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Calculadora de indemnización si venden la empresa en Argentina

Solo para Argentina. Escribe tu sueldo, tu ingreso, la fecha de la venta y tu egreso. Verás tu indemnización con toda tu antigüedad, el preaviso y qué parte también debe el anterior dueño, según la Ley de Contrato de Trabajo.

Solo Argentina · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos argentinos (ARS)
$

El sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo ni vacaciones.

El día que empezaste con el primer dueño.

El día en que cambió el dueño del establecimiento.

Tu último día de trabajo con el nuevo dueño.

Opciones avanzadas
¿Cómo termina tu trabajo?

La segunda opción es para quien se da por despedido porque la venta le causó un perjuicio (art. 226). Las cifras son las mismas.

$

El tope mensual de la indemnización de tu convenio (3 veces su salario promedio). Déjalo en 0 si no lo sabes: se calcula sin tope.

Si te avisaron por escrito y trabajaste ese plazo, no se paga el preaviso ni la integración del mes.

$

Sueldos u otros pagos atrasados que el anterior dueño no te había pagado.

Total a cobrar $ 12.619.354,84 bruto, pagado por el nuevo dueño
Indemnización por antigüedad $ 9.600.000,00 8 años de servicio en total
También responde el anterior dueño $ 6.612.491,03 años anteriores a la venta y sumas debidas

Con la venta conservas tus 7 años, 7 meses y 15 días de antigüedad. Si termina tu trabajo, te corresponden unos $ 12.619.354,84: 8 sueldos de indemnización, 2 meses de preaviso y la integración del mes. Los pagos los hace el nuevo dueño.

Antigüedad total
7 años, 7 meses y 15 días
Antigüedad con el anterior dueño
5 años y 3 meses
Base de la indemnización
$ 1.200.000,00
Preaviso
$ 2.400.000,00
Integración del mes
$ 619.354,84
Total a cobrar
$ 12.619.354,84
De dónde sale tu total
Total$ 12.619.354,84
  • Indemnización $ 9.600.000,00 76,1 %
  • Preaviso e integración $ 3.019.354,84 23,9 %

Ver cada concepto y su cálculo

Concepto Cómo se calcula Importe
Indemnización por antigüedad (art. 245) 8 años × $ 1.200.000,00 $ 9.600.000,00
Preaviso (arts. 231 y 232) 2 meses de sueldo $ 2.400.000,00
Integración del mes (art. 233) 16 días que faltan del mes $ 619.354,84
Sumas debidas el día de la venta Ninguna $ 0,00
Total Bruto $ 12.619.354,84
Quién responde: anterior y nuevo dueño
Concepto Cómo se calcula Importe
Años con el anterior dueño 5 años y 3 meses —
Parte de la indemnización de esos años (referencia) 68,88 % de $ 9.600.000,00 $ 6.612.491,03
Sumas debidas el día de la venta Ninguna $ 0,00
Lo que también puede cobrarse al anterior dueño Responsabilidad solidaria (art. 228) $ 6.612.491,03

Solo para Argentina, con la Ley de Contrato de Trabajo tras la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación bruta.
  • La venta no termina tu contrato: sigue con el nuevo dueño y conservas toda tu antigüedad (art. 225). Esta cifra es la que te correspondería si tu trabajo termina después.
  • El reparto con el anterior dueño es una referencia por tiempo trabajado. La ley (art. 228) fija la responsabilidad conjunta de lo que ya existía al transferir, y no responde quien no pudo conocerlo con la debida diligencia.
  • Si tu convenio cambió la indemnización por un fondo de cese laboral, el cálculo es otro.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: InfoLEG y Gobierno de Argentina · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de indemnización si venden la empresa en Argentina · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Argentina, si venden la empresa donde trabajas, tu contrato sigue con el nuevo dueño y conservas toda la antigüedad que tenías con el anterior (art. 225 de la LCT).
  • Con 1.200.000 de sueldo y 8 años de servicio, un despido sin causa tras la venta da una indemnización de $ 9.600.000,00.
  • Sumando 2 meses de preaviso y la integración del mes, el total del ejemplo es de $ 12.619.354,84.
  • El anterior dueño y el nuevo responden juntos por lo que ya se debía el día de la venta (art. 228).

¿Qué pasa con tu trabajo si venden la empresa?

Si venden o transfieren la empresa, tu contrato de trabajo sigue igual con el nuevo dueño y conservas toda tu antigüedad. Así lo dice el artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en su texto vigente tras la Ley 27.802 de Modernización Laboral. No te despiden por la venta y no empiezas de cero.

Esto vale aunque la transferencia sea temporal, por ejemplo un alquiler del negocio (artículo 227). Si la venta no incluye el establecimiento y solo se cede al personal, hace falta tu aceptación escrita (artículo 229).

La calculadora responde a esta pregunta: si después de la venta termina tu trabajo, ¿cuánto te corresponde? Cuenta todos tus años, también los del primer dueño.

¿Quién responde por lo que te deben?

El dueño anterior y el nuevo responden juntos por las deudas laborales que ya existían el día de la venta. Es la responsabilidad solidaria del artículo 228. Quiere decir que puedes cobrar la deuda a cualquiera de los dos.

Hay una excepción. El nuevo dueño queda libre si prueba que, tras la debida diligencia, no pudo conocer una deuda porque la información estaba oculta o era falsa.

Lo que nace después de la venta, como un despido posterior, lo paga el nuevo dueño, que ahora es tu empleador. Por eso la calculadora te da el total a cobrar y, aparte, una cifra de referencia de lo que corresponde a los años con el anterior dueño. La ley no fija ese reparto: es una guía por tiempo trabajado.

¿Puedo darme por despedido por la venta?

Sí, si la venta te causa un perjuicio serio. El artículo 226 lo permite cuando, por la transferencia, cambia el objeto del negocio, te cambian de funciones o de cargo, o se reduce el patrimonio del empleador. Se aprecia con el criterio del artículo 242.

En ese caso se llama despido indirecto, y la indemnización se calcula igual que en un despido sin causa. Hay una página para eso: despido indirecto.

¿Cómo se calcula la indemnización?

La indemnización es 1 mes de sueldo por cada año de servicio o fracción de más de 3 meses (artículo 245). Se cuenta toda tu antigüedad, desde que entraste con el primer dueño.

Indemnización = años de servicio × base
Base = tu mejor sueldo mensual normal y habitual
Con tope del convenio: base = el mayor entre (el menor entre sueldo y tope) y el 67 % del sueldo
Preaviso = 1 mes de sueldo (2 meses con más de 5 años)
Integración = sueldo × días que faltan del mes / días del mes

Si el tope baja la base, nunca puede dejarla por debajo del 67 % de tu sueldo. Para entender el tope, mira el tope de la indemnización.

El preaviso lo pide el artículo 231: 1 mes con hasta 5 años de antigüedad y 2 meses con más. Si no te lo dieron, se paga en dinero (artículo 232). Y si el despido no cae el último día del mes, se suman los días que faltan (artículo 233). Más detalle en preaviso y en integración del mes.

Cómo usar la calculadora

  1. Mejor sueldo mensual normal y habitual: el sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo.
  2. Fecha de ingreso: el día que empezaste con el primer dueño.
  3. Fecha de la venta: el día en que cambió el dueño.
  4. Fecha de egreso: tu último día con el nuevo dueño.
  5. Cómo termina: despido sin causa o que te das por despedido.
  6. En opciones avanzadas: el tope del convenio, si te dieron el preaviso y las sumas que ya se debían el día de la venta.

Ejemplo

Un trabajador gana $ 1.200.000. Entró el 1 de marzo de 2019. El 1 de junio de 2024 vendieron la empresa. Lo despiden sin causa el 15 de octubre de 2026 y no le dan preaviso.

Lleva 7 años, 7 meses y 15 días. La fracción pasa de 3 meses, así que cuentan 8 años.

ConceptoImporte
Indemnización: 8 años × $ 1.200.000$ 9.600.000,00
Preaviso: 2 meses de sueldo$ 2.400.000,00
Integración: 16 días de 31$ 619.354,84
Total$ 12.619.354,84

De cada 100 pesos de la indemnización, unos 69 corresponden a los años anteriores a la venta: son $ 6.612.491,03 de los $ 9.600.000,00. Los otros $ 2.987.508,97 son de los años con el nuevo dueño. Es una referencia por tiempo, no una regla de la ley.

Errores comunes

  • Creer que la venta corta tu antigüedad. No: se conserva toda.
  • Contar solo los años con el nuevo dueño. Cuentan todos.
  • Olvidar el tope del convenio, que puede bajar la base.
  • Pensar que el anterior dueño se libra de todo. Responde por lo que ya existía al vender.

Esta cifra es una estimación bruta, sin aportes. Si tu convenio cambió la indemnización por un fondo de cese laboral, el cálculo es otro. Para tu caso exacto, consulta la Secretaría de Trabajo en argentina.gob.ar.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo mi antigüedad si venden la empresa donde trabajo?

No. El artículo 225 dice que conservas la antigüedad que tenías con el anterior dueño y los derechos que de ella se derivan. Tus vacaciones y tu indemnización futura cuentan desde tu ingreso.

¿Me pueden cambiar las condiciones de trabajo por la venta?

El nuevo dueño debe respetar tu contrato. Si cambia tus funciones o tu cargo y eso te perjudica, puedes darte por despedido según el artículo 226.

¿Quién paga las deudas anteriores a la venta?

Los dos dueños, de forma solidaria (artículo 228). Eso incluye sueldos atrasados y otras sumas que ya existían. El nuevo dueño queda libre solo si no pudo conocerlas con la debida diligencia.

¿Y si solo cambia el nombre o el socio de la sociedad?

Si cambia el titular del establecimiento, se aplica la transferencia. Si solo entra o sale un socio y la empresa sigue siendo la misma persona jurídica, tu empleador no cambia. La calculadora asume que el dueño cambió.

¿Cuenta la venta de una empresa en otro país con estas reglas?

No. Aquí se aplican los artículos 225 a 228 de la Ley de Contrato de Trabajo argentina. Si el trabajo o la empresa están en otro país, las reglas de la venta y de la responsabilidad son otras.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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