IVA − retención
La factura es siempre sin IVA. El Q1,500 es el 5 % de los primeros Q30,000. La ley también dice que las compras o servicios menores de Q2,500 sin IVA no se retienen.
Ejemplo: honorarios de Q8,000 al mes
| Concepto | Cantidad |
|---|---|
| Honorarios sin IVA | Q8,000.00 |
| IVA (12 %) | Q960.00 |
| Total de la factura | Q8,960.00 |
| Retención de ISR (5 %) | Q400.00 |
| Cobras | Q8,560.00 |
| ISR al año (12 meses) | Q4,800.00 |
De cada 100 quetzales de honorarios, 5 se van al ISR. El pagador entrega esos Q400.00 a la SAT por ti.
Cuándo no te retienen
No hay retención en tres casos:
- Si la factura es menor de Q2,500 sin IVA (artículo 48). Aunque la factura diga que estás sujeto a retención, el pagador no está obligado a retener.
- Si la SAT te autorizó a pagar directo (artículo 46). Entonces lo indicas en la factura y pagas todo tú.
- Si quien te paga no es agente de retención, por ejemplo una persona sin contabilidad.
En esos casos el impuesto no desaparece: lo pagas tú en la declaración mensual. Con una sola factura de Q2,499.99 no te retienen, pero debes pagar Q125.00 de ISR ese mes.
Qué pasa con varias facturas en un mes
El impuesto se liquida cada mes sobre el total, pero la retención se calcula por factura. Por eso, con muchas facturas pequeñas puede quedar un saldo por pagar.
| Caso | Retenido | ISR del mes | Pagas tú |
|---|---|---|---|
| Una factura de Q60,000 | Q3,600.00 | Q3,600.00 | Q0.00 |
| Dos facturas de Q30,000 | Q3,000.00 | Q3,600.00 | Q600.00 |
Con una sola factura de Q60,000 la retención sale de Q1,500 más el 7 % de Q30,000: Q3,600.00. Con dos de Q30,000, cada una paga Q1,500.00 y falta un saldo. El resultado es una estimación; confirma tu caso en el portal de la SAT.
Cuándo se entrega y se paga
Quien te retiene te da la constancia de retención en los primeros 5 días del mes siguiente y entrega el dinero a la SAT en los primeros 10 días. Tú presentas tu declaración mensual también en los primeros 10 días (artículos 48 y 49). Puedes leer el texto vigente en la Ley de Actualización Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me retienen por una factura de honorarios de Q10,000?
El 5 % de Q10,000 sin IVA, es decir Q500.00. Con el IVA la factura es de Q11,200.00 y tú cobras Q10,700.00.
¿La retención se calcula sobre el IVA?
No. Se calcula sobre el monto facturado sin IVA. El IVA lo cobras aparte y no entra en la base del ISR.
¿Qué pasa si mi factura es menor de Q2,500?
El pagador no está obligado a retenerte. Eso no te libra del impuesto: lo pagas tú en tu declaración mensual.
¿Cuándo se pasa del 5 % al 7 %?
Solo sobre la parte que excede los Q30,000. Los primeros Q30,000 siempre van al 5 %, así que con Q40,000 pagas Q1,500.00 más Q700.00.
¿Es lo mismo que el ISR de un empleado?
No. Un empleado paga con otra escala y con deducciones, y su patrono lo retiene del sueldo. Aquí hablamos de quien emite factura por sus servicios.
¿Es exacta la retención que me sale aquí en Guatemala?
Es una estimación con la ley vigente. Tu situación puede tener otros pagadores, otras retenciones o un régimen distinto, así que revisa los datos con la SAT.
